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Sesión 47ª, Ordinaria, en martes 04 de septiembre de 2018

Se realizó de 16:13 a 20:16 horas con la asistencia de 41 senadores. Presidió la sesión el senador Carlos Montes, presidente y Carlos Bianchi; actuó de Secretario General, Mario Labbé.

7 de septiembre de 2018

SOLICITAN PERMITIR PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN DECISIONES REFERIDAS A LA ACTIVIDAD PORTUARIA

 

Por la unanimidad se aprobó el proyecto de acuerdo, presentado por los senadores Juan Ignacio Latorre, Carmen Gloria Aravena, Adriana Muñoz, Ximena Órdenes, Yasna Provoste, Ximena Rincón, Juan Castro, Francisco Chahuán, Alfonso De Urresti, José Miguel Durana, Álvaro Elizalde, Rodrigo Galilea, Alejandro Guillier, Felipe Harboe, Francisco Huenchumilla, José Miguel Insulza, Ricardo Lagos, Juan Pablo Letelier, Alejandro Navarro, Manuel José Ossandón, Rafael Prohens, Kenneth Pugh, Jaime Quintana y Rabindranath Quinteros, por el que se solicita al Presidente de la República que se sirva estudiar modificaciones a la ley N° 19.542 que hagan posible la incidencia de la ciudadanía y de los gobiernos regionales y comunales en la toma de decisiones referidas a la actividad portuaria, así como formas de financiamiento regionales y comunales que permitan la distribución de los frutos de dicha actividad económica. (Boletín N° S 2.002-12)

  

Imagen foto_00000005PIDEN CONTINUAR CON “PROGRAMA DE CONTROL DEL VISÓN”

 

Por la unanimidad se aprobó el proyecto de acuerdo, presentado por los senadores Alfonso De Urresti, Carmen Gloria Aravena, Luz Ebensperger, Carolina Goic, Ximena Órdenes, Ximena Rincón, Andrés Allamand, José Miguel Durana, Álvaro Elizalde, Guido Girardi, Alejandro Guillier, Felipe Harboe, Francisco Huenchumilla, José Miguel Insulza, Juan Ignacio Latorre, Juan Pablo Letelier, Iván Moreira, Alejandro Navarro, Jaime Quintana, Rabindranath Quinteros y Jorge Soria, por el que solicitan al Presidente de la República que adopte las medidas necesarias para dar continuidad al Programa del Control del Visón en las Regiones de Los Ríos, Los Lagos y en todas aquellas en las que esta especie afecte la fauna nativa del lugar y constituya una plaga. (Boletín N° S 2.004-12)

 

PIDEN MANTENER EL HORARIO DE VERANO EN LA REGIÓN DE AYSÉN

 

Se aprobó el proyecto de acuerdo, presentado por los senadores Ximena Órdenes, Carmen Gloria Aravena, Carolina Goic, Adriana Muñoz, Yasna Provoste, Ximena Rincón, Pedro Araya, Juan Castro, José Miguel Durana, Alfonso De Urresti, Rodrigo Galilea, José García, Alejandro Guillier, Felipe Harboe, José Miguel Insulza, Ricardo Lagos, Juan Ignacio Latorre, Carlos Montes, Alejandro Navarro, Manuel José Ossandón, Jorge Pizarro, Jaime Quintana y Rabindranath Quinteros, por el que solicitan al Presidente de la República que se sirva mantener el horario de verano para la Región de Aysén, igualándolo al de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, y agregar una nueva categoría horaria denominada Chile Patagónico. (Boletín N° S 2.007-12)

 

SOLICITAN IMPLEMENTAR POLÍTICAS PÚBLICAS PARA EL TRATAMIENTO DEL MAL DE ALZHEIMER

 

