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Ley Corta de distribución eléctrica avanza su trámite: ahora en la Comisión de Hacienda

Los senadores de la Comisión de Energía aprobaron las indicaciones a la norma. Tras el debate en particular las utilidades de estas compañías estaría en un margen de entre un 10 y un 3%. Hoy la rentabilidad fluctúa entre un 14 y un 6%.

29 de noviembre de 2019

Tras la firma de un protocolo de acuerdo entre los integrantes de la Comisión de Minería y Energía, y el Ministerio de Energía, esta instancia despachó en particular, a la Comisión de Hacienda el proyecto que rebaja la rentabilidad de las empresas de distribución y perfecciona le proceso tarifario de distribución eléctrica.

 

Imagen foto_00000014La norma en segundo trámite, iniciada en mensaje que refunde una moción de autoría de diputados, apunta a rebajar la rentabilidad de las empresas distribuidoras de electricidad (del 10% a un rango entre 6 y 8%). Aunque este cambio no influye mayormente en las boletas de los consumidores, sí afecta las utilidades de estas compañías que en 4 años podrían ver reducidas sus ganancias en unos mil 200 millones de dólares.

 

Luego del debate en la Comisión, se acordó que la rentabilidad quedara entre un 6 y un 8% con un margen de 2% al alza, y uno de 3% a la baja, es decir entre un 10 y un 3%. Hoy la utilidad es de un 10% con un margen al alza de un 4% y a la baja también de un 4%, es decir fluctúa la rentabilidad entre un 14 y un 6%.

 

INDICACIONES Y PROTOCOLO

 

Imagen foto_00000010Entre las 29 indicaciones que fueron presentadas, la más debatida corresponde a una de autoría de la senadora Yasna Provoste que proponía que municipios, y pequeñas y medianas empresas (pymes) pudieran pasar de ser clientes regulados a libres, todo con el fin de reducir sus costos de electricidad (entre un 20 y un 30%) puesto que en ese caso, los valores se negocian directamente con las empresas generadoras.

 

Imagen foto_00000012Cabe considerar que en la actualidad se consideran clientes regulados aquellos que gastan 500 kW o menos; mientras que aquellos clientes que superan ese número son libres. Los primeros se someten al valor de las tarifas estándar de la electricidad.

 

La indicación pretendía bajar el parámetro de manera que aquellos que gastaran desde 300 kW accedieran a ser clientes libres. Ello fue aprobado y además a través de un protocolo de acuerdo con el ministro Juan Carlos Jobet, la cartera se comprometió a concretar una baja en los valores del alumbrado público, que cancelan los municipios, los que tendrán el precio de cliente libre.

 

Otros puntos del acuerdo fueron:

  • Ley larga de distribución y comercialización: a más tardar el 1 de marzo del 2020, el Gobierno ingresaría al Congreso un proyecto que incorpore los elementos no incluidos en esta ley corta en estudio. Entre los puntos de este nuevo mensaje estaría promover la competencia en la distribución y comercialización; revisar el esquema de empresa modelo, incorporar estándares de seguridad y calidad de servicios en el nuevo modelo; y mejorar los sistemas información y transparencia del sistema.
  • Hora punta: el Ministro de Energía se encuentra estudiando cómo modificar la ley respecto a las horas punta. Recientemente, la Comisión Nacional de Energía (CNE) las ha reducido en un 20%. Esta cartera invitará a las asociaciones de regantes y a los Comités de Agua Potable Rural para que participen de los procesos consultivos asociados al cambio referido a remuneración de potencia y horas de punta.
  • Límite de invierno: recientemente se aprobó la ley que congeló las tarifas de generación por dos años que se aplica a las cuentas mensuales de los clientes regulados. Pues bien, esta norma con consideró los otros dos componentes: transmisión y distribución, los que se actualizan considerando el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y el precio del dólar. Con el proyecto en estudio se aborda la distribución, pero no se menciona qué ocurre con el costo de la electricidad en esa estación. De esta forma, la cartera se comprometió a establecer una mesa de trabajo con actores, entre ellos los consumidores, de manera de entregar un informe con alternativas de rebaja de costos antes del 31 de enero del 2020.
  • Subsidios: para mejorar la protección a los clientes residenciales, en un plazo no superior a 120 días el Ministerio se comprometió a dictar un reglamento que haga operativo y aplicable, cuando se produzcan alzas superiores al 5%, el mecanismo de subsidio establecido en la Ley General de Servicios Eléctricos, definiendo, entre otros, los criterios de selección de los eventuales beneficiarios del subsidio.
  • Régimen de potencia: el Gobierno también se comprometió a presentar, en un plazo de 30 días, una propuesta que revise la tasa de rentabilidad de las empresas generadores de electricidad, que hoy está fijada en una 10%. La idea es generar mayor flexibilidad e incentivos para acelerar la incorporación de las empresas generadoras en base a energías renovables y desincentivos a la generación convencional.
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