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Conflicto de intereses, contratación de parientes y tránsito desde el mundo público al privado: Senado suscribe idea de legislar

Por unanimidad se aprobó en general el proyecto que fortalece la integridad pública. Durante el debate los legisladores adelantaron que en el estudio en particular se avanzará en perfeccionar la norma.

10 de octubre de 2018

“Aportar al fortalecimiento de la integridad pública, creando mecanismos de solución para conflictos de intereses, la corrupción y la pérdida de confianza, a fin de evitar el desprestigio y el impacto social al ingresar a la función pública, durante su ejercicio y con posterioridad al cese del mismo” es el principal objetivo del proyecto de ley que fortalece la integridad pública y que fue aprobado por unanimidad por el Senado. Revise nota explicativa

 

Imagen foto_00000005Durante el debate se acordó fijar como plazo de indicaciones el jueves 8 de noviembre, oportunidad en que –tal como lo adelantaron los legisladores- se espera perfeccionar el texto legal; además coincidieron en la importancia de avanzar en normas de probidad, recordando que el Congreso Nacional se ha adelantado a algunas de ellas.  

 

En otra vereda un grupo de parlamentarios advirtió que se debe precaver el respetar el derecho al trabajo, aludiendo a las restricciones por parentesco para acceder a la administración pública.   

 

En la oportunidad intervinieron los senadores Pedro Araya, Iván Moreira, Rabindranath Quinteros, Luz Ebensperger, José Durana, Felipe Kast, Juan Castro, Alejandro Navarro, Carmen Gloria Aravena y el Ministro de la Segpres, Gonzalo Blumel, quien manifestó que el mensaje “tiene valor simbólico, porque es el primero de la agenda de probidad y transparencia para encaminar a Chile hacia el desarrollo integral. (…) Se espera que ser familiar no sea un beneficio para entrar a la administración pública, pero que tampoco sea un impedimento”

 

IDONEIDAD DE PARIENTES

 

La propuesta, que está en su primer trámite constitucional, incorpora, como requisito general para ingresar a la administración del Estado, la obligación de solicitar al Servicio Civil un informe (no vinculante, pero si público) sobre el mérito personal y la idoneidad profesional del postulante, cuando éste sea cónyuge, conviviente civil o pariente de alguna alta autoridad nacional, regional o local; parlamentario; jefe superior de servicio o embajador.

 

Extiende a los convivientes civiles las inhabilidades especiales, impedimentos y prohibiciones,  para el ingreso a la administración del Estado que afectan a los cónyuges.

 

En otro orden, establece la inhabilidad para desempeñarse como Ministro, Subsecretario, jefe superior de servicio o directivo superior de un órgano u organismo de la Administración del Estado, respecto de quienes hayan realizado actividades como lobbysta, ante el organismo al que pretenden ingresar, en los 12 meses antes de su nombramiento.

 

Prohíbe a las personas que hayan ejercido altos cargos en entidades estatales, dentro del año siguiente a la cesación en sus funciones, prestar cualquier tipo de servicios, gratuito o remunerado, ni adquirir participación en la propiedad de entidades privadas que hayan estado sujetas a la fiscalización de instituciones fiscalizadoras vinculadas con el organismo o institución en la que laboraban.

 

Con respecto al Congreso Nacional, prohíbe el nombramiento, designación o contratación, de personas unidas por vínculos de parentesco o afectividad con Senadores, Diputados, Secretarios de ambas Cámaras u otros funcionarios que tengan poder de decisión en dichas contrataciones, mientras dichas autoridades se encuentren en ejercicio de sus cargos; y establece que, una vez que hayan cesado en sus funciones, los ex diputados y ex senadores tendrán prohibido realizar lobby o gestión de intereses particulares, por un período de un año.

 

Respecto del uso de las asignaciones parlamentarias y fuentes de ingreso, dispone que los parlamentarios no podrán recibir remuneraciones ni honorarios profesionales provenientes de fuentes distintas de la dieta que reciben durante el periodo para el que fueron electos, salvo por funciones docentes, por hasta un máximo de 12 horas semanales y reafirma el destino exclusivo para el ejercicio de la función parlamentaria que poseen las asignaciones parlamentarias.

