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Sesión 35ª, Ordinaria, miércoles 26 de mayo de 2021

Se realizó de 16:28 a 20:31 horas, con la asistencia de 41 senadores. Presidieron la sesión la senadora Yasna Provoste, Presidenta y los senadores Jorge Pizarro, Vicepresidente y Kenneth Pugh, presidente accidental. La Secretaría estuvo a cargo del Secretario General del Senado, Raúl Guzmán.

27 de mayo de 2021

MINUTO DE SILENCIO

 

La Sala del Senado guardó un minuto de silencio en memoria de la destacada y galardonada pintora y grabadora chilena de origen español, Roser Bru Llop, quien falleció en el día de hoy, a los 98 años. 

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ESTABLECE CUOTAS DE GÉNERO Y USO DE LENGUAJE INCLUSIVO EN LEGISLACIÓN PESQUERA

 

Por unanimidad y sin discusión se aprobó en general y en particular, el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 18.892, General de Pesca y Acuicultura, para establecer una cuota de género en la integración de los órganos y el registro pesquero artesanal que ella regula, y adecua definiciones a un lenguaje inclusivo (Boletín Nº 12.702-34).

 

El proyecto de ley, iniciado en moción de la Cámara de Diputados -siendo una de sus autoras la actual Senadora Loreto Carvajal-, se fundamenta en la existencia de una reforma y modernización pendiente en nuestra legislación pesquera, referida a la igualdad de género en este ámbito; encontrándonos en el momento propicio para efectuar los ajustes normativos propuestos por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO); organismo que plantea que para lograr la sostenibilidad de la pesca en pequeña escala, se deben realizar diversos ajustes, los que específicamente en materia de género, dicen relación con la necesaria incorporación de este tema como parte integrante de todas las estrategias de desarrollo de la pesca en pequeña escala, desafiando las prácticas discriminatorias contra la mujer; asumiendo los Estados la obligación de asegurar la participación igualitaria de la mujer en las organizaciones propias de la actividad y en los procesos de toma de decisiones respecto de las políticas dirigidas a la pesca artesanal; y la adaptación de la legislación, las políticas y las medidas que no sean compatibles con la igualdad de género, teniendo en cuenta los aspectos sociales, económicos y culturales.

        

En este contexto, la moción tiene por objeto introducir cuotas de género en la integración de algunos órganos contemplados en la Ley General de Pesca y Acuicultura, asegurando así la participación de ambos sexos en su conformación; además de procurar la integración del lenguaje inclusivo en algunas disposiciones de dicho cuerpo legal.

 

Contenido del proyecto de ley:

- Incorpora, la necesidad de considerar la perspectiva de género y los efectos que de ella se generen, dentro de las directrices establecidas en la Ley General de Pesca y Acuicultura, como elementos que deben ser considerados al momento de la adopción de las medidas de conservación, administración y uso sustentable de los recursos hidrobiológicos, que constituyen el objetivo de dicha ley.

- Dispone que, tanto en la política pesquera nacional como en la política nacional de acuicultura, se deberá favorecer la igualdad de derechos y de oportunidades entre hombres y mujeres dentro del sector, procurándose la eliminación, en el ámbito de sus competencias, de toda forma de discriminación arbitraria basada en el género; la plena participación de las mujeres en los planos cultural, político, económico y social, y el ejercicio de sus derechos humanos y libertades fundamentales.

- Establece la paridad de género en la integración de los Comités Científicos Técnicos, Comités de Manejo, Consejos Zonales de Pesca, Consejo Nacional de Pesca, Comisión Nacional de Acuicultura y, en general, en toda otra instancia de participación que establezca nuestra legislación en materia de recursos hidrobiológicos; estableciendo que en la integración de estos organismos, los miembros electos de un género no podrán superar los 2/3, respecto del género contrario.

- Impone a las autoridades, en especial a las involucradas en la conformación de las instancias de representación o participación, el deber de propender a la equidad de género en sus actuaciones o concesión de beneficios, en especial al determinar los registros que les corresponda conformar.

- Incorpora a la Ley General de Pesca el concepto de “actividades conexas” las que identifica como aquellas que, sin ser actividades pesqueras artesanales propiamente tales, son indispensables para las faenas de la pesca artesanal; enumerando aquellas tareas que se enmarcan dentro de esta categoría, cada una de las cuales define en un lenguaje inclusivo de ambos géneros.

