Lunes 4 de Agosto de 2025
Llega al Senado reforma que crea el Consejo de Nombramientos Judiciales
La iniciativa cumple su segundo trámite y modifica el actual sistema de gobierno judicial, separando funciones administrativas y jurisdiccionales, entre otras medidas.

Será la Comisión de Constitución del Senado la encargada de analizar la reforma constitucional que modifica el gobierno judicial y crea un Consejo de Nombramientos Judiciales, que fue despachada por la Cámara de Diputados y Diputadas y llegó a cumplir su segundo trámite en la Cámara Alta.
La iniciativa, que es producto de la fusión de un mensaje presidencial y siete mociones parlamentarias, modifica el actual sistema de gobierno judicial, separando funciones administrativas y jurisdiccionales, y creando órganos autónomos para fortalecer la independencia judicial, mejorar el sistema de nombramientos y reducir los riesgos de conflictos de interés en el ejercicio de la jurisdicción.
En lo fundamental, se propone la creación de un Consejo de Nombramientos Judiciales que estará a cargo de la gestión de los procesos de selección en lo relativo al nombramientos de magistrados, jueces y demás miembros del Escalafón Primario del Poder Judicial. Asimismo, se introducen nuevas reglas para los nombramientos judiciales, sobre la base de procesos fundados en el mérito de los candidatos y mediante mecanismos de oposición efectiva.
El organismo propondrá al presidente listas de candidatos para ministros y fiscales de la Corte Suprema, Cortes de Apelaciones y jueces letrados. En el caso del nombramiento de ministros del máximo tribunal, se propone que sean nominados por el presidente de la República, de una terna jerarquizada propuesta por el Consejo de Nombramientos Judiciales, con acuerdo del Senado por dos tercios de sus miembros en ejercicio.
Si bien la iniciativa contemplaba una integración específica del Consejo, dicha norma no alcanzó el quorum necesario para su aprobación por lo que debería ser repuesta en el Senado.
La idea es que el Consejo de Nombramientos Judiciales tenga una composición mixta, que considera una mayoría de miembros juezas y jueces y, dentro de esta, una amplia representación de las distintas clases de tribunales del país.
El proyecto original proponía que estuviera integrado por un ministro de la Corte Suprema, uno de la Corte de Apelaciones, un juez letrado del Poder Judicial, un representante designado por el Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas, entre las personas que hayan ejercido como decano de alguna de sus facultades de derecho; y un abogado de reconocida trayectoria profesional y académica, que deberá tener a lo menos veinte años de título de abogado, designado por el presidente de la República, previa propuesta del Consejo de Alta Dirección Pública. En el trámite en el Senado se verá si se repone esa misma integración o se modifica.
SEPARACIÓN DE FUNCIONES
La iniciativa también considera la creación de un órgano autónomo administrador de recursos, encargado de la administración y gestión de los recursos de los tribunales con excepción de los que están sujetos a la rendición de cuentas ante la Contraloría.
Asimismo, se propone la creación del Tribunal de Conducta Judicial que deberá conocer y resolver los procedimientos por faltas disciplinarias y a la probidad que realice la Fiscalía Judicial.
Respecto de esta última se le entrega competencia a la Fiscalía Judicial para prevenir los conflictos de interés e investigar las infracciones a la probidad, pudiendo emitir dictámenes sobre dichos asuntos, los que tendrán carácter vinculante.