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Cursa segundo trámite:

Norma que facilita la renegociación y liquidación de micro y pequeñas empresas comenzará a ser estudiada en detalle

Los congresistas analizaron la compleja situación de los emprendedores, en particular cómo la pandemia y la dificultad de acceder a créditos ha terminado quebrando a diversos rubros.

23 de marzo de 2021

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Con 36 votos a favor y una abstención, la Sala respaldó las ideas matrices del proyecto que moderniza los procedimientos concursales contemplados en la ley de Insolvencia y Reemprendimiento (ex ley de Quiebras) y crea nuevos procedimientos para micro y pequeñas empresas (MiPymes).

 

La norma en segundo trámite, volverá ahora a la Comisión de Economía donde fue analizada en general. Hasta el 23 de abril, los legisladores y el Ejecutivo tendrán plazo para presentar indicaciones, de manera de perfeccionar el texto.

 

El mensaje tiene por objeto agilizar y simplificar aspectos burocráticos de los procedimientos concúrsales actuales; crear procedimientos simplificados de rápida tramitación y bajos costos de administración para las personas, y las micro y pequeñas empresas; incrementar las tasas de recuperación de créditos promoviendo reestructuraciones de pasivos antes que liquidaciones; y entregar certeza jurídica en ciertas disposiciones de la ley.

 

En la actualidad son pocos los procedimientos de reorganización y muchos los de liquidación. La intención es revertir aquello de manera de apoyar aquellos emprendimientos que han tenido dificultades para surgir.

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Durante el debate los congresistas coincidieron en la necesidad de evitar, por todos los medios, que los emprendedores sigan quebrando, por lo que valoraron los cambios que se plantean. Sin embargo, muchos legisladores hicieron ver que “salvar a las MiPymes no pasa por esta ley sino por un enfoque directo de ayuda que va más allá de los bonos anunciados”.

 

En esa línea, se mencionó el nivel de endeudamiento asociado a la pandemia, la realidad del emprendimiento regional y lo complejo que les ha sido a los deudores acceder al crédito. Así se cuestionó si “vale la pena discutir cómo hacer morir mejor a las empresas, en vez de impulsar política económicas para reactivarlas”.

 

PROYECTO

 

1. Modificaciones al procedimiento concursal de reorganización (PCdR). El PCdR es un procedimiento judicial que permite a una empresa deudora reestructurar sus activos y pasivos, mediante un acuerdo con sus acreedores.

- Extiende la aplicación del procedimiento de reorganización de empresas actual, a las medianas y grandes empresas, reservando el procedimiento simplificado de reorganización, que se crea, para las micro y pequeñas empresas (MyPES).

- Introduce al procedimiento concursal de reorganización, diversas modificaciones que lo optimizan y mejoran.

 

2. Modificaciones al procedimiento concursal de liquidación de empresas (PCdLE). El PCdLE es un procedimiento judicial que tiene por finalidad la liquidación rápida y eficiente de los bienes de la Empresa Deudora con el objeto de propender al pago de sus acreedores cuando ésta no es viable.

 

- Incorpora al procedimiento concursal de liquidación de empresas (PCdLE), diversas modificaciones para optimizar este procedimiento y resolver ciertos problemas que se han detectado. Entre ellas destacan:

 

3. Optimización del procedimiento de renegociación de la persona deudora (PdRPD) El PdRPD es  un procedimiento administrativo y gratuito en el cual la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (SUPERIR) actúa como facilitadora de acuerdos entre el deudor y sus acreedores. Este procedimiento tiene por finalidad que el deudor pueda renegociar sus deudas o pueda ejecutar sus bienes para el pago de sus deudas vigentes

- Se incorporan modificaciones a las normas que regulan el procedimiento existente, con el objeto de optimizarlo.

 

4. Creación de un procedimiento simplificado de reorganización para micro y pequeñas empresas (PSRMyPES)

-Se propone un nuevo procedimiento de reorganización simplificado para MIPES, con una serie de características. Algunas de ellas son las siguientes:

- Este procedimiento solo será aplicable a las empresas que califiquen como micro o pequeñas empresas conforme a la concurrencia copulativa de los siguientes requisitos: en el caso de las micro empresas, aquellas cuyos ingresos anuales sean inferiores a 2.400 UF y que tuvieren contratados de 1 a 9 trabajadores; y en el caso de las pequeñas empresas, aquellas con ingresos anuales superiores a las 2.400 UF, pero inferiores a 25.000 UF, y un personal contratado superior a 10 e inferior a 49 trabajadores.

- Elimina el requisito de entrega de certificados de auditoría, reemplazándolos por una declaración jurada del deudor, y crea una nueva nómina de veedores, para aquellos que se dediquen exclusivamente a estos procedimientos simplificados, con todo lo cual se abaratan los costos del procedimiento.

 

5. Creación de un procedimiento simplificado de liquidación para personas y MyPES

- Reemplaza el procedimiento de liquidación que se aplica a las personas deudoras por uno aún más eficiente y simplificado que el actualmente vigente, que además, se extiende a las micro y pequeñas empresas que cumplan los requisitos copulativo de rango de ingresos y trabajadores contratados, ya señalado.

- Establece que el deudor deberá consignar, al inicio del procedimiento, un monto de 10 UF para costear los gastos de administración del concurso.

- Simplifica los requisitos para ingresar al procedimiento, clarificándose que no es necesaria la existencia de uno o más juicios civiles para iniciar el mismo.

 

DEBATE

 

Durante la discusión hicieron uso de la palabra el presidente de la Comisión de Economía, el senador Álvaro Elizalde, quien explicó que en una sesión anterior ya se había informado la norma a la Sala. Tras ello, el ministro de Economía, Lucas Palacios resumió cómo los cambios de la norma podrán apoyar el emprendimiento pensando en los acreedores y deudores.

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A la hora de argumentar la votación intervinieron los senadores Juan Pablo Letelier, José Miguel Durana, Isabel Allende, Carlos Montes, Carmen Gloria Aravena, Claudio Aravena, Carlos Bianchi, Ximena Rincón, Alejandro Guillier, Francisco Huenchumilla, Ricardo Lagos, Juan Antonio Coloma, Alejandro Navarro, Kenneth Pugh y José García Ruminot.

 

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