- Contempla como actividades conexas las de encarnar los anzuelos; charqueo y ahumado de los pescados; tejido de redes; y de procesamiento de los recursos marinos para su comercialización y consumo (fileteado; carapacheo y desconchado)

- Dispone que, para efectos de facilitar el acceso a los beneficios otorgados por los órganos públicos y privados, podrán elaborarse una o más nóminas o registros de actividades conexas de la pesca artesanal, agrupadas a nivel regional, local, por actividad, antigüedad u otros criterios objetivos en los que los interesados podrán inscribirse voluntariamente.

- Dispone que en el Reglamento de la Ley de Pesca deberán considerarse criterios que permitan disminuir las brechas de participación de las mujeres en la conformación del registro artesanal.

- Establece que, de los 7 consejeros del Consejo nacional de Pesca que corresponde nombrar al Presidente de la República, con acuerdo del Senado, al menos 2 deberán ser mujeres.

-Incorpora las acciones de capacitación orientadas a la disminución de las brechas de género, en la función de promoción de la inclusión y la equidad de género en las distintas etapas productivas del sector pesquero artesanal, que la ley otorga al Instituto Nacional de Desarrollo Sustentable de la Pesca Artesanal y de la Acuicultura de Pequeña Escala (INDESPA).

- Otorga un plazo de 24 meses, contado desde la entrada en vigencia del presente proyecto como ley, para que los organismos que se señalan en éste, modifiquen sus reglamentos, ajustando sus mecanismos de elección y designación de sus miembros, en conformidad con la cuota de género establecida. 

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Intervino para dar cuenta del informe de la Comisión, el senador Rabindranath Quinteros.

 

En consecuencia, el proyecto de ley vuelve a la Cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional.

 

ESTABLECE MEDIDAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN EFICIENTE DEL PROCESO DE DESCENTRALIZACIÓN

 

Se aprobó en particular, el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, para implementar adecuadamente el proceso de descentralización del país (Boletín Nº 13.823-06). Con urgencia calificada de “suma”.

 

El proyecto de ley, iniciado en mensaje del Ejecutivo, se inserta dentro del proceso de descentralización que se está desarrollando en el país, a partir de la entrada en vigencia de las leyes N° 21.073 y N° 21.074, que regulan, entre otros aspectos, la elección de gobernadores regionales y fortalecen la regionalización del país, respectivamente. Durante la implementación de este proceso se han detectado una serie de elementos que no quedaron lo suficientemente claros, motivo por el cual se considera necesario introducir adecuaciones que hagan plenamente efectivas y eficaces las disposiciones contenidas en las leyes antes señaladas, para lo cual, en junio del año pasado, se constituyó la Mesa Técnica de Descentralización, la cual a través de un informe, sugirió una serie de perfeccionamientos a la legislación vigente, entre los cuales se tienen los referentes a la definición, evaluación y revocación de competencias y el silencio administrativo (en asuntos de transferencia propiamente tales); y, las comisiones de servicio, la resolución de controversias, la relación entre los gobiernos regionales con los otros órganos de la Administración del Estado y la unidad de control (en materias relacionadas a estructura y organización).

 

En este contexto, esta iniciativa legal tiene por propósito resolver las situaciones críticas detectadas para una adecuada implementación del procedimiento de transferencia gradual de competencias desde la Administración Central del Estado hacia los gobiernos regionales., con la finalidad de optimizar la normativa en cuestión, clarificando sus aspectos oscuros, llenando sus vacíos y lagunas, de forma suficiente y oportuna, erigiéndola como un sistema que permita el diseño y la adecuada implementación de esta relevante política pública.

 

Contenido del proyecto de ley:

- Regula la debida coordinación que, en sus actuaciones, deberán tener las autoridades y servicios públicos regionales, con el respectivo gobernador regional, disponiéndose, entre otras materias, las siguientes:

i).- Incorpora, como facultad del gobernador regional en su calidad de órgano ejecutivo del gobierno regional, la de coordinar, supervigilar o fiscalizar, según corresponda, a los servicios públicos que dependan o se relacionen con el gobierno regional respectivo.

ii).- Dispone que la coordinación, fiscalización o supervigilancia de los servicios públicos que le corresponderá a los delegados presidenciales regionales, se ejercerá sin perjuicios de la debida coordinación que las secretarías regionales ministeriales y los directores regionales de los servicios públicos nacionales, deberán realizar con el Gobernador respectivo, en relación a las políticas, planes, y programas de desarrollo regional aprobados y financiados por el gobierno regional.

iii).- Establece que, en la representación de las necesidades de la región, el delegado presidencial correspondiente, deberá siempre hacerlo en coordinación con el Gobernador respectivo.

iv).- Otorga al gobierno regional la facultad para convocar a los directores regionales de los servicios públicos que dependan o se relacionen con el Presidente de la República o a los secretarios regionales ministeriales, con la finalidad de abordar la contribución sectorial en el cumplimiento de los planes, programas y proyectos de desarrollo de la región, según corresponda.

