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Para facilitar la búsqueda

Menores extraviados: crean un sistema de alerta temprana

La Sala del Senado aprobó la moción que busca implementar un sistema de aviso similar al que se usa en las catástrofes naturales a través de los medios de comunicación y los teléfonos celulares

5 de febrero de 2021

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La Alerta Amber, es conocida en numerosos países desde mediados de la década de los 90' y proporciona un sistema para la pronta identificación y recuperación de menores de edad extraviados. Ello, en el entendido que cada minuto que pasa perdido un niño o niña mayor riesgo significa para su integridad. 

En Chile, los senadores Francisco Chahuán, Ximena Órdenes, Ximena Rincón, Alejandro García-Huidobro y Juan Pablo Letelier, presentaron una moción que establece un sistema de mensajes de alerta ante la desaparición de menores de edad, la que hoy se encuentra cumpliendo su segundo trámite, en la Cámara de Diputadas y Diputados.

Ello, luego que la Sala del Senado diera por despachada en la iniciativa, tras cumplirse el plazo para presentar indicaciones sin que se hicieran modificaciones.

¿CUÁLES SON LAS NORMAS DEL PROYECTO?

 

En lo principal, el proyecto busca que se implemente un sistema de alerta ante la desaparición de niños y niñas, que permita facilitar su búsqueda, especialmente, en las primeras horas de su desaparición, estimándose que uno de los más efectivos es la denominada alerta "Amber" y que busca comprometer a la comunidad en la búsqueda de niños extraviados, mediante el despliegue de acciones coordinadas que permitan la localización y recuperación de estos menores.

 

La alerta propuesta es difundida a través de boletines en medios de comunicación y también mediante avisos en los dispositivos de telefonía móvil, en forma similar a los sistemas de advertencia creados para los desastres naturales, tales como, terremotos o tsunamis, incorporando avisos personalizados tanto en los dispositivos, portales de Internet y en los canales de televisión.

 

El proyecto impone a los concesionarios, permisionarios o licenciatarios de telecomunicaciones, el deber de transmitir sin costo, en la medida que sus sistemas técnicos así lo permitan, los mensajes de alerta que les sean comunicadas por Carabineros de Chile o la Policía de Investigaciones, en relación a las denuncias que hayan recibido por desaparición de menores edad.

  

El texto legal establece que, en el marco de las facultades del Consejo Nacional de Televisión (CNTV), "de dictar normas generales y obligatorias para los concesionarios y los permisionarios de servicios limitados de televisión, relativas a la obligación de éstos de transmitir campañas de utilidad o interés público, se deberá considerar que tienen este carácter, la difusión de la desaparición de menores de edad, que hayan sido denunciadas a Carabineros o Policía de Investigaciones y que hubiesen sido comunicadas al Ministerio Secretaría General de Gobierno".

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