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Miércoles 7 de Octubre de 2026

Fin al “spam” podría ser una realidad

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El Senado aprobó en general el proyecto que busca prohibir llamadas telefónicas publicitarias de proveedores sin consentimiento del consumidor y abrió plazo de indicaciones hasta el viernes 06 de noviembre.

Sala de sesiones

Por unanimidad el Senado respaldó el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, para prohibir llamadas telefónicas publicitarias de proveedores sin consentimiento del consumidor y abrió plazo de indicaciones hasta el viernes 06 de noviembre.

 

La moción, que cumple su segundo trámite, tiene entre sus objetivos resguardar a los consumidores de las llamadas telefónicas publicitarias de los proveedores acerca de las cuales no han manifestado su consentimiento en recibirlas. 

 

Además, busca hacer identificable las llamadas telefónicas publicitarios, promociones y de cobranzas extrajudiciales.

DEBATE

 

El senador Ricardo Celis, fue el encargado de realizar el informe de la tramitación en la Comisión de Economía, instancia que recibió una serie de audiencias.

 

El legislador precisó que el debate se centró en la delimitación precisa de los objetivos y alcance del proyecto. “Si bien existió coincidencia en que la iniciativa responde a una preocupación ciudadana real frente a las comunicaciones no solicitadas, surgieron diferencias respecto de si la regulación debía concentrarse exclusivamente en la publicidad sin consentimiento o incluir también las gestiones de cobranza derivadas de contratos vigentes”.

 

Asimismo, “se plantearon dudas sobre la coherencia del proyecto con la nueva normativa de protección de datos personales, particularmente en cuanto al estándar regulatorio que se pretende establecer”, agregó.

 

Durante el debate en Sala las senadoras Ximena Ordenes y Paulina Núñez destacaron la medida y evidenciaron que urge regular. 

 

“¿Con qué derecho cualquier empresa, con la que no tenemos ningún acuerdo previo, puede disponer de nuestro tiempo?”, se preguntó.

 

En esta línea se levantaron una serie de cuestionamientos, como “llamadas en cualquier horario”, “llaman y cortan”. 

 

Se reconoció la plataforma “No Molestar” del SERNAC; sin embargo, “no ha dado abasto”. 

Sala de sesiones
PROPUESTA LEGAL

 

El texto legal propone, entre otros, el requerir consentimiento previo, expreso y específico del destinatario para recibir llamados telefónicos o mensajería instantánea con objetivos publicitarios de proveedores.

 

Propone que el incumplimiento sea sancionado con una multa de, hasta, más de 72 millones de pesos (hasta 1000 unidades tributarias mensuales, UTM).

 

Precisa regulación sobre la forma y tiempo del consentimiento, al igual que su revocación.