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AVP: Un proyecto que no es lo que se dice

Por Jacqueline Van Rysselberghe, senadora por la región del Biobío

10 de octubre de 2014

Imagen foto_00000019Culmina la tramitación en la sala del Senado, del proyecto de ley que crea el Acuerdo de Vida en Pareja. Al respecto vale la pena hacer un análisis de lo que entró hace tres años y lo que está saliendo actualmente.

 

El 17 de agosto del año 2011 ingresó por Mensaje del Ex Presidente Piñera, el proyecto de ley que creaba el Acuerdo de Vida en Pareja con el objeto de regular los efectos jurídicos de la vida afectiva común. Esto por cuanto existirían —supuestamente— más de 2 millones de personas que hoy conviven de hecho sin estar casados y cuyos efectos de la referida relación no se encontrarían regulados, haciéndose una “imperiosa” necesidad.

 

Pero además, se establecía con extremada claridad en sus ideas matrices que “la familia tradicional o nuclear, que consta de madre y padre unidos por un vínculo matrimonial y sus potenciales hijos, corresponde a la expresión más estable, duradera y anhelada de familia en Chile que nuestro gobierno se ha comprometido a fomentar” y que no se afectaría la Institución Matrimonial.

 

Sin entrar en la matriz antropológica del proyecto en comento de la cual se ha escrito bastante, es importante hacer ver que respecto a las personas que declaraban convivir —correspondiente al 16,2 por ciento de la población mayor de 15 años—, lo que supuestamente se requería era regular sus efectos hereditarios, sociales y patrimoniales.

 

Sin embargo, esto en la realidad de la tramitación, se desechó completamente. Para las parejas de hecho, esto no innova en absolutamente nada, pero nada. Por ejemplo, una convivencia de hecho heterosexual, que corresponde a más del 99% de la población que convive, si antes no se regulaba su situación, con el AVP queda absolutamente igual.

 

Si esta pretende tener derechos deberá —al igual que antes— acudir ante un Oficial del Registro Civil ahora con la única diferencia que puede “avepearse” o “casarse”. Así entonces, la innovación práctica y real del proyecto es nula. Más aún, un senador presentó una indicación para poder abarcar a ese 99 por ciento, pero extrañamente fue rechazada, sin una justificación razonable.

 

Para quienes sí resulta novedoso es respecto de las parejas del mismo sexo que declaran convivir, correspondiente al 0,27% de la población mayor de 15 años. Lo anterior por cuanto ellas no pueden contraer Matrimonio —por su naturaleza reservado para personas de distinto sexo— con lo que el AVP viene a darle un estatus distinto. De ahí que veamos sólo a grupos de la población LGBTI interesados en el mismo.

 

Por otro lado, curiosamente lo que en un principio no se iba a afectar, hoy en día resulta indudablemente desvirtuado. En efecto, de 20 aspectos relevantes del Matrimonio, institución en principio totalmente distinta del AVP, tan sólo se diferencia en tres.

 

En efecto, entre otros, éste contempla los mismos derechos hereditarios, idéntica calidad de legitimario y asignatario de cuarta de mejora, compensación económica, estado civil, parentesco, derechos sociales, previsionales, los mismos vicios del consentimiento, la misma posibilidad de celebrarlo en el extranjero, Tribunales de Familia y el mismo cuidado personal.

 

Lo curioso es que en el ámbito de los deberes, tan sólo recoge uno a diferencia del Matrimonio que reconoce ocho. Mención aparte merece que se hayan incomprensiblemente rechazado indicaciones de deberes de respeto, protección y fidelidad, que por cierto tienen consecuencias jurídicas claras.

 

Si se quiere realmente algo sólo para parejas del mismo sexo, Alemania es un ejemplo. Se encuentra nítidamente diferenciada la institución Matrimonial de la Unión Civil reservada sólo para homosexuales. De hecho el análisis comparado, es que la exclusividad entre parejas del mismo sexo para la Unión Civil Registrada no debilita el Matrimonio. En efecto, desde el año 2006 —fecha en que entró a regir el modelo Alemán— al 2011, los Matrimonios aumentaron de 373.681 a 377.861, es decir, cerca de un 1,5%.

 

Así entonces, el AVP —tal como está concebido— no cumple realmente sus ideas matrices, crea una sensación engañosa para la gran mayoría de la población que convive y debilita la institución matrimonial al igualarlo en sus derechos y diferenciándolo en los deberes. En definitiva, un proyecto que no es lo que se dice.

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