 

PUERTA GIRATORIA

 

ARAYA:

 

“Este es un proyecto con un título ambicioso, pero en la práctica es demasiado modesto, se deja fuera de este ámbito una serie de instituciones, como el Poder Judicial, FF.AA., Banco Central, Servicio Electoral (…) se busca el blanqueamiento de ciertas contrataciones (…). A mi juicio el problema es el tránsito desde el mundo público al privado y viceversa, lo que se ha llamado la puerta giratoria. (…) Creo que debiéramos cambiar el foco de la discusión, no es contra nepotismo. (…) Que se exija informe para los parientes  debe perfeccionarse, buscar un punto de equilibrio”

 

MOREIRA:

 

“Lo que ayer era aceptable, hoy no lo es y la legislación debe ajustarse a los nuevos parámetros que la sociedad nos exige y el proyecto busca ese propósito, para regular el conflicto de interés en sus tres etapas, al ingresar a la función pública, al ejercer y al dejar la institucionalidad. Para que la integridad funcione, debe abarcar también al parlamento, (…) y ojalá el Gobierno le diera urgencia al proyecto sobre reelección parlamentaria, eso también es transparencia. (…) Como todo proyecto puede ser mejorado”.

QUINTEROS:

 

“Si bien podemos valorar todas las iniciativas que regulen conflictos de interés, la ciudadanía puede considerarlo insuficiente, o incluso pensar que es para blanquear  situaciones, por lo que me inclino a pensar que debemos hacerlo de manera integral, asumiendo los estándares más exigentes (…) Todos los aspectos pueden recibir mejoras y así lo haremos en el plazo de las indicaciones. (…) Preocupa el  tratamiento que se hace sobre nombramiento de parientes de autoridades, porque el proyecto NO lo prohíbe, sino que lo regula, creemos que debe ser modificado”.

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EBENSPERGER

 

“Este es un proyecto importante y necesario que enaltece la función pública. La probidad no es una simple recomendación, sino que su transgresión debe acarrear sanción. (…) No obstante, me parece que se debe considerar también los potenciales desincentivos que se puedan producir para atraer buenos y nuevos talentos a la función publica, tenemos que ser capaces de buscar ese equilibrio, representa una oportunidad y un desafío, sin castigar a los parientes, que no es lo mismo que sean beneficiados”.

LIMITACIONES

 

DURANA:

 

“La norma propuesta es tan excesiva que la hace impracticable (…) Al establecer tercer grado de parentesco es un desincentivo a la función pública, es injustificable. (…) Se señala que no podrán desempeñar funciones de ministros subsecretario… las personas que hayan realizado lobby ante el organismo a nombrar, dentro de los 12 meses próximos, lo que contradice la atribución del Presidente nombrar a estas autoridades a su voluntad, sin colocar como límite el parentesco”.

 

KAST:

 

“Muchas veces el profesionalizar el Estado, el transparentarlo requiere que el mundo político renuncie a ciertos privilegios, a los que –lamentablemente- aún no se han renunciado. (…) Este es un deber moral (…). Además de regular la contratación de parientes en el Estado, que lo hace de forma inteligente, va más lejos, las relaciones privadas de conflicto de interés también se puedan regular y tiene como elemento fundamental la contratación de los lobistas, la contratación de compras y además regula al Congreso”.

 

CASTRO:

 

“Acá se busca prevenir conflictos de intereses, pero las limitaciones a la contratación podrían resultar contra la voluntad del trabajo, tal como lo asegura la Constitución, en donde su mandato es restringido; además, solo se refiere a dos poderes del Estado, dejando afuera al Ministerio Público, al Poder Judicial, las FF.AA. (…) El proyecto apunta a un tema sensible, pero puede que las normas afecten de forma tan profunda a las personas, que afecte sus garantías y derechos”.

 

NAVARRO:

 

“Hay áreas donde había mucho consenso, había que regularizar, no podían haber parientes trabajado, se da cuenta de la necesaria transparencia (…). En la legislación norteamericana se limita en 2 años para los que están impedidos de pasarse al servicio de la contraparte, creo que los 12 meses de este proyecto es poco. (…) La sanción por infracción por el conflicto de intereses debe ser capaz de desincentivar esta contratación, es un tema que requiere de investigación”.

 

ARAVENA:

 

“Se han instalado muchas institucionalidades relacionadas y leyes para la función pública, relacionadas con la probidad, la que regula el lobby, conflicto de intereses, pero a pesar de todos los esfuerzo sigue siendo la desconfianza un tema en el país. Chile se ubica dentro del 30% de los con menor confianza y lamentablemente es el más desconfiado de toda la OCDE. Debemos seguir haciendo esfuerzos. Este país no solo requiere leyes, sino que una sociedad civil empoderada”.

 

 

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