Por la unanimidad se aprobó el proyecto de acuerdo, presentado por los senadores David Sandoval, Carmen Gloria Aravena, Carolina Goic, Ximena Órdenes, Yasna Provoste, Ena Von Baer, Carlos Bianchi, Juan Castro, José Miguel Durana, Alfonso De Urresti, Álvaro Elizalde, Rodrigo Galilea, José García, Alejandro García Huidobro, Alejandro Guillier, Francisco Huenchumilla, Felipe Kast, Iván Moreira, Manuel José Ossandón, Víctor Pérez, Jorge Pizarro, Rafael Prohens, Kenneth Pugh y Jorge Soria, por el que solicitan al Presidente de la República que implemente las políticas públicas y adopte las medidas necesarias para el tratamiento adecuado del mal de Alzheimer en nuestro país. (Boletín N° S 2.010-12)

 

SOLICITAN NUEVA POLÍTICA DE ESTADO PARA FORTALECER LA SALUD BUCAL EN CHILE

 

Se aprobó el proyecto de acuerdo, presentado por los senadores Rabindranath Quinteros, Carolina Goic, Adriana Muñoz, Ximena Órdenes, Yasna Provoste, Pedro Araya, Juan Castro, Francisco Chahuán, Alfonso De Urresti, Álvaro Elizalde, Rodrigo Galilea, Guido Girardi, Felipe Harboe, Francisco Huenchumilla, José Miguel Insulza, Ricardo Lagos, Juan Pablo Letelier, Iván Moreira, Alejandro Navarro, Manuel José Ossandón, Jorge Pizarro, Rafael Prohens y Jorge Soria, por el que solicitan al Presidente de la República que efectúe un estudio para la creación de una Dirección Nacional de Odontología, con su correspondiente subsecretaría, o bien, se implemente una división especial dentro de la Subsecretaría de Salud Pública, con el objeto de establecer una nueva política de Estado que fortalezca la salud bucal en nuestro país. (Boletín N° S 2.012-12)

 

RECONOCE Y DA PROTECCIÓN A LA IDENTIDAD DE GÉNERO -COMISIÓN MIXTA-

 

Se aprobó el informe de la Comisión Mixta recaída en el proyecto de ley que reconoce y da protección al derecho a la identidad de género. (Boletín N° 8.924-07) Con urgencia calificada de “suma”.Imagen foto_00000006

 

El proyecto de ley, iniciado en moción de los senadores Ximena Rincón, Ricardo Lagos y Juan Pablo Letelier, y de los ex senadores Lily Pérez y Camilo Escalona, tiene por objeto, según se precisa en el informe de la Comisión Mixta, regular los procedimientos para acceder a la rectificación de la partida de nacimiento de una persona en lo relativo a su sexo y nombre, ante el órgano administrativo o judicial respectivo, cuando dicha partida no sea congruente con su identidad de género.

 

Contenido del proyecto de ley:

 

- Define la identidad de género como la convicción personal e interna de ser hombre o mujer, tal como la persona se percibe a sí misma, la cual puede corresponder o no con el sexo y nombre verificados en el acta de inscripción del nacimiento, lo que podrá o no involucrar la modificación de la apariencia o de la función corporal a través de tratamientos médicos, quirúrgicos u otros análogos, siempre que sean libremente escogidos.

- Establece que el derecho a la identidad de género consiste en la facultad de toda persona, cuya identidad de género no coincida con el sexo y nombre contenidos en los registros pertinentes, de solicitar la rectificación de éstos.

- No podrá condicionarse el reconocimiento o ejercicio de los derechos de identidad de género a la realización de algún tipo de intervención o tratamiento modificatorio de la apariencia.

- Dispone una garantía específica derivada de la identidad de género, en cuanto se asegura el derecho de toda persona, una vez realizada la rectificación legal, a ser reconocida en los instrumentos públicos y privados de identificación en forma congruente con su identidad de género, tanto en lo relativo a datos como a imágenes.

- Se garantiza a toda persona el derecho a ser reconocida y protegida en su libertad para expresar su identidad de género, lo cual puede incluir modos de hablar o vestir, modificaciones corporales, o formas de comportamiento e interacción social, entre otros aspectos.

