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Jueces deberán resolver dentro de 60 días quien tendrá a cargo el cuidado de los hijos de padres separados

Así lo resolvió por unanimidad la Sala del Senado, tras precisar que en el intertanto, los niños quedarán bajo el cuidado de la persona con la que estén residiendo.

12 de marzo de 2013

Un cambio radical a la forma en que se concede actualmente el cuidado de los niños de padres separados aprobó esta tarde la Sala del Senado, al establecer que en los casos en que no hubiera acuerdo entre los progenitores y mientras no exista una resolución judicial al respecto, los hijos se quedarán al cuidado de la persona con que estén residiendo al momento de la separación. Con ello, se modifican sustancialmente las disposiciones vigentes que establecen una regla supletoria que se consagra a favor de la madre, en la mayoría de los casos.

 

Imagen foto_00000015En lo fundamental, la norma consensuada por unanimidad en la propia Sala del Senado sustituye un inciso aprobado previamente por la mayoría de la Comisión de Constitución que mantenía una regla supletoria moderada a favor de la madre, pero con algunas limitantes.

 

Dado que ello no contaba con el respaldo de la mayoría de los senadores, se consensuó una nueva disposición que señala que “si  los padres viven separados y no hubiere acuerdo entre ellos, compartirán  la responsabilidad y todos los derechos y obligaciones  respecto de los hijos comunes. Sin perjuicio de lo anterior y mientras no exista acuerdo, el juez deberá resolver dentro de 60 días, quien tendrá a cargo el cuidado del hijo. En el intertanto, este continuará bajo el cuidado de la persona con quien esté residiendo, sea éste el padre, la madre o un tercero”.

 

Ahora corresponde que la Corte Suprema se pronuncie sobre dicha norma, fundamentalmente en lo relativo al plazo que se fijó a los jueces.

 

Cabe recordar que la iniciativa, cumple su segundo trámite en el Senado y tuvo su origen en dos mociones parlamentarias presentadas en la Cámara de Diputados, una de ellas por el actual senador Francisco Chahuán. En lo principal, modifica el Código Civil y otros cuerpos legales con el objeto de proteger la integridad del menor en el caso que sus padres vivan separados, estableciendo el principio de corresponsabilidad de los padres, la figura del cuidado personal compartido y consagra el interés superior del niño, entre otras materias.

 

Durante el debate, que estuvo centrado en establecer la igualdad de derechos de los padres en el cuidado de los hijos, intervinieron los senadores Eugenio Tuma, Hernán Larraín, Francisco Chahuán, Soledad Alvear, Alberto Espina, Patricio Walker, Fulvio Rossi, Isabel Allende, Alejandro Navarro, Carlos Larraín, Pedro Muñoz, Juan Pablo Letelier, Ricardo Lagos, José Antonio Gómez y Jaime Quintana, además de la Ministra del Sernam, Carolina Schmidt, quien valoró el consenso logrado en torno a la iniciativa.

 

En la discusión, los senadores Tuma, Chahuán, Alvear, Walker, Rossi, Allende, Muñoz, Navarro, Letelier, Lagos y Quintana, se manifestaron en contra de la disposición originalmente aprobada por la Comisión de Constitución, señalando que ella mantenía la regla supletoria y por tanto, instalaba la idea de que uno de los padres tenía la preferencia. Por ello plantearon la necesidad de buscar una redacción de consenso que coincidiera con el espíritu de la iniciativa.

 

En tanto, el senador Gómez fue partidario de establecer un plazo para que el juez adopte una resolución, manifestando que hay casos en que la demora excesiva juega en contra de los menores.

 

Por su parte, los senadores Espina, Carlos Larraín y Hernán Larraín, se mostraron dispuestos a consensuar una redacción que reflejara de mejor manera el objetivo de la iniciativa, es decir, privilegiar el interés superior de los niños y no el de los padres, argumentando que los hijos deben estar con quienes se encuentren en mejores condiciones.

 

 

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