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Sesión 61ª, Ordinaria, en miércoles 9 de noviembre de 2016

Se realizó entre las 16:24 y las 19:32 horas con la asistencia de 34 senadores. Presidieron la sesión los senadores Ricardo Lagos, Presidente; Jaime Quintana, Vicepresidente; Adriana Muñoz y Francisco Chahuán, Presidentes accidentales. Actuó como Secretario General don Mario Labbé Araneda.

11 de noviembre de 2016

SUPRIME INHABILIDADES DE CONSEJEROS REGIONALES, CONCEJALES Y DIRIGENTES GREMIALES PARA SER CANDIDATOS A CARGOS PARLAMENTARIOS

 

Imagen foto_00000004Por unanimidad, se aprobó en particular la reforma constitucional, en primer trámite, que modifica el artículo 57 de la Carta Fundamental, con el objeto de permitir que los consejeros regionales, concejales y dirigentes que indica puedan ser candidatos a diputado o senador. (Boletines Nos 10.641-06, 10.792-06 y 10.916-06, refundidos).

 

El proyecto de ley, iniciado en Mociones de los senadores Alejandro Navarro; Alejandro Guillier, Carlos Bianchi, Alberto Espina, Rabindranath Quinteros y Andrés Zaldívar, tiene por objeto  propiciar la inclusión de los actores regionales, locales y sectoriales entre quienes pueden postular a cargos parlamentarios, permitiendo con ello contar con personas con una mayor experiencia práctica a la hora de la creación de políticas públicas, generando mayor eficiencia al momento de legislar, y reconociendo a los actores vecinales, comunales y regionales la igualdad de condiciones y oportunidades para optar a cargos de connotación e importancia nacional, dejando la decisión exclusivamente al ciudadano que emite su voto.

 

Contenido de la reforma constitucional:

 

- Dispone que la inhabilidad para ser candidato a diputado o senador, que afecta a los consejeros regionales, los concejales, las personas que desempeñan un cargo directivo de naturaleza gremial o vecinal y a las personas naturales y los gerentes o administradores de personas jurídicas que celebren o caucionen contratos con el Estado, sólo se le aplicará a partir del momento de la inscripción definitiva de su candidatura, y ya no desde del año inmediatamente anterior a la elección del cargo parlamentario respectivo.

 

Intervinieron los senadores Rabindranath Quinteros, Alberto Espina, Francisco Chahuán Alejandro Navarro, Lily Pérez, Ivan Moreira, Alejandro Guillier, Felipe Harboe, Alejandro García-Huidobro, Patricio Walker e Isabel Allende.

 

En consecuencia, el proyecto pasa a la Cámara de Diputados en segundo trámite constitucional.

 

SANCIONA EL MALTRATO INFANTIL

 

Imagen foto_00000008Se aprobó en particular el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el Código Penal, el Decreto Ley N° 645, de 1925, sobre el Registro General de Condenas, y la ley N° 20.066, que establece ley de violencia intrafamiliar, destinado a aumentar la penalidad y demás sanciones aplicables para delitos cometidos en contra de menores y otras personas en estado vulnerable. (Boletines Nos 9.279-07, 9.435-18, 9.849-07, 9.877-07, 9.904-07 Y 9.908-07, Refundidos) Con urgencia calificada de "suma".

 

El proyecto de ley, iniciado en sendas Mociones de la Cámara de Diputados, tiene por objeto establecer nuevas penas, delitos y reglas procedimentales y de penalidad, respecto a conductas que involucren violencia o maltrato psíquico o físico, en contra de menores de catorce años de edad, adultos mayores o personas en situación de discapacidad.

 

Contenido del proyecto de ley:

 

- Incorpora, dentro de la Escala General de Penas de crímenes del Código Penal, las de inhabilitación absoluta perpetua y de inhabilitación absoluta temporal, para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales, de la salud o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de 18 años de edad, adultos mayores o personas en situación de discapacidad.

 

- En el caso de la Escala General de Penas de simples delitos, se incorpora la de inhabilitación absoluta temporal para ocupar cargos o realizar trabajos en los ámbitos de relaciones señalados.

