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Miércoles 22 de Abril de 2026

Avanza proyecto que establece controles aleatorios de drogas a senadores y senadoras

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La Comisión de Constitución del Senado aprobó una modificación al reglamento de la corporación, presentada por la Mesa de la Cámara Alta. También escuchó al Defensor de la Niñez respecto de cambios a la ley de responsabilidad penal adolescente.

Comisión de Constitución

Con el voto unánime de los senadores presentes, la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado aprobó la idea de legislar sobre una modificación reglamentaria para establecer controles aleatorios de drogas a senadores y senadores.

 

La iniciativa -impulsada por la Mesa del Senado integrada por la presidenta, Paulina Núñez y el Vicepresidente, Iván Moreira- plantea modificar el reglamento con el objeto de establecer controles destinados a detectar el consumo de estupefacientes o sustancias sicotrópicas.

 

En lo fundamental, el proyecto establece que las y los senadores deberán someterse a controles destinados a detectar el consumo de estupefacientes o sustancias sicotrópicas ilegales, salvo que su uso se encuentre amparado en una indicación médica debidamente acreditada.

 

Dichos controles tendrán carácter aleatorio y periódico, y deberán realizarse de manera tal que, durante cada período legislativo, todos los senadores y senadoras queden sujetos a ellos a lo menos una vez, sin perjuicio de que puedan ser sorteados hasta por un máximo de dos oportunidades durante el mismo período.

 

Las y los senadores que estarán sujetos a control se determinarán mediante sorteo, mientras que la toma de muestra deberá efectuarse dentro del plazo de siete días hábiles contado desde la notificación personal o por cédula.

 

El procedimiento será ejecutado por una entidad o laboratorio especializado, legalmente habilitado y la Mesa adoptará las medidas necesarias para asegurar la cadena de custodia, la confiabilidad del examen y la reserva de la información.

 

El  senador o senadora sorteado podrá, antes de la toma de muestra o dentro del plazo que se le confiera al efecto una vez conocido el resultado, acompañar antecedentes médicos suficientes que justifiquen la presencia de la sustancia detectada. Tales antecedentes tendrán carácter reservado y deberán ser tratados conforme a la normativa vigente sobre protección de datos personales y sobre derechos y deberes de las personas en relación con acciones vinculadas a su atención de salud.

 

Los resultados del control tendrán carácter estrictamente reservado. Sólo podrán ser conocidos por el senador respectivo, por la Mesa del Senado y por la Comisión de Ética y Transparencia, únicamente para los fines previstos en el reglamento y la difusión o comunicación de estos resultados constituirá infracción grave a la reserva debida y será sancionada.
 

Mesa del Senado
MULTAS

 

La propuesta establece que, en caso de resultado positivo, el senador o senadora afectado tendrá derecho a solicitar, dentro del plazo de tres días hábiles contado desde su notificación, la realización de un examen de contramuestra o la revisión técnica del procedimiento, según corresponda, antes de que la Comisión adopte una decisión definitiva.

 

El incumplimiento injustificado de esta obligación, así como la negativa injustificada a someterse al control o la no concurrencia dentro del plazo fijado, será sancionado por la Comisión de Ética y Transparencia con multa de hasta un 5% de la dieta mensual.

 

Si el resultado del control es positivo y no existe justificación médica suficiente, la Comisión podrá imponer la misma sanción. Para determinar su procedencia y entidad, deberá ponderar las circunstancias del caso, la colaboración del senador, la existencia de reiteración y los antecedentes acompañados por el afectado.

 

En caso de reiteración durante el mismo período legislativo, la Comisión podrá, además, disponer la realización de un nuevo control dentro del año siguiente.

 

La Comisión de Constitución acordó oficiar al Ministerio del Interior para saber si existe algún reglamento o procedimiento que se utilice en la administración central respecto de los exámenes de drogas y también se señaló que esta iniciativa deberá ser vista por la Comisión de Régimen Interior por los costos asociados.

RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL

 

Además de analizar ese tema, la Comisión de Constitución  escuchó al Defensor de la Niñez, Anuar Quesille, en el marco del estudio del proyecto, en segundo trámite, que modifica la ley N°20.084, que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal, para fortalecer la respuesta sancionatoria frente a conductas consideradas de especial gravedad (Boletín N° 15589-07)

 

El Defensor dijo que en el proyecto no se observa la sanción con fines de reinserción del adolescente; no se considera que la privación de libertad en el caso de adolescentes tiene un impacto negativo debido a la etapa del desarrollo y que se podrían vulnerar una serie de principios consagrados en tratados internacionales ratificados por Chile. Asimismo, señaló que considera un gasto financiero que podría destinarse a prevención y a fortalecer los mecanismos de ejecución y sanciones, y la reinserción con programas especializados.

 

En esa línea, hizo un llamado a cambiar el foco y ver una forma de abordar de mejor manera las materias propias de reinserción juvenil.

 

Coincidió con los senadores en que existe un grupo de menores reincidentes en delitos violentos y que se debe estudiar los factores que influyen en ello.

 

La Comisión acordó pedir estudios empíricos de la pena a diversas entidades, entre ellas la Fundación Paz Ciudadana y también a la Fiscalía el número de condenados adolescentes en los últimos 10 años, el  tipo de internación por pena y delito, además del porcentaje de quebrantamiento de la pena.