                   Asimismo, el gobernador regional podrá convocar a los servicios públicos desconcentrados para tratar los problemas de gestión regional y la contribución sectorial al cumplimiento de los objetivos de la estrategia regional de desarrollo.

- Para los efectos de la debida comprensión de las normas sobre transferencias de competencias, establecidas en la Ley Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, precisa que se entenderá por competencia toda facultad, función o atribución que posean los ministerios o servicios públicos para satisfacer las necesidades públicas establecidas en sus leyes orgánicas, o en otras disposiciones legales, con excepción de la Ley de Presupuestos.

- Regula la transferencia de competencias de carácter temporal, facultando a la autoridad que transfiere la respectiva competencia, para designar en comisión de servicio, en el gobierno regional respectivo, hasta por un plazo equivalente al de la competencia transferida, a los funcionarios públicos que sean necesarios para su correcta ejecución, sin que a éstos les sean aplicables las limitaciones a estas destinaciones establecidas en el estatuto Administrativo, salvo que la  transferencia de competencias de que se trate sea definitiva, caso en el cual la comisión de servicios sólo podrá extenderse hasta el plazo máximo fijado en dicho Estatuto.

- Dispone que el Ministerio o Servicio que transfiera una o más competencias no podrá contratar empleos a contrata para desempeñar labores de similar naturaleza a las contenidas en las competencias transferidas.

- Establece que los recursos que correspondan para el ejercicio de la competencia traspasada serán transferidos mediante convenios celebrados al efecto, suscritos entre los gobiernos regionales y el respectivo órgano que tiene asignado dicho presupuesto, o bien serán asignados en las respectivas leyes de presupuestos del sector público; debiendo considerarse en la evaluación de la ejecución de dichos recursos, la diversidad de las realidades específicas de cada región.

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- Regula el silencio administrativo frente a una solicitud de transferencia de competencia, disponiendo que, transcurrido 6 meses contados desde la solicitud efectuada por un gobierno regional, en caso que se haya iniciado por este mecanismo, o desde la instrucción del Presidente para iniciarlo de oficio, sin que se haya producido un pronunciamiento, ya sea favorable o desfavorable, por parte de la autoridad o no exista constancia de comunicación alguna con el gobierno regional en dicho sentido, y mientras esta circunstancia sea debidamente representada por el respectivo gobierno regional al Comité Interministerial de Descentralización, se procederá a rechazar expresamente la solicitud de transferencia de competencias

-Establecer un procedimiento de evaluación del ejercicio de las competencias transferidas.

- Dispone que las competencias transferidas de forma definitiva sólo podrán ser revocadas mediante una ley dictada al efecto.

- Establece que los servicios públicos regionales que se creen por ley, una vez concluido el régimen transitorio de traspaso de competencias, conforme a las necesidades y particularidades de cada territorio, conforme a la evaluación de la Comisión de Transferencia de Competencias, tendrán un Director Regional como superior jerárquico, el cual será nombrado por el Gobernador Regional

- Modifica el nombre del “Comité Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación para el Desarrollo”, que deberá existir en cada gobierno regional, por el de “Comité Regional de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación para el Desarrollo”,

- Precisar el rol de la unidad de control del gobierno regional.

- Entrega al Contralor General de la República la facultad de resolver las contiendas de competencia que se susciten entre las autoridades políticas y administrativas, nacionales, regionales, provinciales y comunales, regulando al efecto el procedimiento de presentación, tramitación y resolución de la contienda.

 

Intervinieron los senadores Carlos Bianchi, Ximena Rincón, Claudio Alvarado, Juan Pablo Letelier, Luz Ebensperger, Alejandro Navarro, Kenneth Pugh, Rabindranath Quinteros, Ena Von Baer, David Sandoval, Ricardo Lagos, Carlos Montes, Alfonso De Urresti, Alejandro Guillier, José Miguel Insulza, Felipe Kast, Juan Ignacio Latorre, Francisco Chahuán, Jaime Quintana, Isabel Allende, Juan Castro, el Ministro del Interior y Seguridad Pública, Rodrigo Delgado y la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, María Paz Troncoso.

