Miércoles 14 de Noviembre de 2012
Llegó al Senado proyecto que establece un sistema de supervisión basado en riesgo para las compañías de seguros
La iniciativa apunta a fomentar el desarrollo de un mercado asegurador más sano y estable modificando el decreto con fuerza de ley N°251 de 1931.

La Comisión de Hacienda será la encargadade analizar el proyecto, que inició su segundo trámite, que establece unsistema de supervisión basado en riesgo para las compañías de seguros.
La iniciativa que tuvo su origen en unMensaje del Ejecutivo modifica el decreto con fuerza de ley N° 251, de 1931,sobre Compañías de Seguros, y apunta a establecer un nuevo sistema de supervisiónbasado en el riesgo de las Compañías de Seguros, con el objeto de fomentar eldesarrollo de un mercado asegurador más sano y estable.
Cabe señalar que en materia de seguros,Chile presenta una de las industrias de mayor penetración en Latinoamérica. Enlos últimos 25 años, la cantidad de primas pagadas en nuestro país se haduplicado en relación al PIB, llegando a representar 3,9% del producto adiciembre de 2009 y 4,1% para diciembre de 2010.
Además en 2010 fue capaz de enfrentar eldesafío después del terremoto del 27 de febrero de 2010. La industriaaseguradora está conformada actualmente por 58 compañías con operaciones enChile, y maneja en total activos por aproximadamente US$ 43.000 millones, loque equivale a cerca del 23% del producto.
Al mismo tiempo, las compañías de segurosde vida juegan un rol fundamental en nuestro sistema de pensiones, al pagarmensualmente pensiones por rentas vitalicias a alrededor de 440.000 jubilados ybeneficiarios, lo cual representa más del 50% del total de las pensionesrecibidas por los chilenos el año 2010. También entregan protección a lostrabajadores activos a través de otros productos financieros.
CONTENIDO Y ALCANCE DEL PROYECTO
Cabe señalar que entre los fundamentosdel proyecto se considera que el requerimiento de capital (patrimonio deriesgo) de las aseguradoras sólo recoge de manera limitada el riesgo de lasobligaciones por la venta de seguros de la compañía (riesgo técnico de losseguros) y no considera el riesgo proveniente de los activos, ni el riesgooperacional.
Por lo tanto, el nuevo requerimiento decapital basado en riesgo (CBR) que se plantea apunta a "recoger de mejor formael riesgo técnico de seguros y estará directamente relacionado con el nivel deriesgo de las inversiones y de los activos de la aseguradora. De esta manera, amayor riesgo de los activos y pasivos, mayor será el requerimiento de capital".
El proyecto de ley establece losprincipios generales y conceptos para la determinación del CBR, dejando lametodología, bases técnicas, procedimientos y otros parámetros, para serfijados por decreto supremo del Ministerio de Hacienda.
De este modo el CBR se determinaráaplicando factores específicos a los activos, atendiendo a los diferentesriesgos que los pueden afectar (riesgos de mercado, de crédito, de liquidez,etc.), así como a los pasivos (suscripción, mortalidad, morbilidad, longevidad,etcétera).
Así, el capital requerido basado enriesgo corresponderá a la suma de las pérdidas esperadas para hacer frente alas disminuciones de activos e incrementos de pasivos.
El nuevo enfoque de supervisión que sepropone también permitiría una actuación oportuna y preventiva de la autoridad,de modo de evitar que situaciones de elevado riesgo en una aseguradora sematerialicen y perjudiquen tanto a los asegurados como a la estabilidad del sistema asegurador.
En este sentido, la SVS debe tener lafacultad y capacidad de evaluar los riesgos que afectan la solvencia de unaaseguradora, la calidad de la gestión que hace de dichos riesgos, y de adoptarlas medidas correctivas que fuesen necesarias para anticiparse a potencialesinsolvencias.
Por lo tanto, se incorpora en el proyectode ley un nuevo título que establece un sistema de evaluación de solvencia delas aseguradoras, otorgando categorías de solvencia a cada compañía sobre labase del análisis de sus riesgos, de la calidad de su gestión y de su fortalezapatrimonial. Este esquema es similar al existente en la actualidad para laindustria bancaria en nuestro país.
El texto legal establece las categoríasde solvencia y los conceptos o criterios necesarios para su evaluación, dejandoel procedimiento específico para ser establecido por la Superintendencia deValores y Seguros mediante norma de carácter general, sobre la base de unametodología de matriz de riesgos, cuyo objetivo es establecer un procedimientocomún y estructurado para el análisis de los riesgos y su gestión en las compañías.
Los objetivos de supervisión de la SVS ylas atribuciones señaladas permitiránactuar, intervenir directamente en forma proactiva y adoptar medidas demitigación oportunas en casos de situaciones de riesgos excesivos, que ponganen peligro la estabilidad financiera de la aseguradora.
Por ejemplo, la SVS podrá requerirajustes en los sistemas de gestión de riesgos, prohibir nuevas inversiones endeterminados activos o instrumentos financieros; restringir o suspender laventa de seguros de un ramo o producto específico, y en situaciones calificadascomo de alto riesgo, suspender la administración de la compañía y tomar a sucargo dicha administración.
El nuevo modelo, al incorporar unrequerimiento de capital sensible a los riesgos de las inversiones y un sistemade evaluación de solvencia de las aseguradoras, con énfasis en la calidad de sugestión de riesgos y gobiernos corporativos, permite contar con un régimen deinversiones más flexible y donde las aseguradoras tienen mayor libertad paraadoptar sus propias políticas de inversión.