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Vuelve a Sala norma que regula uso de antibióticos

Los senadores resolvieron que los productores, importadores y distribuidores de alimentos de origen animal para consumo humano, deberán informar que éstos han sido producidos respetando la normativa vigente de uso de antimicrobianos

21 de febrero de 2022

Habiendo zanjado lo relativo al etiquetado, la Comisión de Salud quedó en condiciones de remitir a la Sala, el proyecto que establece normas contra la resistencia a los antimicrobianos.

 

Esto, luego que sus integrantes aprobaran en particular su contenido, el que cursa primer trámite y que tiene origen en una moción de los senadores Carolina Goic, Guido Girardi, Rabindranath Quinteros y Francisco Chahuán.

 

La iniciativa pretende regular el uso de antibióticos en la población humana y animal, considerando que su sobreingesta ha provocado que las bacterias se hagan resistentes a estos medicamentos agravando la condición de salud.

 

LO APROBADO

 

En la sesión se aprobó con 3 votos a favor y una abstención de la senadora Carolina Goic, una indicación de los parlamentarios Carmen Gloria Aravena y Juan Castro que plantea que:

 

“Los productores, importadores y distribuidores de alimentos que se refieren a esta ley, deberán informar de manera clara y visible, que sus productos han sido producidos respetando la normativa vigente de uso prudente de antimicrobianos”.

 

Este tema fue ampliamente debatido en varias sesiones puesto que existían dos miradas: informar que el producto fue elaborado sin usar antimicrobianos o informar que el producto fue elaborado usando antimicrobianos por debajo de los límites máximos residuales establecidos.

 

En jornadas previas se dio luz verde al siguiente texto:

 

  • La definición de resistencia a los antimicrobianos, antimicrobianos, agente multiresistente, profilaxis humana con antimicrobianos, uso terapéutico antimicrobiano en humanos, uso terapéutico antimicrobiano en animales, profilaxis terapéutica antimicrobiana en animales y metafilaxis.

  • Esta última fue una de las más polémicas. Se entiende por metafilaxis, la aplicación de un antibiótico, indicado por un médico veterinario, a animales sanos potencialmente enfermos, debido a un brote de la enfermedad en la comunidad donde habitan. En tanto, profilaxis se refiere a la medicina preventiva en general.

 

  • Sólo se permitirá el uso de la metafilaxis con antimicrobianos que se encuentren registrados en el Registro de productos farmacéuticos de uso veterinario del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG).

 

  • Se utilizarán los antimicrobianos con fines metafilácticos cuando el riesgo de propagación de una infección o de una enfermedad infecciosa en el grupo de animales sea elevado. No se usarán para fines profilácticos salvo a excepción a un número determinado de animales que podría generar un elevado riesgo en el todo. Se prohíbe el registro de uso de los antimicrobianos con fines de engorda o crecimiento animal.

 

 

 

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