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Domingo 28 de Diciembre de 2014

Creación del estado civil de soltero llega al Senado

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La iniciativa ya aprobada en la Cámara Baja, busca estandarizar el Código Civil puesto que en algunos artículos reconoce esta condición, pero en otros no lo hace.

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En los próximos días, la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento se abocará a revisar las ideas matrices del proyecto que crea el estado civil de soltero y su medio de prueba.

 

Imagen foto_00000014La norma ya fue respaldada por la Cámara Baja en su primer trámite, por lo que ahora los senadores deberán estudiar el texto que luego deberá ser sometido a la votación de la Sala.

 

La propuesta, iniciada en moción, contempla una modificación del Código Civil, de manera de generar dicho estado civil, "el que se probará mediante la partida oficial que acredite la inexistencia de matrimonios inscritos por parte del solicitante".

 

Aunque parezca extraño, la normativa vigente "reconoce la existencia del estado civil de casado, separado judicialmente, divorciado, viudo, padre, madre o hijo". No obstante, este cuerpo legal reconoce en ciertos casos esta condición, puesto que "habilita a los solteros para ser titular de ciertos derechos y obligaciones".

 

Los autores del texto argumentan que "los efectos que este estado acarrea, y siendo requisito para muchos trámites, se hace necesario incorporarlo en dicha norma, asignándole un instrumento oficial que pruebe su detentación".

 

Otro de los aspectos que alude la iniciativa es el rol del Servicio de Registro Civil e Identificación en este caso. "Este registro no emite certificados que den cuenta de la calidad de soltero de una persona, existiendo la posibilidad de verificar tal información sólo revisando si la persona cuenta o no con matrimonios inscritos", declara.

 

Cabe recordar que actualmente para postular a subsidios habitacionales del Estado, para obtener un crédito hipotecario o para postular a las escuelas matrices de las Fuerzas Armadas y de Orden, se solicita acreditar ser soltero. Ello se materializa a través de un certificado de soltería que -al no ser otorgado por el registro- se debe realizar en una notaría, con dos testigos mayores de edad que juren o den fe de que la persona es soltera

 

De esta forma, la norma argumenta que el Registro Civil debería estar en condiciones de emitir dicho certificado como una forma de evitar el gasto económico que implica realizar el trámite notarial, y la incomodidad que implica conseguir dos testigos.