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Revisión periódica de la medida de internación de menores en residencias pasa su primera prueba

La Sala del Senado otorgó su respaldo unánime a la idea de legislar de la iniciativa que tuvo su origen en una moción de los senadores Allende, Rincón, Letelier, Elizalde y Quintana.

12 de septiembre de 2018

Un rol más proactivo de los tribunales de familia, asi como de las instituciones encargadas de la protección y de la intervención de menores, de modo de  realizar un seguimiento de los casos con medidas de internación y evitar la vulneración de los derechos, es el fin que persigue el proyecto que modifica la Ley de Menores en materia de revisión periódica de la medida de internación en residencias. (Boletín N° 11.844-07).

La Sala del Senado respaldó la idea de legislar de la iniciativa iniciada en moción de senadores y fijó como plazo para realizar indicaciones hasta el 11 de octubre próximo a la espera de incoporar diversos perfeccionamientos que tienen que ver con las facultades de los tribunales de justicia, el rol de profesional encargado de seguir los casos de los menores, así como temas de financiamiento, entre otros.

Durante el debate intervinieron los senadores Jaime Quintana, Felipe Kast, Iván Moreira, Juan Pablo Letelier, Ximena Rincón, Carmen Gloria Aravena, David Sandoval, Jaime Provoste, Juan Antonio Coloma, Ena Von Baer y Víctor Pérez Varela.

 

PROYECTO

 

La norma de autoría de los senadores Isabel Allende, Ximena Rincón, Juan Pablo Letelier, Jaime Quintana y Álvaro Elizalde, tiene por objeto introducir tres cambios a la ley de menores, de manera de salvaguardar a los niños que han sido alejados de sus padres y se encuentran al cuidado de una institución residencial.

Actualmente el artículo 30 de la citada norma, establece como una facultad del juez el ordenar el ingreso del menor de edad en un Centro de Tránsito o Distribución, hogar substituto o en un establecimiento residencial, cuando los niños, niñas o adolescentes resulten gravemente vulnerados o amenazados en sus derechos, siempre que resulte indispensable separarlo de su medio familiar o de las personas que lo tienen bajo su cuidado.

Los legisladores hacen ver la necesidad de esta medida sea revisada periódicamente. El sentido de la norma es entender que la medida de internación en residencias tiene un carácter excepcional y transitorio, eso significa ejercer un control periódico sobre ésta revisando su sentido, lo que en la realidad no se estaría cumpliendo.

Hoy el tribunal de familia respectivo conoce la realidad del menor a través de la recepción de un informe y la materialización de un control cada seis meses. La idea es que de ahora en adelante, el juzgado realice una audiencia para escuchar a las partes y a la vez se realice un control cada tres meses.

 

ARGUMENTOS

 

QUINTANA

“El proyecto apunta a que las medidas de internación sean revisadas periódicamente en audiencias decretada al efecto evitando que tribunal solo se imponga de la situación de los menores a través de documentos de instituciones… se busca ayudar y hacernos cargo del alto número de niños y niñas que se encuentra en centros residenciales”.

 

KAST

“La iniciativa  busca de buena manera poder hacer una serie de reformas, aun así requiere de elementos adicionales que se verán en el debate en particular. Entiendo que el Ejecutivo ha estado disponible para que dentro del acuerdo de infancia se puedan incorporar indicaciones al texto legal”.

 

MOREIRA

“La protección de menores es un tema fundamental de todo Estado, sin embargo, como sociedad hemos fracasado, el Sename ha sido un desastre y esperamos que el actual gobierno deje una huella importante para superar esta situación de abandono de los menores… El proyecto tiene problemas que deben ser solucionados, por ejemplo, la carga que significa para los tribunales de familia y para los encargados de centros y residencias porque podrían pasar gran parte de la jornada en audiencias con jueces”.

 

LETELIER

“La idea matriz del proyecto es que quienes son responsables de que niños niñas estén en residencias que son los tribunales de familia y quienes están a su cuidado, deben hacer seguimiento de esas decisiones porque la decisión de institucionalizar un niño debe ser la excepción y lo que corresponde es que tribunal haga un seguimiento”. “Esta legislación es fundamental para los niños más pequeños porque si pasa 1 o 2 años los efectos en el apego y contención son gravísimos”.

 

RINCÓN

“El país necesita dar señales de que le importan los niños y niñas más vulnerables. No basta hacer declaraciones de la preocupación sino ocuparnos de ellos, en lo inmediato, todos los adultos involucrados debemos convenir acciones para evitar que los menores sean vulnerados. Debemos ocuparnos de ellos y, en lo inmediato buscar el modo que, en las actuales estructuras de protección se mejoren los estándares de seguimiento y medidas de protección, la intención es dar mayores responsabilidades a jueces y a centros encargados de su protección y de dar tratamientos”.

 

ARAVENA

“El bienestar y la protección deberían ir encaminados a que el niño permanezca bajo resguardo de sus padres”. “Es cierto que el país se encuentra cumpliendo esfuerzos pero es posible fortalecer la normativa vigente y enriquecerla. La revisión periódica de la medida y que los niños sean escuchados y que tengan un cuidador va a permitir disminuir la situación en que nos encontramos donde estamos vulnerando los derechos”.

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