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Sesión 90ª especial, en martes 28 de enero de 2014

Se realizó entre las 11:14 y las 14:57 horas con la asistencia de 33 senadores. Presidieron la sesión los senadores Jorge Pizarro, Presidente y Eduardo Frei, Presidente accidental. Actuó como Secretario don Mario Labbé.

30 de enero de 2014

ANÁLISIS DEL FALLO DE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA DE LA HAYA

 

Imagen foto_00000004Esta sesión especial fue convocada en virtud del acuerdo adoptado por los Comités del Senado, con el objeto de tomar conocimiento de la resolución de la Corte Internacional de Justicia de La Haya, relativa al diferendo marítimo entre Perú y Chile.

 

La sesión se inició con la exposición del Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores, senador Ignacio Walker, respecto de los antecedentes, de hecho y de derecho, que formaron parte del proceso que culminó con la sentencia dictada por el Tribunal de La Haya, dada a conocer en el día de ayer.

 

Imagen foto_00000002Intervinieron, además, los senadores Eduardo Frei, Fulvio Rossi, Jaime Orpis, José García, Soledad Alvear, Camilo Escalona, Eugenio Tuma, Hernán Larraín, Francisco Chahuán, Juan Pablo Letelier, Antonio Horvath, Ricardo Lagos, Carlos Bianchi, Alejandro Navarro, Isabel Allende, Juan Antonio Coloma, Jorge Pizarro y Jaime Quintana.

 

A continuación, el Ministro de Relaciones Exteriores, Alfredo Moreno, efectuó una reseña del contexto histórico y de los planteamientos fácticos y jurídicos sostenidos, tanto por Chile como por Perú, en defensa de sus respectivas posiciones sostenidas durante el litigio, así como de la sentencia que en definitiva se ha dictado. El Canciller se encontraba acompañado en la Sala por los agentes chilenos ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya, Juan Martabit y Alberto Van Klaveren, éste último hizo uso de la palabra para explicar algunas observaciones respecto del fallo.

 

Finalmente, se aprobó el siguiente proyecto de acuerdo, presentado por los senadores Ignacio Walker, Hernán Larraín, Juan Pablo Letelier y Eugenio Tuma (Boletín N° S 1.637-12):

 

“Considerando:

 

- El fallo emitido por la Corte Internacional de Justicia de La Haya, relativo a la demanda presentada por Perú en contra de nuestro país.

 

         El Senado declara lo siguiente:

 

         1.- Destacamos el hecho que el Tribunal de La Haya, casi por la unanimidad de sus miembros, respaldara la posición chilena en términos de reconocer la existencia de un acuerdo entre ambos países que estableció la frontera marítima. Asimismo, confirmó que este límite es el paralelo geográfico, del hito N° 1, tal como lo ha sostenido de manera invariable nuestro país durante décadas.

 

         De esta forma, se reafirma la posición planteada por nuestro país, ante el alegato peruano que desconocía la existencia del límite marítimo a través del paralelo y que pretendía además instalar una bisectriz a partir del punto que el Perú denomina “266”.

 

         2.- Valoramos que el presente fallo conserva la soberanía sobre nuestro mar territorial, mantiene el paralelo, ampara nuestros derechos en la zona de mayor riqueza pesquera, la cual se encuentra más cercana a la costa y resguarda la proyección y conectividad de Arica.

 

Imagen foto_00000008         Estimamos que el fallo deja en evidencia la necesidad de fortalecer la Región de Arica y Parinacota como zona estratégica hacia el futuro. Asimismo, consideramos que el efecto negativo que esta resolución tiene en la pesca de altura, debería ser compensado por nuestro Gobierno.

 

         3.- Lamentamos, profundamente, que a pesar de no acoger la tesis peruana la Corte haya efectuado la cesión de una parte de nuestra zona económica exclusiva, al establecer que el paralelo alcanzaba sólo hasta las 80 millas.

 

         Discrepamos de la visión de una mayoría simple de la Corte que, no obstante reconocer la existencia de un acuerdo de frontera marítima entre Chile y Perú (por 15 votos a favor y uno en contra), de que ese límite es un paralelo geográfico, y que ese paralelo pasa por el hito N° 1 (ambos puntos votados por 15 votos a favor y uno en contra), estableció que ese límite llega a 80 millas (votado por una mayoría de 10 votos a favor y 6 en contra), desconociendo de esta forma innumerables documentos y antecedentes.

 

         Esta determinación de la Corte es arbitraria y carece de todo fundamento jurídico.

 

         4.- Compartimos lo expresado por Su Excelencia el Presidente de la República, en orden a respetar el fallo del Tribunal de La Haya, siguiendo la tradicional línea de la política exterior chilena de apego y respeto al derecho internacional y de honrar de buena fe los tratados suscritos y vigentes.

 

         Dejamos constancia de que el cumplimiento de dicho fallo, por su naturaleza y complejidad, deberá ser gradual y completo. Asimismo, declaramos que el Senado de la República velará porque en la implementación del mismo se resguarden y respeten, irrestrictamente, los derechos y legítimos intereses de Chile.

 

         Estimamos especialmente necesario señalar que el fallo es un todo indivisible y que la aceptación del paralelo hasta la milla 80 incluye el hito N° 1 como eje de la delimitación fronteriza entre ambos países.

 

 Imagen foto_00000006        Por otra parte, es necesario que tanto Chile y el Perú acojan en su integridad los conceptos del derecho del mar en lo que se refiere a Mar territorial, Mar contiguo y Zona Económica Exclusiva.

 

         5.- Reconocemos especialmente la defensa jurídica del Estado de Chile, bajo los distintos gobiernos a lo largo de todo el proceso, destacando desde el inicio de su tramitación hasta el día de hoy, un perfil profesional, técnico y de alta competencia, lo que refleja que nuestro país tiene en materia de relaciones exteriores una política de Estado.

 

         Especial relevancia tiene el hecho de haber sido apoyados, invariablemente, por todos los sectores políticos nacionales.

 

         6.- Nos asiste la convicción de que este momento debe servir para iniciar un proceso de genuino fortalecimiento y profundización de las relaciones entre ambos países en una amplia gama de materias, tales como los aspectos políticos, económicos, culturales y sociales.

 

         7.- Finalmente, el Senado de Chile manifiesta que, luego de este fallo, no hay temas limítrofes pendientes entre Chile y Perú. Esta consideración deberá ser parte necesaria de la implementación del fallo”.

 

         En consecuencia, procede oficiar al Presidente de la República comunicándole la declaración aprobado por el Senado.

 

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