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Sesión 37ª, Extraordinaria, miércoles 10 de junio de 2020

Se realizó desde las 16:18 a 20:15 horas con la asistencia de 43 senadores. Presidió la sesión la senadora Adriana Muñoz, Presidenta. La Secretaría estuvo a cargo del Secretario General, Raúl Guzmán (Sesión 100% telemática)

11 de junio de 2020

IMPLEMENTA OBLIGATORIEDAD DEL SEGUNDO NIVEL DE TRANSICIÓN DE EDUCACIÓN PARVULARIA

 

Se acordó devolver a Comisión para segundo informe, el proyecto de ley en segundo trámite constitucional, que modifica la Ley General de Educación con el objeto de establecer la obligatoriedad del segundo nivel de transición de Educación Parvularia. (Boletín N° 12.118-04) Con urgencia calificada de “discusión inmediata”.

 

El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por objeto cumplir e implementar la reforma constitucional que hizo obligatorio el segundo nivel de transición, añadiendo un año obligatorio al ciclo educativo, que corresponde al tiempo de la primera infancia, la cual constituye una etapa fundamental en la evolución del ser humano, donde el desarrollo cerebral está marcado fuertemente por las experiencias en su entorno familiar y educativo, razón por la cual, la entrega temprana de calidad les permitirá el máximo despliegue de sus potencialidades para contribuir al desarrollo de una sociedad más justa y equitativa.

 

Contenido del proyecto de ley:

- Reafirma el carácter obligatorio del cumplimiento del segundo nivel de transición para el ingreso a la educación básica.

- Dispone que el deber del Estado en relación con este nivel parvulario, se expresará en la promoción del aprendizaje mediante experiencias significativas a través del juego, descubrimiento, resolución de problemas, educación de las emociones y creatividad, respetando los procesos de construcción mental y formación de estructuras propios de cada niño.

- Establece que en la educación parvularia, el segundo nivel de transición tendrá una duración obligatoria de un año, y la edad mínima para el ingreso a ella será de 5 años.

- Entrega al Ministerio de Educación el deber de elaborar programas de estudios de educación parvularia.

- Dispone que los establecimientos reconocidos oficialmente certificarán el término de los estudios de educación parvularia, la que se limitará a dejar constancia del hecho de haberse cursado tal nivel de transición.

- Establece que el requisito de cursar el segundo nivel de transición de educación parvularia para el ingreso a la educación básica será exigible a partir del año escolar subsiguiente al de la fecha de publicación de este proyecto de ley, si la publicación se realiza entre el 1 de enero y el 30 de junio de un determinado año. Si ello se realiza con posterioridad a esa fecha, el requisito será exigible a partir del año inmediatamente siguiente al año escolar referido en el inciso anterior.

 

Intervinieron los senadores Luz Ebensperger, Juan Ignacio Latorre, Carlos Montes, Juan Pablo Letelier, Ena Von Baer, Ximena Rincón, José Miguel Insulza, Yasna Provoste, Jaime Quintana, Juan Antonio Coloma, Jorge Pizarro, Álvaro Elizalde, Víctor Pérez, Felipe Kast, Andrés Allamand, Francisco Chahuán, Alfonso De Urresti, Rodrigo Galilea, Adriana Muñoz, José García, Guido Girardi, Carolina Goic, Francisco Huenchumilla, Iván Moreira, Alejandro García-Huidobro, Ximena Órdenes, David Sandoval, Jacqueline Van Rysselberghe y Alejandro Navarro.

 

En consecuencia el proyecto de ley vuelve a Comisión para nuevo informe, fijándose plazo para presentar indicaciones hasta el próximo viernes 12 de junio.

 

 

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