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Visan acuerdo que establece privilegios e inmunidades para los inspectores de la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas

Sala respaldó el mencionado acuerdo que prohíbe las armas químicas y que requiere su destrucción en un plazo determinado.

2 de enero de 2013

Por 25 votos a favor y el sufragio en contra del senador Carlos Larraín, la Sala del Senado aprobó el “Acuerdo entre la República de Chile y la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ), sobre los privilegios e inmunidades de la OPAQ”, suscrito en La Haya, el 30 de octubre de 2007.

De este modo, la iniciativa quedó en condiciones de ser remitida para su promulgación como Ley de la República. Durante el debate intervinieron los senadores Eugenio Tuma,  Juan Pablo Letelier y Carlos Larraín.

El senador  Tuma, aseguró que este instrumento internacional tiene por objeto otorgar facilidades para inspeccionar en cada territorio las condiciones en que se están administrando o manejando productos que tengan que ver con la formación de armas químicas. No obstante, expresó su inquietud sobre la necesidad que las inspecciones de la OPAG sean al azar o necesarias en cada territorio, de modo,  que no esté influida por una determinada potencia que desee revisar a determinados países porque no confía o  tiene algún sesgo.

Por su parte, el senador Letelier, en su calidad de presidente  de la Comisión de Relaciones Exteriores dio a conocer los principales aspectos del acuerdo que “permite que la OPAQ y sus  bienes –cualquiera sea el lugar donde se encuentren y de quienes los tengan en su poder- disfruten de una inmunidad de toda jurisdicción, salvo que la OPAQ haya renunciado a ellos. Además se enumeran privilegios e inmunidades de los que van a gozar los representante de Estados Parte en reuniones de OPAQ; se alude a solución de controversias y por último prevé la entrada en vigor y duración del mismo, la posibilidad de que las Partes alcancen acuerdos complementarios”.

A su turno, el senador  Larraín Peña fundamentó su voto en contra porque a su juicio en este acuerdo “se contemplan formas de inmunidad de jurisdicción que en la práctica internacional pueden convertirse en verdaderos islotes que impidan la actuación de organismos jurisdiccionales y policiales de los países”. Señaló que “en los hechos se podría llegar a constituir una especie de república de San Marino en Chile”. Advirtió además que existe el riesgo de que las autoridades queden desdibujadas ante una investigación de este organismo.

En lo fundamental, el Tratado que prohíbe las armas químicas y que requiere su destrucción en un plazo determinado, dispone de la inspección en los Estados Parte, lo cual hace necesario el ingreso y egreso de los inspectores junto a sus equipos, razón por la cual es necesario la implementación del Tratado a través de este Convenio.

Este Acuerdo sobre privilegio e inmunidades es jurídicamente tradicional respecto de la implementación de Tratados Multilaterales y se realiza con el objeto que las organizaciones internacionales puedan funcionar con privilegios, inmunidades, inviolabilidad, etc.

 

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