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A ley cambios a la planta de los funcionarios municipales

En forma unánime, la Sala del Senado aprobó el texto que zanjó las discrepancias entre ambas Cámaras. Tras la ratificación de la Cámara de Diputados, la iniciativa quedó en condiciones de convertirse en ley.

6 de abril de 2016

Imagen foto_00000014Con 37 votos a favor, los legisladores respaldaron el informe que elaboró la Comisión Mixta conformada para despejar el proyecto que modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entrega nuevas competencias a la Subsecretaría de Desarrollo Regional (Subdere). Luego la Cámara de Diputados ratificó dicho informe, por lo que la iniciativa quedó en condiciones de convertirse en ley.

 

Durante el debate en el Senado hicieron uso de la palabra los senadores Andrés Zaldívar, Ena Von Baer, Carlos Bianchi, Rabindranath Quinteros, Alejandro Navarro y Alberto Espina.

 

PROYECTO

 

El proyecto de ley, iniciado en mensaje, tiene por objeto dar respuesta al creciente aumento de responsabilidades de las municipalidades del país, fortaleciendo las funciones de su personal y así permitir el avance de estas instituciones desde meras administraciones a verdaderos gobiernos locales.

 

Contenido:

 

- Dispone, a contar del 1 de enero del año 2016, el pago mensual de la asignación profesional a los funcionarios municipales que estando en posesión de un título profesional, se desempeñen en las plantas de directivos, profesionales y jefaturas, así como a los funcionarios a contrata asimilados a grados de las señaladas plantas, exceptuándose del derecho a esta asignación a los Alcaldes y a los Jueces de Policía Local. El monto de este beneficio es variable y se determina según las reglas que se establecen.

 

- Reconoce el derecho de los ex funcionarios municipales que habiendo percibido las bonificaciones por retiro voluntario, no se les concedió el bono post laboral, a obtener este último, siempre que tengan derecho a él en conformidad a la ley y que el rechazo se haya fundado en el incumplimiento del plazo de 12 meses que la ley señala.

 

- Obliga a las municipalidades a remitir, a lo menos anualmente, dentro del primer cuatrimestre de cada año, a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior y Seguridad Pública una serie de antecedentes relacionados con la dotación de personal, gastos en contratación de personal y políticas de recursos humano, entre otros; información que sólo podrá ser utilizada por la Subsecretaría para proponer y evaluar las políticas y planes correspondientes al ámbito municipal, así como estudiar y proponer las normas aplicables a dicho sector.

 

- Aumenta, a partir del año 2018, el aporte fiscal al Fondo Común Municipal, desde 218.000 UTM a 1.052.000 UTM.

 

- Faculta a los Alcaldes, a través de un reglamento municipal, para fijar o modificar cada 8 años las plantas de funcionarios, con especial focalización en cargos de profesionales y técnicos, con acuerdo del Concejo y previa consulta de la opinión de las asociaciones de funcionarios vigentes.

 

- En estas modificaciones se deberán considerar principalmente la disponibilidad presupuestaria y el límite de gasto en personal vigente.

 

- El reglamento que se dicte ejerciendo la potestad referida a fijación de planta de personal, estará sometido al trámite de toma de razón ante la Contraloría General de la República y se publicará en el Diario Oficial.

 

- Dispone que en el proceso de elaboración de la planta de funcionarios, los Alcaldes deberán considerar la opinión de un Comité Bipartito constituido especialmente para este efecto, conformado paritariamente por funcionarios y representantes del Alcalde, la cual deberá ser presentada al concejo municipal en ejercicio con anterioridad a la readecuación de las plantas y no será vinculante.

 

- La fijación o modificación de plantas no podrá efectuarse en un año que corresponda a elecciones de Alcaldes o Concejales, debiendo ello realizarse dentro del año siguiente.

 

- Regula el procedimiento para el encasillamiento del personal que sea procedente como consecuencia de la fijación o modificación de plantas de funcionarios.

 

- Establece el deber de los alcaldes de presentar para aprobación del concejo una política de recursos humanos, la cual deberá contemplar, a lo menos, los mecanismos de reclutamiento y selección; promoción y capacitación; y egreso.

 

- Faculta a las municipalidades para crear en el reglamento de organización interna, las unidades que estimen necesarias para su funcionamiento, pudiendo traspasar a éstas las funciones propias de otros estamentos internos. Para la creación de dichas unidades será necesario que se justifique su necesidad y acredite su debido financiamiento, mediante informe fundado emitido por la Secretaría de Planificación Comunal y la de Administración Municipal.

