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Sesión 52ª, Ordinaria, en martes 15 de septiembre de 2015

Se realizó desde las 16:16 a 19:21 horas con la asistencia de 34 senadores. Presidieron la sesión los senadores Patricio Walker, Presidente y Adriana Muñoz, Vicepresidenta. Actuó de Secretario don Mario Labbé.

17 de septiembre de 2015

RECHAZAN PROCESO Y CONDENA DE LIDER OPOSITOR VENEZOLANO

 

Imagen foto_00000004Por unanimidad se aprobó el proyecto de acuerdo presentado por los senadores Isabel Allende, Pedro Araya, Francisco Chahuán, Juan Antonio Coloma, José García, Alejandro García-Huidobro, Guido Girardi, Carolina Goic, Felipe Harboe, Hernán Larraín, Juan Pablo Letelier, Manuel Antonio Matta, Carlos Montes, Adriana Muñoz , Manuel José Ossandón, Víctor Pérez, Jorge Pizarro, Baldo Prokurica, Jaime Quintana, Rabindranath Quinteros, Eugenio Tuma, Jacqueline Van Rysselberghe, Ena Von Baer, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar en la cual manifiestan su rechazo al proceso y sentencia que condena a don Leopoldo López en razón de haberse vulnerado manifiestamente las garantías de un debido proceso y al comunicado efectuado al respecto por el Gobierno Venezolano; solicitan a la Organización de Estados Americanos ejerza sus buenos oficios con el objeto que los ciudadanos que indican sean puestos en libertad, y solicitan a la Unión Interparlamentaria que pida al Gobierno de Venezuela el ingreso de observadores independientes al proceso eleccionario que se llevará a efecto en dicho país el día seis de Diciembre del presente año. (Boletín N° S 1.834-12)

 

 

PIDEN SOLUCIONAR PROBLEMA DE EX TRIPULANTES DE FLOTA INDUSTRIAL PESQUERA

 

Por unanimidad se aprobó el proyecto de acuerdo, presentado por los senadores Adriana Muñoz, Isabel Allende, Carolina Goic, Lily Pérez, Jacqueline Van Rysselberghe, Francisco Chahuán, Juan Antonio Coloma, Alfonso De Urresti, José García, Alejandro García-Huidobro, Guido Girardi, Alejandro Guillier, Felipe Harboe, Antonio Horvath, Ricardo Lagos, Hernán Larraín, Carlos Montes, Iván Moreira, Alejandro Navarro, Manuel José Ossandón, Víctor Pérez, Jorge Pizarro, Rabindranath Quinteros, Eugenio Tuma, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar, con el que solicitan al Ministro de Hacienda que considere destinar recursos en el próximo presupuesto anual de la Nación para abordar y resolver los problemas generados a los ex tripulantes de la flota industrial pesquera que fueron desplazados durante la vigencia de la ley Nº 19.713, que “establece como medida de administración el limite máximo de captura por armador a las principales pesquerías industriales nacionales y la regularización del registro pesquero artesanal”. (Boletín N° S 1.828-12)

 

 

SOLICITAN RECONOCER COMO FUNCIONARIOS DE LOS SERVICIOS DE SALUD A LOS PROFESIONALES QUE INICIAN ETAPA DE DESTINACIÓN Y FORMACIÓN

 

Por unanimidad se aprobó el proyecto de acuerdo presentado por los senadores Carolina Goic, Adriana Muñoz, Lily Pérez, Jacqueline Van Rysselberghe, Pedro Araya, Francisco Chahuán, Juan Antonio Coloma, Alfonso De Urresti, José García, Alejandro García-Huidobro, Guido Girardi, Alejandro Guillier, Antonio Horvath, Ricardo Lagos, Iván Moreira, Alejandro Navarro, Víctor Pérez, Jorge Pizarro, Baldo Prokurica, Rabindranath Quinteros, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar, con el que solicitan a la Presidenta de la República que envíe una iniciativa legal para modificar la ley Nº 19.664, que “establece normas especiales para profesionales funcionarios que indica de los Servicios de Salud”, con el fin de reconocer como funcionarios a todos los profesionales de la salud que inician Etapa de Destinación y Formación. (Boletín N° S 1.831-12).