 

En consecuencia, el proyecto de ley pasa a la Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional.

 

INCIDENTES

 

Durante la hora de incidentes, hicieron uso de la palabra para referirse a diversos temas de relevancia nacional o de sus circunscripciones:

La Senadora Carmen Gloria Aravena dio cuenta de la grave situación que afecta a la comunidad escolar del emblemático Liceo Camilo Henríquez, de Temuco, donde gran parte de los trabajadores y cuerpo docente de dicho establecimiento subvencionado, se encuentra, desde hace algunos meses, en una huelga legal sin que sus demandas sean escuchadas por el sostenedor, por lo que el conflicto no avanza hacia una solución y sin que se pueda reemplazar a los profesores en huelga, todo lo cual está afectando gravemente el derecho de acceso a la educación de cientos de estudiantes que se encuentran sin clases, arriesgando la pérdida del año escolar.

 

El Senador Kenneth Pugh, recordando la reciente celebración de un nuevo aniversario del Combate Naval de Iquique, efectuó un reconocimiento a todos aquellos que entregan la vida por su país y a la institución a la que sirven, lamentando con ello, el asesinato del sargento primero de Carabineros Francisco Benavides, ocurrido en la Región de la Araucanía. Al respecto señaló que la zona se encuentra sumida en una grave situación de inseguridad, frente a lo cual planteó la necesidad de enfrentar seriamente la situación, para lo cual propuso la separación del Ministerio del Interior en dos carteras distintas, una dedicada a los asuntos propios del gobierno interior del Estado, y otra, un ministerio especialmente dedicado a los asuntos de seguridad interior.

 

La Senadora Carolina Goic intervino para señalar que una de las consecuencias de la actual pandemia por Covid 19, ha sido la gran invisibilización de otras patologías tan graves como lo es el cáncer; recordando que en octubre del año pasado, entró en vigencia la Ley del Cáncer, sin que se tenga mayores antecedentes de los avances que debieran estarse efectuando para la utilización efectiva de los 60 mil millones de pesos aprobados para el Fondo Nacional del Cáncer, destinados para la realización de exámenes y procedimientos de alto costo para las personas que sufren esta enfermedad, por lo cual solicitó oficiar al Ministerio de Salud a fin que se le informe sobre el uso de estos recursos, y los avances en la conformación de la Comisión Nacional del Cáncer y la  Implementación del Registro Nacional de Cáncer.

 

El Senador José Miguel Durana solicitó oficiar a los Ministros de Salud y de Relaciones Exteriores, a fin que se estudie la posibilidad de implementar un plan de vacunación contra el Covid, destinado a los ciudadanos chilenos residentes en la ciudad peruana de Tacna.

 

El Senador Alejandro Navarro, pidió se envíen oficios a los Ministros de Salud y relaciones exteriores a objeto que se hagan las gestiones para ir en ayuda de los chilenos residentes en Paraguay, nación en la que la tasa de vacunación es muy baja, por lo que sería necesario apoyar con vacunas a nuestros compatriotas

         En otra materia expresó su malestar por la información respecto de las sanciones a las que se vería expuesto el Director de la Clínica Las Condes, por las pérdidas económicas que para dicho centro de salud privado ha significado la atención de pacientes Covid cotizantes del sistema FONASA, por lo cual solicitó oficiar a éste último, a fin que informe sobre esta situación y del monto de los recursos que el Fondo ha transferido a dicha clínica en virtud de los diversos convenios que ha celebrado con la misma.

         También se refirió a la Mesa técnica Covid implementada por el Gobierno, cuya existencia práctica y poder de asesoría cuestiono, a raíz de las críticas que se han efectuado a la implementación del pase de movilidad, por estimarse que ello llevará a un relajamiento en los resguardos sanitarios, pudiendo producirse un aumento en los contagios.

         Finalmente efectuó un extenso análisis de la situación que afecta a la Región de la Araucanía, lamentando, en primer lugar, el asesinato del Carabinero Francisco Benavides, para luego referirse a un estudio de tesis doctoral de la Universidad de Talca, el cual vincula el conflicto territorial Mapuche de la región con los procesos de reforma agraria desarrollados en los años ’70, en los cuales se habrían entregado tierras a dichos pueblos, las que luego les habrían sido arrebatadas durante la dictadura y entregada a sus ex dueños y a las forestales,.

 

 

 

 

 

 

 

 

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