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Proyecto que moderniza las notificaciones en el otorgamiento de concesiones radiales a segundo trámite

Sala despachó en general y particular el proyecto que permite las notificaciones vía electrónica durante la tramitación del proceso de otorgamiento de concesiones.

28 de septiembre de 2016

Imagen foto_00000025En condiciones de ser analizado por la Cámara de Diputados en su segundo trámite, quedó el proyecto, que modifica la Ley General de Telecomunicaciones en lo relativo a las notificaciones durante la tramitación del otorgamiento de concesiones. (Boletín N° 10.773-15)

 

Esto, luego que la Sala del Senado diera su aprobación unánime a la iniciativa, iniciada en moción de los senadores Guido Girardi, Manuel Antonio Matta y Manuel José Ossandón, tiene por objeto modernizar el sistema de notificaciones del procedimiento de otorgamiento de un permiso o concesión de telecomunicaciones. 

 

En la oportunidad hizo uso de la palabra el senador Juan Antonio Coloma quien explicó los problemas que genera el actual mecanismo de notificación personal o por carta certificada, para lograr un conocimiento efectivo y expedito de parte de quien recibe dicha comunicación.

 

“Esto obedece a los cambios de la modernidad de modo que los actuales concesionarios no tengan que esperar la carta certificada. Quiero recordar que en la Región del Maule todavía un medio de comunicación enfrenta un grave problema porque con motivo del terremoto de 2010 se derrumbó el edificio que ocupaban y, por tanto, no había donde recibir dicha carta”, dijo.

 

PROYECTO DE LEY

 

- Permite a los concesionarios de radiodifusión sonora FM, AM y aquéllas de mínima cobertura que hayan perdido la opción de renovar sus concesiones o adquirir la condición de radios comunitarias,  producto de la no publicación o realizada fuera de plazo de los decretos o resoluciones respectivas, participar, por única vez, en una renovación de su concesión o bien de otra de similares características y en caso que ello sea factible, haciendo uso de su derecho preferente.

 

- Habilita a la Subsecretaría de Telecomunicaciones para que dicte una norma técnica que establezca los requisitos y medios de validación de las notificaciones electrónicas a fin de permitir que las de otorgamiento de permisos o concesiones o de sus modificaciones se puedan realizar por medios electrónicos.

 

-Dispone que en caso de no verificarse la notificación electrónica, procederá la notificación postal al domicilio que el interesado haya señalado en su presentación, y se entenderá perfeccionada la notificación transcurrido 5 días desde la fecha de entrega de la carta a la oficina de Correos.

 

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