 

 

PIDEN AL GOBIERNO ACOGER PROPUESTAS DEL COLEGIO DE PROFESORES PARA SOLUCIONAR DEUDA HISTÓRICA

 

Por unanimidad se aprobó el proyecto de acuerdo, presentado por los senadores Hernán Larraín, Carolina Goic, Adriana Muñoz, Lily Pérez, Ena Von Baer, Juan Antonio Coloma, Alberto Espina, José García, Alejandro García-Huidobro, Alejandro Guillier, Antonio Horvath, Juan Pablo Letelier, Iván Moreira, Manuel José Ossandón, Víctor Pérez, Jorge Pizarro, Baldo Prokurica, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar, con el que solicitan a la Presidenta de la República acoger las propuestas presentadas por el Colegio de Profesores a la comisión creada para abordar la “agenda corta”, que entre otras medidas, permitiría solucionar la llamada Deuda Histórica del Magisterio (Boletín N° S 1.832-12).

 

 

NORMAS SOBRE PROBIDAD DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

 

Imagen foto_00000002Por unanimidad se aprobó el Informe de la Comisión Mixta, ya aprobado por la Cámara de Diputados, sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de intereses. (Boletín Nº 7.616-06) Con urgencia calificada de "suma".

 

El proyecto de ley, iniciado en Mensaje del Ejecutivo, tiene por objeto regular el principio de la probidad en el ejercicio de la función pública y la prevención de conflictos de intereses.

 

Contenido del proyecto:

 

- Dispone que todo aquél que desempeñe funciones públicas, cualquiera que sea la calidad jurídica en que lo haga, deberá ejercerlas en conformidad con lo dispuesto en la Constitución y las leyes, con estricto apego al principio de probidad.

 

- Enumera los sujetos obligados a efectuar una declaración de intereses y patrimonio y establece su contenido, extendiéndola a todas las autoridades y personal de planta y a contrata, que sean directivos, profesionales y técnicos de la Administración del Estado  y que se desempeñen hasta el tercer nivel jerárquico de la respectiva planta de la entidad o su equivalente.

 

- Obliga a dichos sujetos a efectuar una declaración jurada de intereses y patrimonio dentro de los 30 días siguientes a la fecha de asunción en el cargo, la que deberá actualizarse anualmente, durante el mes de marzo, así como también dentro de los 30 días posteriores a concluir sus funciones el declarante.

 

- La declaración de intereses y patrimonio y sus actualizaciones se realizarán en un formulario electrónico.

 

- Regula la publicidad de las declaraciones y sus actualizaciones, estableciendo qué datos serán reservados y los casos que estos documentos deberán publicarse en la página web de cada institución.

 

- Fija el contenido mínimo que deberá cumplir la declaración de intereses y patrimonio, precisándose las actividades y bienes del declarante cuya inclusión es obligatoria.

 

- Dicha declaración deberá, además, comprender los bienes del cónyuge casado bajo régimen de sociedad conyugal o conviviente civil que haya pactado régimen de comunidad de bienes, así como también las actividades profesionales, laborales, económicas, gremiales o de beneficencia que realice, sean o no remuneradas. Igualmente, se deberán incorporar en la declaración los bienes de los hijos.

 

- Un reglamento regulará la forma como la Contraloría General de la República y el Consejo para la Transparencia dispondrán de la información de la totalidad de las declaraciones de patrimonio e intereses que la ley establece, para su debido registro público en portales accesibles a toda la ciudadanía, en formato de datos abiertos y reutilizables.

 

- Establece normas especiales respecto de la obligación de presentar declaración por parte de las autoridades de la Contraloría General de la República y de los miembros de la Directiva Central de los Partidos Políticos.

