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Sesión 66ª, Extraordinaria, en miércoles 30 de octubre de 2013

Se realizó desde las 10:45 hasta las 14:00 horas con la asistencia de 32 senadores. Presidieron la sesión los senadores Jorge Pizarro, Presidente y José Antonio Gómez, Vicepresidente. Actuó como Secretario don Mario Labbé

7 de noviembre de 2013

MINUTO DE SILENCIO EN MEMORIA DE GUSTAVO LORCA ROJAS

 

El Senado guardó un minuto de silencio en homenaje al ex diputado, don Gustavo Lorca Rojas, quien falleciera en el día de hoy.

 

 

DEROGACIÓN DE MULTAS ADICIONALES POR NO PAGO DEL TAG

 

Imagen foto_00000002Por unanimidad, se aprobaron las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados al proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que modifica el artículo primero transitorio de la ley N° 20.410, para confirmar la vigencia inmediata de la norma que derogó la indemnización compensatoria por no pago de tarifa o peaje en obras concesionadas. (Boletín Nº 8.861-09)

 

El proyecto, iniciado en Moción de la senadora Soledad Alvear, tiene por objeto precisar que la norma que permitía cobrar multas por el no pago del TAG de hasta 40 veces el monto no pagado, fue modificada por la ley N° 20.410. Ello, teniendo en consideración las interpretaciones contradictorias que hoy realizan los jueces, alguno de los cuales aplican la multa señalada.

 

Proyecto de ley:

 

- Modifica la Ley 20.410, aclarando que dicha norma legal estableció que la multa por el no pago del TAG será equivalente a cinco veces el monto de lo condenado, que corresponde a lo adeudado más intereses y costas, lo que llega a quince veces en caso de reincidencia, con un tope de 20 UTM ($ 801.700).

 

- Además, permite al deudor eximirse del pago de la multa en caso que pague al concesionario lo efectivamente adeudado más intereses corrientes y costas, antes que los autos queden para fallo.

 

- Fija las reglas aplicables a las acciones demandadas como consecuencia del incumplimiento del pago del TAG, con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley N° 20.410, que se encontraren pendientes de tramitación o pago a la fecha de publicación de este proyecto como ley.

 

Intervinieron los senadores Soledad Alvear, Eugenio Tuma, Baldo Prokurica, Hosaín Sabag y Alejandro García-Huidobro.

 

En consecuencia, corresponde enviar la iniciativa al Ejecutivo, comunicándole su aprobación por el Congreso Nacional.

 

 

FORTALECE EL RESGUARDO DEL ORDEN PÚBLICO (ENCAPUCHADOS)

 

Imagen foto_00000004Se rechazó en general el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que fortalece el resguardo del orden público. (Boletín N° 7.975-25) Con urgencia calificada de “discusión inmediata”.

 

El proyecto de ley, iniciado en Mensaje del Ejecutivo tiene por objeto modificar determinados ilícitos penales e incorporar nuevas agravantes en el ordenamiento jurídico, con el fin de resguardar orden público.

 

Proyecto de ley:

 

- Modifica el artículo 261 del Código Penal, que tipifica las conductas que constituyen un atentado contra la autoridad, atribuyendo esta condición a los integrantes de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y a los funcionarios de Gendarmería de Chile, siempre que se encuentren en el ejercicio de sus funciones, estableciendo los castigos que se aplicarán a quienes cometan los atentados.

 

- Faculta al Ministro del Interior y Seguridad Pública, a los intendentes o gobernadores, para deducir querella cuando se cometan delitos que supongan la muerte, lesiones, heridas o amenazas a un Carabinero, a un Policía de Investigaciones de Chile o a un Gendarme, que se encuentren en el ejercicio de su cargo.

 

- Aumenta a presidio menor en su grado mínimo a medio, la pena aplicable a quienes cometan desórdenes públicos graves, precisándose que tendrán esta calidad, aquellos hechos en los que, valiéndose de violencia o amenaza, se paralice o interrumpa el funcionamiento de un servicio público, tales como los hospitalarios, los de emergencia y los de electricidad, combustibles, agua potable, comunicaciones o transporte; o bien se impida o altere la libre circulación por puentes, carreteras, caminos u otros bienes de uso público semejantes, resistiendo el actuar de la autoridad.

 

- Con igual pena castiga a quien impida o dificulte la actuación de bomberos u otros servicios de utilidad pública, destinada a prestar auxilio en un siniestro u otra calamidad o desgracia que constituya peligro para la seguridad de las personas.

 

- Constituirá una circunstancia agravante de los delitos contra las personas o la propiedad, y de las conductas constitutivas de desórdenes públicos, el haberlos cometidos con ocasión de la celebración de actos, manifestaciones o espectáculos públicos que congreguen la presencia masiva de personas y sus autores lleven el rostro cubierto con el propósito de ocultar su identidad.

 

- Establece, como una nueva falta penal, el participar en un acto de desorden público cubriendo el rostro con el propósito de ocultar su identidad.  Esta conducta faculta a la fuerza pública para proceder a la detención inmediata del encapuchado en caso de flagrancia.

 

Intervinieron los senadores Patricio Walker, Fulvio Rossi, Alberto Espina, Juan Pablo Letelier, Isabel Allende, Juan Antonio Coloma, Soledad Alvear, Carlos Larraín, Víctor Pérez, Eugenio Tuma, Andrés Zaldívar, Jaime Quintana, Jaime Orpis, Camilo Escalona, Lily Pérez, Eduardo Frei, Mariano Ruiz-Esquide, Francisco Chahuán, José García y el Ministro del Interior, Andrés Chadwick.

 

En consecuencia, procede la formación de una Comisión Mixta.

 

 

 

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