- Regula los principios relativos al derecho a la identidad de género, entre los cuales se destacan el no ser tratados como enfermos, ni discriminados arbitrariamente; a recibir un trato digno y respetuoso y el de velar siempre por el interés superior de los niños.

- Establece los requisitos generales que deberá contener la solicitud de rectificación, declarándose, además, el carácter reservado respecto de terceros, de los procedimientos para efectuar las modificaciones y subscripciones pertinentes y que toda la información vinculada a ellos será considerada como dato sensible.

- Para los efectos de los procedimientos aplicables a las solicitudes de rectificación de la inscripción relativa al sexo y nombre, se distingue según si el solicitante es mayor de edad o se trata de menores de edad, pero mayores de 14 años. Además, se considera si la persona tiene un vínculo matrimonial vigente o no.

- En el caso de personas mayores de edad sin vínculo matrimonial vigente, la rectificación de la inscripción podrá solicitarse, hasta por dos veces, conforme al procedimiento administrativo que se establece, siendo competente para conocer de ellas cualquiera oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación. 

- Autoriza a las personas menores de 18 y mayores de 14 años para solicitar, ante el tribunal con competencia en materias de familia correspondiente al domicilio del solicitante, la rectificación del sexo y nombre con que aparezca individualizada en su partida de nacimiento para que sea coincidente con su identidad de género, pudiendo, una vez que alcancen la mayoría de edad, requerir una nueva rectificación en conformidad a los procedimientos que correspondan.

- Regula el procedimiento judicial aplicable según si el solicitante es menor de 18 y mayor de 14 años, debiendo la solicitud ser presentada por su representante legal.

- Se rechazó la norma que permitía que la falta de autorización del representante legal pudiera ser suplida por la intervención del juez.

- También fueron rechazadas las normas que regulaban la solicitud de rectificación de la partida de nacimiento de las personas menores de 14 años.

- En el caso de las personas mayores de 16 años que posean un vínculo matrimonial vigente, deberán presentar su solicitud ante el tribunal con competencia en materias de familia correspondiente al domicilio de cualquiera de los cónyuges, a elección del solicitante, conforme al procedimiento judicial que se establece.

- Dispone que, una vez acogida la solicitud de rectificación o recibida la sentencia judicial firme, según corresponda, el Servicio de Registro Civil e Identificación procederá a practicar las modificaciones y subinscripciones pertinentes, tras lo cual se emitirán los nuevos documentos identificatorios, regulándose las comunicaciones que de ella deberá efectuarse y sus efectos.Imagen foto_00000004

- Entrega al Ministerio de Desarrollo Social, en colaboración con el Ministerio de Salud, el diseño de programas de acompañamiento profesional, dirigido a los niños y adolescentes cuya identidad de género no coincida con su sexo y nombre registral, destinados a otorgarles a ellos y a sus familias, un asesoramiento psicológico y biopsicosocial, que les permitan un desarrollo integral, de acuerdo a su identidad de género.

- Prohíbe a toda persona natural o jurídica, institución pública o privada, la realización de un acto u omisión que importe discriminación arbitraria y que cause privación, perturbación o amenaza a las personas y sus derechos, en razón de su identidad y expresión de género.

 

Intervinieron los senadores Ximena Rincón, José Miguel Insulza, Iván Moreira, Juan Ignacio Latorre, José Miguel Durana, Guido Girardi, Jacqueline Van Rysselberghe, Carlos Bianchi, Ena Von Baer, Rabindranath Quinteros, Luz Ebensperger, Adriana Muñoz, José García, Carolina Goic, Juan Antonio Coloma, Ricardo Lagos, David Sandoval, Jaime Quintana, Francisco Chahuán, Juan Pablo Letelier, Felipe Kast, Álvaro Elizalde, Ximena Órdenes, Felipe Harboe, Jorge Pizarro y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín.

 

En consecuencia, el informe de la Comisión Mixta pasa a la Cámara de Diputados para su discusión y votación.

 

 

 

 

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