 

- Dispone que el gasto anual en personal no podrá exceder, respecto de cada municipalidad, del 42% de los ingresos propios percibidos en el año anterior, no pudiendo destinarse más del 40% de este límite, a cargos a contrata del municipio respectivo, en su conjunto.

 

- Entrega a un reglamento dictado por el Ministerio del Interior y suscrito por el Ministro de Hacienda, la fijación de las categorías según los criterios y el rango de grados posibles para cada categoría que se establecen, sin que pueda dicho reglamento de manera alguna significar una disminución de remuneraciones o grado al alcalde, o algún miembro de cualquier escalafón de la municipalidad.

 

- Regula los requisitos mínimos que se deberán cumplir para el ingreso y la promoción en los cargos de las plantas de Directivos; de Profesionales; de Jefaturas; de Técnicos; de Administrativos y de Auxiliares de la organización municipal.

 

- Mejora los grados del personal de las plantas de técnicos, administrativos y auxiliares, el que será encasillado, por el sólo ministerio de la ley, en el grado inmediatamente superior al que sirve en calidad de titular. En el caso del personal a contrata, se faculta a los alcaldes a modificar los respectivos actos administrativos de contratación, disponiendo aumentos de grados en los mismos términos establecidos para el personal de planta.

 

- Dispone que el Fisco efectuará un aporte extraordinario a las municipalidades durante el año 2016 de treinta y dos mil millones de pesos y en el año 2017 de treinta y seis mil millones de pesos, correspondiendo a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo determinar anualmente los montos que a cada municipalidad le corresponda.

 

- Concede al personal de planta y contrata, que se encontraba en funciones en las plantas de Jefaturas y Directivos al 1° de enero de 2016, una asignación especial de Directivo-Jefatura, siempre que no tengan derecho a la asignación profesional. El monto de aquella es variable y se determina según las reglas que se establecen.

 

- Los funcionarios municipales que tengan derecho a percibir la asignación profesional o la asignación Directivo-Jefatura, recibirán un bono especial, imponible y tributable que ascenderá al equivalente a 4 veces el monto que les corresponda recibir por dicha asignación. Asimismo, también tendrán derecho a un bono especial, calculado en la forma que se dispone en el presente proyecto de ley, quienes se encuentren cumpliendo funciones en cargos en plantas de técnicos, administrativos o auxiliares.

 

DEBATE

 

ZALDÍVAR

“En la Comisión Mixta nos abocamos a dos cosas. Lo primero es que decidimos que el reglamento que dicta las plantas del municipio, debe remitirse a la Contraloría en 30 días corridos. Lo otro dice relación con las confusiones que se producen al elevarse en dos grados el contrato del personal, los años 2016 y 2017”.

 

VON BAER

“Hemos trabajado la Comisión de Gobierno con las asociaciones de estos funcionarios para enriquecer el proyecto de ley. Han pasado más de 20 años desde el último cambio de las plantas municipales, por lo que es esencial modernizar este sistema. El municipio es el lugar donde primero llegan los ciudadanos con sus necesidades, por eso estos trabajadores deben rendir en las mejores condiciones”.

 

BIANCHI

“Ha sido importante la unión de los funcionarios municipales, sus directivas trabajaron mancomunadamente para terminar con la injusticia que viven. Estos bonos eran largamente esperados y me alegro que hayamos aprobado esta norma. No podía dejar pasar la oportunidad para homenajear a este sector”.

 

QUINTEROS

“Este proyecto fortalece la descentralización porque cada municipio fijará sus plantas de acuerdo a sus necesidades. Los cambios que se hacen son muy importantes porque entregan autonomía a las comunas. Por primera vez se hace justicia con estos funcionarios. Felicito a todos los dirigentes por esta gran lucha”.

 

NAVARRO

“Son muchas las leyes que terminan aumentando la carga de trabajo de los funcionarios de los municipios. Esto viene a compensar las plantas que no han podido modificarse en más de 20 años. Este proyecto no resuelve el problema de financiamiento de las municipalidades, pero es un primer paso. Quiero saber si están garantizados estos recursos”.

 

ESPINA

“Fui presidente de la Comisión de Gobierno cuando partió esta tramitación. Los funcionarios municipales son los que están más cerca de la comunidad. Ellos ganan mucho menos que otro personal fiscal, a pesar de estar sobrepasados por sus múltiples funciones; y las plantas están obsoletas y no dan cabida a nuevos profesionales”.

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