Funcionarios del poder judiciales podrían constituir asociaciones
El Senado despachó en particular el proyecto de ley que incorpora a estos funcionarios a la ley 19.296. La iniciativa fue aprobada con modificaciones, por lo que la Cámara deberá pronunciarse sobre los cambios introducidos.
18 de diciembre de 2013A tercer trámite, a la Cámara de Diputados, pasó el proyecto que permitirá que los trabajadores del poder judicial, en ejercicio o jubilados, puedan constituir, sin autorización previa, las asociaciones de funcionarios que estimen conveniente, de conformidad a los términos de la ley N° 19.296. Ello, luego que la Sala respaldara en particular la iniciativa.
Fue el senador José García Ruminot, miembro de la Comisión de Trabajo y Previsión Social quien solicitó que el proyecto fuera incluido en la tabla de fácil despacho de la jornada.
Cabe hacer presente que la Comisión había visado el texto legal ante la presencia de la Asociación Nacional de Empleados del Poder Judicial y de la Asociación Nacional de Magistrados del Poder Judicial. (Vea nota relacionada)
Con este proyecto, que pasó con modificaciones a la Cámara de Origen, los funcionarios del poder judicial podrán ser parte de asociaciones, tal como la legislación reconoce las asociaciones gremiales de funcionarios de la administración central del Estado y a asociaciones de los funcionarios del Congreso Nacional.