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Moción apunta a proteger a este grupo etario:

Redes sociales: datos personales de menores de 14 años deberán contar con autorización de sus padres

De acuerdo a estudios, un 55% de los niños en el país usan redes sociales. Un 44% de ellos crearon directamente sus cuentas y acceden a ellas sin la supervisión de sus progenitores.

18 de octubre de 2021

En las últimas semanas ha hecho noticia la divulgación de una serie de archivos de Facebook, destinados a estudiar los efectos de sus productos en la población, particularmente en los menores de edad. En esa línea, reflotó la idea de lanzar un Instagram Kids, proyecto que finalmente quedó en stand by. Todo ello ha generado una serie de reflexiones.

 

En esa línea, los senadores Alejandro Navarro, Adriana Muñoz, Carlos Bianchi y Jaime Quintana redactaron una moción que busca regular el acceso a las redes sociales para los menores de catorce años de edad. El texto fue enviado directamente a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, luego de darse cuenta en la Sala hace pocos días.

 

La intención del texto es “llenar un vacío en la legislación con el fin de proteger especialmente a este grupo etario que suele ser víctima de redes de delincuencia organizada, especializada en tráfico de personas, prostitución, trata de blancas, tráfico de órganos, estupro o almacenamiento de material pornográfico infantil, entre otros”.

 

Dando cuenta de lo anterior, los legisladores describen tres formas de acosos o riesgos para los menores:

  • Grooming: Práctica a través de la cual un adulto se gana la confianza de un menor con un propósito sexual.
  • Sexting: Intercambio de fotografías o vídeos con contenido erótico entre los propios jóvenes, con las que luego llegan a extorsionarse causando daños psicológicos importantes.
  • Ciberbullying: Acoso entre menores que en Internet por su carácter global, supone un alcance que puede llegar a generar mucho daño no solo al menor sino a su familia y amigos.

 

La moción cita la experiencia de diversas naciones. En el caso de Chile, da cuenta de “un estudio desarrollado por la compañía de ciberseguridad Kaspersky, en conjunto con la consultora de estudios de mercado CORPA, estableció que 55% de

los niños en el país usan redes sociales, y 1 de cada 10 padres desconoce lo que publican. En el 44% de los casos, los menores crearon directamente sus cuentas en las redes sociales, y acceden a ellas sin la supervisión de sus progenitores”.

 

“En el año 2019, la Policía de Investigaciones investigó más de 4 mil casos de delitos asociados a la explotación sexual infantil a través de Internet. Por su parte un estudio de la Fundación Tierra de Esperanza, que tomó como muestra a 175 niños, niñas y adolescentes víctimas de Explotación Sexual Comercial e ingresados en sus programas especializados, detectó que 20,6% fue víctima de grooming, 5,9% de sexting y 3.5% de su uso en producción de material pornográfico”, complementa la norma.

 

PROYECTO

 

Artículo único.- Agréguese el siguiente nuevo inciso final al artículo 5° de la ley 19.628: "Sin perjuicio de lo anterior, el registro de datos personales o sensibles de niños o niñas menores de catorce años de edad, solo procederá previa autorización expresa de los padres o el tutor legal del o la menor.

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