 

- Dispone que las penas de inhabilitación absolutas impuestas en los ámbitos descritos producirán la privación de todos los cargos, empleos, oficios y profesiones que tenga el condenado, ejercidos en ámbitos educacionales, de la salud o que involucren una relación directa y habitual con las personas protegidas.

 

Imagen foto_00000002- La pena de inhabilitación absoluta temporal referida tendrá una extensión de 3 años y un día a 10 años.

 

- Sanciona con prisión en cualquiera de sus grados (de 1 a 60 días) y multa de 1 a 4 UTM (de $46.091 a $184.364) a quien maltratare corporalmente a un niño, niña o adolescente menor de 18 años de edad, adulto mayor o persona en situación de discapacidad. Si el que maltratare o no lo impidiere debiendo hacerlo, fuera la persona bajo cuyo cuidado se encontraba la víctima, será castigado con la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio (de 61 días a 3 años).

 

- En los casos que el maltrato consistiere en un trato degradante que menoscabe gravemente la dignidad del afectado, el autor será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo (de 61 a 540 días).

 

- Faculta al juez para decretar como pena accesoria, la asistencia a programas de rehabilitación para maltratadores o el cumplimiento de un servicio comunitario por un plazo que no podrá exceder de 60 días, debiendo las instituciones respectivas dar cuenta sobre el cumplimiento efectivo de dichas penas ante el tribunal.

 

- Crea, en el Registro General de Condenas, 2 secciones accesibles a través de medios electrónicos, servicio de internet u otros similares: La primera sección denominada “Inhabilitaciones impuestas por Delitos de Connotación Sexual cometidos contra Menores de Edad” y, la segunda sección, llamada “Inhabilitaciones impuestas por Delitos contra la vida, integridad física o psíquica de menores de 18 años de edad, adultos mayores y personas en situación de discapacidad.”, en las cuales se registrarán todas las inhabilitaciones para ejercer cargos o desempeñarse en lugares en las que se deba vincular con los grupos protegidos por estas normas, que hayan sido impuestas por sentencia ejecutoriada, referidas a los delitos.

 

-Toda institución pública o privada  que requiera contratar o designar a una persona determinada para algún empleo, cargo, oficio o profesión que involucre una relación con menores de 18 años de edad, adultos mayores o personas en situación de discapacidad deberá, antes de contratarla solicitar información al Registro Civil e Identificación.

 

Intervinieron los senadores Patricio Walker, Juan Pablo Letelier, Alejandro Navarro, Adriana Muñoz, Alberto Espina, Lily Pérez, Alfonso De Urresti, y la Ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Claudia Pascual.

 

En consecuencia, el proyecto de ley vuelve en tercer trámite constitucional a la Cámara de Diputados

 

INCIDENTES

 

El senador Alejandro Navarro se refirió al caso que ha afectado a un ejecutivo chileno e inversionista de la empresa de Supermercados Santa Isabel, la fue vendida hace algunos años atrás, por su dueño, a un precio sobrevalorado, con los consiguientes efectos negativos para los accionistas minoritarios, entre ellos el ejecutivo aludido.

 

Imagen foto_00000006El senador Alfonso De Urresti solicitó oficiar a la Dirección de Obras Portuarias, a fin de que informe sobre el estado de avance y diseño de los muelles en Isla del Rey, Comuna de Corral, Región de los Ríos.

 

En otro tema, pidió oficiar al General Director de Carabineros para que informe sobre la situación en que se encuentran los siguientes retenes de Carabineros: reposición del retén de Crucero y el mejoramiento del retén de Carimallín, en la comuna de Río Bueno; el cierre del retén en el sector Mashue-Las Trancas, en la comuna de la Unión y el avance de proyectos de este tipo, en el sector Guacamayo y el sector Las Animas, de Valdivia.

 

Asimismo solicitó se oficie a la DIFROL, (Dirección de Fronteras y Límites) de la Cancillería, a fin de que informe detalladamente sobre el calendario de inversiones y de habilitación del paso fronterizo Carirriñe, en la comuna de Panguipulli, dado que a la fecha no se ha obtenido información oficial sobre esta situación.

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