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Luz verde a acuerdo entre Chile y Suiza que facilita la readmisión de personas en situaciones irregulares

Asimismo, la Sala aprobó el instrumento internacional que modifica el nombre de la Organización Latinoamericana de Energía.

14 de abril de 2016

Imagen foto_00000014La Sala del Senado aprobó por 22 votos a favor y 2 abstenciones el instrumento internacional entre Chile y Suiza que perfecciona los sistemas de readmisión de personas en situaciones irregulares, suscrito en Santiago, Chile, el 23 de noviembre de 2006. (Boletín N° 10122-10)

 

De este modo, el proyecto de acuerdo quedó en condiciones de ser remitido para su trámite de promulgación. Durante el debate intervinieron los senadores Francisco Chahuán, Iván Moreira, Alejandro Navarro y Baldo Prokurica quienes solicitaron mayores detalles sobre el alcance de este proyecto de acuerdo que tiende a formalizar la inmigración. Además hicieron ver la necesidad de contar con una política específica sobre estas materias.

 

El objetivo del instrumento internacional es garantizar una mejor aplicación de las disposiciones nacionales sobre la circulación de personas, en el marco del respeto a los derechos y garantías otorgados por las leyes y reglamentos vigentes.

 

En lo fundamental el proyecto de acuerdo contempla:

 

- Dispone que, tanto Chile como el Consejo Federal Suizo, readmitirán en su territorio a la persona que no cumpla o haya dejado de cumplir los requisitos vigentes de entrada o residencia en el territorio de la otra Parte, a requerimiento de esta y sin formalidades, siempre que se pruebe o se presuma, de modo verosímil, que la persona en cuestión posee la nacionalidad de la Parte requerida.

 

- Establece que cuando se presuma la nacionalidad, la Misión Diplomática o la Oficina Consular de la Parte requerida expedirá sin demora un documento de viaje válido para el retorno de la persona, a menos que existan dudas sobre los elementos de dan pie a la presunción, o no existan estos.

 

- Señala los casos en los cuales que la obligación de readmisión no será procedente

 

- Regula el procedimiento para la autorización o denegación de la solicitud de tránsito, y el procesamiento y protección que debe darse a los datos personales transmitidos en aplicación del Acuerdo de Readmisión.

 

- Obliga a las autoridades competentes de ambas Partes a cooperar entre sí y consultarse cada vez que sea necesario para la aplicación del Acuerdo de Readmisión.

 

OLADE

 

Asimismo, la Sala del Senado aprobó en forma unánime el proyecto de acuerdo, que aprueba las modificaciones al Convenio que establece la Organización Latinoamericana de Energía (OLADE), adoptadas mediante la Decisión XXXVIII/D/453, de la XXXVIII Reunión de Ministros de esa organización, celebrada el 30 de noviembre de 2007, en la ciudad de Medellín, Colombia (Boletín N° 9966-10).

 

La iniciativa  que quedó en condiciones de cumplir su trámite de promulgación tiene por finalidad considerar la presencia activa de los países del Caribe en las actividades de la Organización modificando el nombre de la OLADE, por “Organización Latinoamericana y Caribeña de Energía” (OLACDE).

 

Durante el debate intervinieron los senadores Antonio Horvath, Francisco Chahuán y Juan Pablo Letelier.

           

Proyecto de acuerdo internacional:

 

- Dispone el cambio formal del nombre de la Institución OLADE, a “Organización Latinoamericana y Caribeña de Energía OLACDE” sin que esto constituya un cambio en las potestades, atribuciones ni funciones de esta institución.

 

- Establece la reforma a todos los artículos del Convenio Constitutivo que mencionen la denominación “Organización Latinoamericana de Energía”, de manera que concuerden con el nuevo nombre modificado.

 

- Instruye al Comité Directivo para que, una vez vigente el cambio de nombre, presenten la propuesta de reforma a los reglamentos de la Organización, con el fin de que los ordenamientos que la rigen se encuentren conforme al Convenio de Lima, que creó la OLADE.

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