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Gasolinas de 95 y 97 octanos: solicitan que sistema de estabilización de precio incluya estos octanajes

A través de un proyecto de acuerdo, los senadores Bianchi, Chahuán, García, García Huidobro, Guillier, Ossandón, Prokurica, Quinteros y Tuma, buscan que el mecanismo no rija únicamente para los 93 octanos.

9 de septiembre de 2014

Imagen foto_00000016Los senadores Carlos Bianchi, Francisco Chahuán, José García Ruminot, Alejandro García Huidobro, Alejandro Guillier, Manuel José Ossandón, Baldo Prokurica, Rabindranath Quinteros y Eugenio Tuma presentaron un proyecto de acuerdo, por medio del cual solicitan a la Presidenta de la República, Michelle Bachelet, y al Ministro de Hacienda, Alberto Arenas, el envío de un proyecto de ley que modifique el sistema de estabilización de precio de los combustibles establecido por la ley 20.765, de manera que este mecanismo incluya como precio de referencia las gasolinas de 93, 95 y 97 octanos y no únicamente la de 93 octanos. (Boletín S 1705-12).

 

MECANISMO INSUFICIENTE

 

En el texto legal -que se encuentra en la tabla ordinaria del día de hoy- se recuerda que "el mecanismo opera a través de incrementos y rebajas a los impuestos específicos a los combustibles establecidos en la ley N° 18.502, los que se modifican sumando o restando, a los montos establecidos en esa ley, denominados "componentes base", un "componente variable" determinado para cada uno de los combustibles, de acuerdo a parámetros y normas que la misma ley fija para cada tipo de combustible".

 

En este contexto, los legisladores criticaron que la aplicación y efecto práctico sobre el precio de los combustibles, en especial el de la gasolina automotriz de 95 y 97 octanos, del nuevo mecanismo de estabilización de precios, "ha demostrado ser insuficiente para evitar incrementos excesivos en el precio de dichos combustibles, por lo que es necesario efectuar las modificaciones y adecuaciones que sean necesarias a la ley de manera que las gasolinas automotrices de 95 y 97 octanos no se vean afectadas por incrementos de sus precios que sin duda afectan a un alto porcentaje de la población".

 

"El motivo del no impacto de este mecanismo de estabilización sobre las gasolinas de 95 y 97 octanos tiene su explicación técnica en el hecho de que, según se ha explicado desde el mismo Ministerio de Hacienda, el mecanismo utiliza como referencia para el ajuste del impuesto específico únicamente el precio de la gasolina de 93", explicaron los congresistas.

 

NO DISCRIMINACIÓN

 

Lo anterior implica que el mecanismo garantiza que sea ésta la gasolina que no varíe más de 0,12 UTM y no así para las gasolinas de 95 y 97 octanos las que no quedarían cubiertas con la estabilización de precios que el sistema establece.

 

Asimismo, advirtieron que "el Ministerio de Hacienda, ha explicado que la sola inclusión como precio de referencia de la gasolina de 93 octanos en el mecanismo de estabilización, se debe a que esta es la que es de mayor consumo en la población y que la de 95 y 97 octanos serían de consumo de las personas de mayores ingresos".

 

Sin embargo, aclararon que no comparten totalmente dicha afirmación "puesto que un alto porcentaje de la clase media del país utiliza la gasolina de 95 octanos y creemos que por principio no deben existir discriminaciones entre las distintos tipos de gasolinas respecto al mecanismo de estabilización de su precio", sentenciaron, por lo que formalizaron la solicitud en el proyecto de acuerdo.

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