Click acá para ir directamente al contenido

Cobranzas extrajudiciales: Comisión Mixta acuerda fórmula para resolver diferencias surgidas sobre procedimientos

La instancia acordó que “ninguna empresa podrá simular una cobranza extrajudicial y deberá comunicarse con el deudor para informar su deuda y solo 15 días después podrá iniciar el proceso”, dijo el senador Eugenio Tuma.

22 de octubre de 2017

Imagen foto_00000002La Comisión Mixta encargada de resolver las discrepancias surgidas en torno al proyecto que establece nuevas obligaciones a los proveedores de crédito y a las empresas de cobranza acordó un texto que solucionará las diferencias  de ambas Cámaras en torno a los plazos y procedimientos que regirán para las acciones de cobranza.  (Boletín 10226-03)

 

La iniciativa, que modifica el artículo 37 de la ley N° 19.496, sobre protección de los derechos de los consumidores, a fin de establecer nuevas obligaciones a los proveedores de crédito y a las empresas de cobranza extrajudicial,  deberá ser revisada por la Sala de la Cámara de Diputados, para luego ser vista por la Sala del Senado.

 

La moción, iniciada por los senadores Manuel José Ossandón, Alejandro Guillier y Eugenio Tuma, busca imponer una obligación a los proveedores de créditos y empresas de cobranza extrajudicial en donde se les informe por escrito a los deudores los derechos con los que cuenta en un procedimiento extrajudicial de cobro.

 

Las principales discrepancias que tuvo que resolver la Comisión Mixta fueron la incorporación por parte de los diputados de una nueva letra en el artículo que proponía que el consumidor cuente con información respecto de las consecuencias por el incumplimiento del pago del crédito; que la información que posea la empresa de cobranza sea conocida sólo por el deudor; y, por último, respecto de los plazos de la actuación de las cobranzas a deudores. 

 

Al respecto, el senador Eugenio Tuma, presidente de esta Comisión Mixta, explicó tras la sesión que “ninguna empresa puede simular cobro judicial y lo que tiene que hacer es comunicarse con el deudor, avisándole que tiene un atraso, pero sólo después de 15 días, si la empresa lo estima, podrá iniciar la cobranza judicial o enviarle por escrito cuales son los derechos que tienen los deudores y las consecuencias de ello”.

 

De esta manera, tal como aseguró el parlamentario, “se protegerá a los deudores, los cuales podrán, a través de la información entregada por las empresas proveedoras de crédito poder calcular los intereses que se les estarían cobrando”.  

Imprimir