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Protección de la salud mental: despachan proyecto a tercer trámite

El Senado respaldó la norma que busca una legislación específica en esta materia, que sistematice y consolide los derechos fundamentales de las personas con enfermedad mental o discapacidad y construir así las políticas y programas públicos en esta área de la salud.

10 de marzo de 2021

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Por mayoría, el Senado despachó a tercer trámite constitucional el proyecto de ley protección de la salud mental, que tiene por objeto establecer una legislación específica en materia de protección de la salud mental que sistematice y consolide los derechos fundamentales de las personas con enfermedad mental o discapacidad psíquica o intelectual, a partir de los cuales se puedan construir las políticas y programas públicos en esta área de la salud, orientadas a evitar situaciones de vulnerabilidad, estigmatización, discriminación y marginación a quienes sufren estas afecciones.

 

DEBATE

 

Cabe hacer presente que la cuenta del proyecto fue dada en la sesión pasada, oportunidad en la que la presidenta de la Comisión de Salud, la senadora Carolina Goic explicó que se hicieron varios informes y detalló las observaciones realizadas por la Corte Suprema. “Se nos indicó la necesidad de pasar las causas del tribunal de Letras a los de Familia, por ejemplo cuando se judicializa la internación no voluntaria”, graficó.

En la sesión del martes 9 intervinieron los siguientes senadores:

 

CARLOS MONTES

“El tema de salud mental es muy importante en el mundo. Hay muchas dificultades para vivir y más aún en el presente contexto. Me gustaría hacer preguntas, pero mirando el proyecto veo que no me satisface el enfoque individual. Creo que lo colectivo, lo social debería incorporarse en este proyecto”.

 

RABINDRANTH QUINTEROS

“Este es un proyecto que solo reconoce y protege los derechos de las personas con problemas mentales y síquicas. No es una mirada global al fenómeno ni menos a los cambios que ha tenido la sociedad post pandemia”.

 

JUAN IGNACIO LATORRE

“Hay que valorar que estemos discutiendo esto. Hay una larga historia respecto a cómo se ha entendido la salud mental. Chile está atravesando una crisis de salud mental, mucho antes de la pandemia. Estoy pensando en la automedicación de antidepresivos y ansiolíticos, las tasas de violencia y el suicidio juvenil”.

 

Durante la presente jornada, el senador Juan Pablo Letelier advirtió que se deja fuera a las personas con adicciones y la necesidad de internación. Mientras que los senadores Alejandro Guillier y Carlos Montes, entre otros, lamentaron que no se incluya una política de prevención para enfrentar la salud mental.

 

CONTENIDO DEL PROYECTO

 

Algunos de los puntos contemplados en el proyecto de ley son:

 

- Reconoce y garantiza, en el marco de la Constitución Política de la República y de los tratados e instrumentos internacionales sobre derechos humanos, el pleno goce de los derechos fundamentales de las personas con enfermedad mental o discapacidad psíquica o intelectual, estableciendo el deber del Estado de Estado respetarlos, promoverlos y garantizarlos.

 

- Otorga protección las personas afectadas por estas patologías, especialmente en el ejercicio de sus derechos a la libertad personal, a la integridad física y psíquica, al cuidado sanitario y, a la inclusión social y laboral.

 

- Precisa que, para los efectos de esta ley, se entenderá por salud mental en el adulto un estado de bienestar en el que la persona siendo consciente de sus propias capacidades, pudiendo realizarlas y afrontar las tensiones normales de la vida, trabajar y contribuir a su comunidad. En el caso de niños, niñas y adolescentes, la salud mental consiste en la capacidad de alcanzar y mantener un grado óptimo de funcionamiento y bienestar psicológico.

-Por enfermedad o trastorno mental entiende “una condición mórbida que presente una determinada persona, afectando en intensidades variables el funcionamiento de la mente, el organismo, la personalidad y la interacción social, en forma transitoria o permanente, establecida conforme a lo dispuesto en la ley sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad.”

-Precisa que persona con discapacidad psíquica o intelectual es aquella que, “teniendo una o más deficiencias, sea por causas psíquicas o intelectuales, de carácter temporal o permanente, al interactuar con diversas barreras presentes en el entorno, ve impedida o restringida su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.”

 

- Regula los medios y acciones que garanticen que toda persona pueda decidir, en forma libre e informada, respecto a tratamientos o alternativas terapéuticas que les sean propuestas.

 

- Dispone que el proceso de atención en salud mental debe realizarse preferentemente de forma ambulatoria o de atención domiciliaria, precisándose que la hospitalización psiquiátrica se entiende como un recurso excepcional y esencialmente transitorio.

 

Fundamentaron sus votos los senadores Alejandro Guillier, Carlos Montes y Francisco Chahuán.  

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