 

- Establece las sanciones para quienes, estando obligados a efectuar o actualizar la declaración de intereses y patrimonio, no lo realizaren oportunamente o lo hicieren de manera incompleta, las que van de 5 a 50 UTM ($221.215 a $2.212.150) hasta la destitución del cargo del infractor.

 

- En los casos que, las altas autoridades que se señalan, tengan acciones cuyo valor total supere las 25.000 UF ($620 millones) se establecen dos alternativas: venderlas o bien, entregarlas a un mandatario para que las administre sin que los dueños se informen de su destino, figura conocida como "fideicomiso ciego", estableciendo las normas que regirán esta modalidad.

 

- Regula la obligación de las autoridades que indica, de enajenar o renunciar a su participación en la propiedad de las empresas que tengan algún tipo de relación comercial con el Estado.

 

- Establece normas sobre la fiscalización de las normas de este proyecto de ley y de las sanciones por la infracción a la obligación de constituir mandatos y el respectivo procedimiento de reclamación.

 

Intervinieron el senador Hernán Larraín y el Ministro Secretario General de la Presidencia, Nicolás Eyzaguirre.

 

En consecuencia, el proyecto vuelve a la Cámara de Diputados, para que ésta comunique al Ejecutivo su aprobación por el Congreso Nacional.

 

 

MEJORAS AL TRANSPORTE PÚBLICO REMUNERADO DE PASAJEROS

 

Imagen foto_00000006Se aprobó en general el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional que introduce mejoras al transporte público remunerado de pasajeros, modificando las disposiciones legales que indica. (Boletín Nº 10.007-15) Con urgencia calificada de "suma".

 

El proyecto de ley, iniciado en Mensaje del Ejecutivo, tiene por objeto modernizar el transporte público remunerado de pasajeros introduciendo mejoras a la infraestructura que lo sustenta, reduciendo barreras de entrada a nuevos operadores y procurando que las personas puedan contar con un transporte digno, de calidad y accesible.

 

Contenido del proyecto:

 

- Incrementa el subsidio para el transporte público remunerado de pasajeros en M$ 60.000 para la Provincia de Santiago, Puente Alto y San Bernardo, así como también un monto equivalente para todo el resto del país durante los años 2015 a 2017 inclusive. Posteriormente, desde el año 2018 al año 2022, un aumento de M$ 130.000 para las provincias de la Región Metropolitana antes citadas y la misma cantidad para las demás del territorio.

 

- Incorpora un sistema indexado de reajustabilidad conforme al aumento de los costos globales del sistema, que considerará uno o más de los siguientes factores de costos: precio del petróleo diésel, dólar e índice de pasajero por kilómetro (IPK).

 

- Incorpora nuevos modos de transportes públicos susceptibles de recibir subsidios: a los tranvías, teleféricos y ascensores, efectuando los ajustes necesarios para facilitar e incentivar el desplazamiento de los mismos.

 

- Amplía el objeto social de la empresa Metro S.A., a la prestación de servicios de transporte público remunerado de pasajeros en superficie mediante buses y minibuses, sin restringirse a medios eléctricos.

 

- Hace aplicable a las empresas de transporte público remunerado de pasajeros, las normas de la ley que sustituye el régimen de quiebras por un sistema de reorganización y liquidación de empresas y personas.

 

Intervinieron los senadores Guido Girardi, Juan Pablo Letelier, Francisco Chahuán, Hernán Larraín, Manuel José Ossandón, Andrés Allamand, Alejandro Navarro, Víctor Pérez, Alejandro García-Huidobro, Lily Pérez, Jaime Quintana y el Ministro de Transportes, Andrés Gómez-Lobo.

 

En consecuencia, el proyecto vuelve a Comisión para su segundo informe, fijándose plazo para presentar indicaciones hasta el 5 de octubre próximo.

