Click acá para ir directamente al contenido

Sesión 98ª, especial, miércoles 24 de noviembre de 2021

25 de noviembre de 2021

INSTITUYE EL “DÍA NACIONAL DE LA MUJER PILOTO”

 

Por unanimidad, se aprobó en general y en particular, el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que establece el 26 de julio como el “Día de la Mujer Piloto”. (Boletín N° 12.795-07)

 

El proyecto de ley, iniciado en moción de los senadores Kenneth Pugh, Isabel Allende, Carmen Gloria Aravena, Luz Ebensperger y Ximena Rincón, tiene por objeto efectuar un reconocimiento a cada una de las mujeres pilotos chilenas que han prestado sus servicios tanto en la aviación nacional como en la aviación mundial, oficializando el día 26 de julio como el “Día de la Mujer Piloto”, instaurado hace ya algunos años, al momento de otorgarse a la señora Graciela Cooper Godoy, primera chilena y quinta latinoamericana en adquirir la calidad de piloto civil, la Condecoración al Mérito de la Aeronáutica Civil

 

Contenido del proyecto de ley:

- Instituyese el día 26 de julio de cada año como el “Día Nacional de la Mujer Piloto”, en honor y reconocimiento de cada una de las mujeres pilotos de la aviación de nuestra Patria, que sirven y han servido en su profesión tanto en Chile como a través del mundo.

 

Intervinieron los senadores Kenneth Pugh e Isabel Allende.

 

En consecuencia, el proyecto de ley pasa a la Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional.

 

PROYECTO DE ACUERDO

 

Por unanimidad se aprobó el proyecto de acuerdo de los senadores señora Luz Ebensperger y señor José Miguel Durana, señoras Carmen Gloria Aravena, Carolina Goic y Ximena Rincón, y señores Claudio Alvarado, Juan Castro, Francisco Chahuán, Juan Antonio Coloma, Alfonso De Urresti, José García, José Miguel Insulza, Carlos Montes, Iván Moreira, Alejandro Navarro, Manuel José Ossandón, Jorge Pizarro, Rafael Prohens, Kenneth Pugh, Rabindranath Quinteros, David Sandoval y Jorge Soria, por el que solicitan al Presidente de la República que, si lo tiene a bien, suspenda la apertura de fronteras terrestres por los pasos de Chacalluta y Colchane, con el objeto de privilegiar la protección epidemiológica de la población de las Regiones de Arica y Parinacota y de Tarapacá (Boletín N° S 2.222-12).

 

 

 

Imprimir