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A Ley autonomía del Servicio Electoral

Con 29 votos a favor, el Senado aprobó el texto consensuado. El órgano estará encargado de la administración, supervigilancia y fiscalización de los procesos electorales y plebiscitarios.

8 de septiembre de 2015

Imagen foto_00000028En forma unánime, la Sala despachó el informe de la Comisión Mixta que zanjó las discrepancias entre ambas Cámaras acerca de la norma que entrega autonomía al Servicio Electoral.

 

De esta forma, el proyecto está en condiciones de convertirse en ley, esto considerando que previamente los diputados habían respaldado los acuerdos alcanzados.

 

La Comisión Mixta  concordó dos temas controversiales:

  • Quórum para elegir consejeros: se requerirá dos tercios de los votos favorables del Senado para ratificar la propuesta de consejeros que haga el Ejecutivo.

  • Reelección de los consejeros: éstos podrán ser reelegidos siempre que no superen 10 años en su cargo.

 

Durante el debate hicieron uso de la palabra los senadores Alfonso De Urresti, Hernán Larraín, José García Ruminot, Juan Antonio Coloma, Jorge Pizarro y Víctor Pérez Varela. También intervino el Ministro Secretario General de la Presidencia, Nicolás Eyzaguirre.

 

En términos generales, los congresistas aplaudieron los acuerdos haciendo énfasis en las normas que será necesario aprobar en los próximos meses para materializar los nuevos desafíos que tendrá este órgano con miras a los diversos procesos electorales que se vienen.

 

PROYECTO

 

Contenido de la reforma constitucional:

 

  1. Otorga al Servicio Electoral (SERVEL) el carácter de órgano constitucional autónomo, encargado de la administración, supervigilancia y fiscalización de los procesos electorales y plebiscitarios, del cumplimiento de las normas sobre transparencia, límite, control y aportes del gasto electoral, de las normas sobre los partidos políticos, y las demás funciones y atribuciones que señale una ley orgánica constitucional.

  2. La dirección superior del SERVEL corresponderá a un Consejo Directivo, cuya integración, responsabilidades, controles y causales de remoción de sus miembros se establecen.

  3. Dicho Consejo estará integrado por cinco consejeros designados por el Presidente de la República, previo acuerdo del Senado, adoptado por los dos tercios de sus miembros en ejercicio. Podrán ser reelegidos mientras no superen diez años en sus cargos.

  4. Los Consejeros solo podrán ser removidos por la Corte Suprema, a requerimiento del Presidente de la República o de un tercio de los miembros en ejercicio de la Cámara de Diputados, por infracción grave a la Constitución o las leyes, incapacidad, mal comportamiento o negligencia manifiesta en el ejercicio de sus funciones. La Corte conocerá del asunto en Pleno, especialmente convocado al efecto, y para acordar la remoción deberá reunir el voto conforme de la mayoría de sus miembros en ejercicio.

  5. Entrega a una ley orgánica constitucional, distinta de aquella que regula el sistema electoral público, el establecimiento de las normas sobre funcionamiento del SERVEL.

  6.  Las plantas, remuneraciones y estatuto del personal serán establecidos por una ley simple.

 

DEBATE

 

DE URRESTI

“La conformación de la Cámara Mixta surgió a raíz del rechazo dos enmiendas aprobadas por el Senado: quórum para aprobar la propuesta del consejo directivo; y la reelección de los nuevos consejeros. Estos temas surgieron de un acuerdo político respaldado mayoritariamente”.

 

LARRAÍN

“La madurez con que esto fue tratado demuestra su importancia. Es lo que llamamos ley tapón porque de ella dependen otras normas como la ley de financiamiento de los partidos. Respecto a las enmiendas, al interior de la Nueva Mayoría entendieron la importancia de mantener el quórum propuesto”.

 

GARCÍA RUMINOT

“Me gustaría saber lo que ocurrió en las discusiones. Entiendo se aprobó el texto del Senado en relación con el rol que le va a corresponder al Servel en la integración de su consejo. El único cambio que veo es lo relativo a la reelección de estas autoridades”.

 

COLOMA

“Entiendo que la diferencia de quórum con la Cámara Baja no fue de fondo, sino que se rechazó esa disposición por un tema de quórum. Esto es un buen acuerdo. Respecto a la reelección, es una fórmula inteligente porque se permitirá mientras no se superen 10 años en el cargo”.

 

PIZARRO

“Me parece una solución inteligente respecto de la imposibilidad de reelegirse. Es una salida equilibrada. Lo importe es que otorga la autonomía a este servicio y esto forma parte de la agenda de probidad y transparencia. Esperamos que sea de conocimiento público la urgencia en el trámite de estas normas”.

 

PÉREZ VARELA

“Creo que se resolvieron bien las diferencias. Estamos trabajando en la Comisión de Transparencia para tener un sistema electoral fiscalizable. Este es un primer paso. Declarar la autonomía del Servel es básico para que sea una entidad objetiva. Ahora vienen las normas propias de funcionamiento como es la capacidad profesional”.

 

 

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