 

 

CREA LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS

 

Imagen foto_00000008Por unanimidad se aprobó el Informe de la Comisión Mixta, recaído en el proyecto de ley que crea la Subsecretaría de Derechos Humanos y establece adecuaciones en la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia. (Boletín Nº 8.207-07) Con urgencia calificada de "discusión inmediata".

 

El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por objeto crear, al interior del Ministerio de Justicia, la Subsecretaría de Derechos Humanos, con la finalidad de asesorar y colaborar en la elaboración de planes, programas y toma de decisiones relativas a la promoción y protección de los derechos humanos.

 

Contenido del proyecto:

 

- Cambia la denominación del Ministerio de Justicia por el de "Justicia y Derechos Humanos" extendiendo las funciones esenciales de este organismo a todo lo que se relacione con el fomento y promoción de los Derechos Humanos.

 

- Incorpora, entre las funciones del Ministerio, asistir al Presidente de la República en las materias relativas a los Derechos Humanos, así como la realización del estudio crítico de la normativa interna a la luz del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y proponiendo las reformas que fueren necesarias.

 

- Establece una relación estrecha de asesoría y colaboración del Ministerio de Justicia con el de Relaciones Exteriores en materia de Derechos Humanos, en especial en lo referente a procedimientos ante los tribunales y órganos internacionales especializados; en la elaboración de las respuestas o informes que se presenten a nombre del Estado de Chile y en la elaboración, seguimiento e implementación de informes o resoluciones emanados de órganos internacionales pertinentes.

 

- Otorga rango legal al concepto de "sector Justicia", el cual quedará conformado por todos los servicios públicos que se encuentran sometidos a la dependencia o supervigilancia del Presidente de la República, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

 

- Entrega a un reglamento la determinación de la nueva estructura orgánica interna del Ministerio, en la que deberá considerarse, al menos, las áreas funcionales que se señalan.

 

- Crea una nueva Subsecretaría de Derechos Humanos, pasando la existente a denominarse "de Justicia".

 

- La función principal de la Subsecretaría de Derechos Humanos será la de prestar asesoría y colaboración directa al Ministro en el diseño y elaboración de las políticas, planes y programas relativos a la promoción y protección de los derechos humanos

 

- El Subsecretario de Derechos Humanos será el colaborador inmediato del Ministro en las materias de su competencia y, en caso de ausencia o inhabilidad del Subsecretario de Justicia, su subrogante legal.

 

- A esta nueva Subsecretaría le corresponderá, entre otras funciones, la elaboración del Plan Nacional de Derechos Humanos, el cual tendrá una duración de 4 años y deberá contener el diseño e implementación de las políticas encaminadas al respeto, promoción y protección de los Derechos Humanos, debiendo considerar al menos el señalamiento de los objetivos y las metas; la identificación de responsables de la ejecución del mismo; los recursos financieros disponibles y los mecanismos de seguimiento y evaluación de resultados, a efectos de identificar las dificultades y adoptar las medidas correctivas o complementarias pertinentes.

 

- Precisa que las atribuciones se entreguen a la Subsecretaría de Derechos Humanos, no excluyen las facultades que tengan, también en lo relativo a estos derechos y en sus respectivas áreas, los demás órganos que integran la Administración Pública ni aquellas que corresponden al Instituto Nacional de Derechos Humanos.

 

- Crea el Comité Interministerial de Derechos Humanos, con la función de asesorar al Presidente de la República en la determinación de los lineamientos de la política intersectorial del Gobierno en materia de Derechos Humanos, constituyendo una instancia de información, orientación, coordinación y acuerdo para los ministerios y servicios que lo integran.

 

- El Comité estará integrado por los ministros de Justicia y Derechos Humanos, quien lo presidirá; de la Secretaría General de la Presidencia; del Interior y Seguridad Pública; de Relaciones Exteriores; de Desarrollo Social; de Educación; de Defensa y el Ministro o Ministra de la Mujer y la Equidad de Género.

 

- Regula las atribuciones especiales que corresponderán a este Comité, así como las normas relativas a su funcionamiento.

 

Intervinieron los senadores Rabindranath Quinteros, Jacqueline Van Rysselberghe, Lily Pérez, Alfonso De Urresti y Hernán Larraín.

 

En consecuencia el proyecto de ley pasa a la Cámara de Diputados para que ésta se pronuncie sobre el Informe de la Comisión Mixta.

 

 

ESTANDARIZA NORMAS SOBRE PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS

 

Imagen foto_00000010Se aprobó en general el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica las leyes orgánicas constitucionales de Municipalidades, y sobre Gobierno y Administración Regional, para permitir a los partidos políticos la presentación de candidaturas sólo en las regiones donde se encuentren legalmente constituidos. (Boletín Nº 9.924-07) Con urgencia calificada de "suma".

 

El proyecto de ley, iniciado en Moción de la Cámara de Diputados, tiene por objeto la estandarización del estatuto legal que rige la presentación de candidaturas, con prescindencia de si la naturaleza del cargo al cual se postula es nacional, regional o local, haciendo aplicables a todas ellas, la norma que exige que las candidaturas que presente un pacto electoral sólo podrán incluir candidatos de partidos políticos que se encuentren legalmente constituidos en la respectiva región.

 

Contenido del proyecto:

 

- Dispone que las declaraciones de candidaturas a alcaldes, concejales o consejeros regionales que presente un pacto electoral y los subpactos comprendidos en él, sólo podrán incluir candidatos de los partidos políticos que se encuentren legalmente constituidos en la respectiva región a la que se pretende representar.

 

Intervinieron los senadores Baldo Prokurica, Hernán Larraín, Ena Von Baer y Juan Antonio Coloma.

 

En consecuencia el proyecto de ley vuelve a Comisión para segundo informe, fijándose plazo para presentar indicaciones hasta el 28 de septiembre próximo.

 

 

ESTANDARIZA CONTRATOS DE ADHESIÓN

 

Se aprobó en general el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica diversos cuerpos legales con el fin de estandarizar los contratos de adhesión. (Boletín Nº 9.916-03) Con urgencia calificada de "suma".

 

El proyecto de ley, iniciado en Moción de los senadores Felipe Harboe, Lily Pérez, Antonio Horvath, Jorge Pizarro y Eugenio Tuma, tiene por objeto establecer el deber de estandarización o uniformidad de los contratos de adhesión, con la finalidad que se asimilen todos aquéllos referidos a un determinado producto o servicio del ámbito financiero o de salud, de forma que si un consumidor va a celebrar alguno de estos actos, antes de firmar sepa de qué se trata; conozca las condiciones que aceptará; haya podido comparar con otras ofertas similares, y en definitiva, tome su decisión libre e informadamente.

 

Contenido del proyecto:

 

- Establece la estandarización de los contratos de adhesión de productos y servicios financieros, obligando a que éstos contengan en forma expresa cláusulas comunes e idénticas, por cada producto ofrecido por los proveedores, que facilite su comparación.

 

- Obliga a los bancos y otras entidades financieras que sean proveedores de créditos hipotecarios universales, créditos universales asociados a una tarjeta de crédito y créditos universales de consumo, a estandarizar entre sí, los contratos de adhesión por cada uno de los créditos señalados, de modo que sus cláusulas sean formalmente comunes e idénticas en todo el mercado.

 

- Igual obligación de estandarización se impone respecto de las cláusulas de los contratos de salud que se suscriban con las ISAPREs, de modo que éstas sean comunes e idénticas para todo el mercado.

 

Intervinieron los senadores Felipe Harboe, Eugenio Tuma, Baldo Prokurica, Alejandro Navarro, Juan Antonio Coloma y José García.

 

En consecuencia, el proyecto de ley vuelve a Comisión, para segundo informe, fijándose plazo para presentar indicaciones hasta el 9 de octubre próximo.

 

 

 

 

 

 

 

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