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Se inició en noviembre de 2019

Plebiscito de salida: conozca el proceso constituyente

Desde la firma del “Acuerdo por la Paz Social y nueva Constitución” hasta la consulta de este domingo 4 de septiembre, han pasado casi tres años del proceso que revisa la institucionalidad vigente. Durante dicho periodo se dictaron más de una docena de legislaciones que requirieron voluntades transversales para materializar, tanto el acuerdo como para hacer frente a la contingencia de la pandemia por COVID-19.

2 de septiembre de 2022

Tras la crisis política y social agudizada por las movilizaciones de octubre de 2019, y luego de días de conversaciones entre el oficialismo y la oposición, que se extendieron hasta la madrugada del viernes 15 de noviembre de ese año se dio paso al documento suscrito por los representantes de las fuerzas políticas: “Acuerdo por la Paz Social y nueva Constitución”.

 

El texto fue leído esa mañana por el entonces presidente del Senado, Jaime Quintana, quien estuvo acompañado por el vicepresidente, Alfonso De Urresti, parlamentarios de diversos sectores y contó con las firmas de los timoneles de los partidos políticos con representación parlamentaria con excepción del PC. (Revise la nota relacionada)

 

En la oportunidad, se elaboró un itinerario con los principales puntos para generar una nueva Carta Magna, el cual se puso a prueba – en más de una ocasión- tras la aparición de una nueva cepa de un virus altamente contagioso. La pandemia por COVID-19 levantó las alertas en el mundo entero y Chile no fue la excepción.

 

La propuesta original del Acuerdo de noviembre consideró un plebiscito para abril de 2020, en el cual se realizarían dos consultas: si o no a una nueva Constitución y qué tipo de órgano debiera redactarla: una Convención Constitucional (Asamblea Constituyente) o una Convención Mixta Constitucional.

 

MESA TÉCNICA

 

Durante los meses de noviembre y diciembre de 2019 sesionó en el ex Congreso la denominada “Mesa Técnica Constituyente”, instancia definida en el Acuerdo por la Paz, conformada por 14 abogados y abogadas especialistas representantes de las distintas fuerzas políticas y cuyo objeto fue determinar los aspectos necesarios para materializar el acuerdo en un proyecto de ley que viabilizara el plebiscito y la elección de una instancia convencional constituyente.

El resultado del trabajo de la Mesa Técnica se conoció el 6 de diciembre de 2019, con la “Propuesta de Reforma Constitucional Acuerdo por la Paz y la Nueva Constitución”, que consideró el reemplazo del Capítulo XV de la Constitución con el objeto de generar el proceso para la elaboración de la nueva Constitución y los aspectos relevantes, tales como: convocatoria a plebiscito, elección del órgano constituyente, sus integrantes, su ratificación del texto propuesto por referéndum y promulgación y aprobación por parte del Presidente de la República.

 

Con posterioridad se ingresaron al trámite legislativo más de una docena de iniciativas de ley encaminadas a implementar en la institucionalidad vigente un mecanismo constitucional y electoral eficaz, que permitiera a la ciudadanía pronunciarse si desea o no un nuevo texto constitucional; así como normas adecuatorias para enfrentar la contingencia sanitaria provocada por el COVID-19.

 

Dichos proyectos de ley no sólo buscaban reformar la Constitución Política, sino además la Ley Electoral, todo con miras a allanar el Proceso Constituyente, el cual finalmente se inició con la publicación de la Ley N° 21.200 que incorpora en las normas sobre reforma de la Constitución.

 

ITINERARIO LEGISLATIVO

 

 

Tuvo su origen en siete iniciativas refundidas en noviembre de 2019, con el objeto de consolidar su tramitación legislativa. De esta forma, se dispuso que el Presidente de la República convocara a un Plebiscito Nacional para el día 26 de abril de 2020, en el que la ciudadanía se pronunciaría sobre dos cédulas para marcar su preferencia: una señalaba ¿Quiere usted una Nueva Constitución?, respecto de las cuales se podrá responder "Apruebo" o "Rechazo".

 

La segunda cédula se refería a ¿Qué tipo de órgano debiera redactar la Nueva Constitución?: “Convención Mixta Constitucional”, integrada en partes iguales por miembros elegidos popularmente y parlamentarios o parlamentarias en ejercicio; o una “Convención Constitucional”, integrada exclusivamente por miembros elegidos popularmente. (Revise la nota relacionada)

 

  • Acuerdo que postergó el Plebiscito Nacional 2020 para el 25 de octubre

 

Ante la contingencia por la crisis sanitaria a raíz de la pandemia por  COVID-19, legisladores y líderes de partidos políticos acordaron postergar las elecciones y el Proceso Constituyente.

 

El 19 de marzo de 2020 se acordó postergar el plebiscito por una Nueva Constitución, originalmente fijado para el 26 de abril de 2020, al 25 de octubre de 2020.

 

El acuerdo estuvo encabezado por la entonces presidenta del Senado, Adriana Muñoz D’Albora, el presidente de la Cámara de Diputados, Iván Flores García; el vicepresidente de la Cámara Alta, el senador Rabindranath Quinteros Lara. Por Chile Vamos, encabezaron las conversaciones las senadoras Ena Von Baer, Jacqueline Van Rysselberghe y el senador Francisco Chahuán Chahuán.

Asimismo se definieron las siguientes fechas para el resto de las elecciones comprometidas:

 

29 de noviembre de 2020: Primarias municipales y regionales.

  • 4 de abril de 2021 (con posibilidad de cambiarse al 11 de abril por Semana Santa): Elecciones Generales de Alcaldes, Concejales, Gobernadores y Constituyentes, estos últimos en caso de ganar en el Plebiscito Nacional la opción “apruebo”.
  • 2 de mayo de 2021: Segunda votación de Gobernadores.

 

Este acuerdo, se materializó con la respectiva reforma constitucional.

 

 

La iniciativa tramitada por el Congreso fue publicada en el Diario Oficial el 24 de marzo de 2020 permitió la conformación de listas de candidatos independientes en la elección de Convencionales Constituyentes y consagró el equilibrio en la representación de mujeres y hombres en la Convención. (Revise la nota relacionada)

Tuvo su origen en una moción de las diputadas Ximena Ossandón Irarrázabal, Sofía Cid Versalovic, Catalina Del Real Mihovilovic, Paulina Núñez Urrutia (actual senadora) y Marcela Sabat Fernández (ex senadora) y de los diputados José Miguel Castro Bascuñán, Mario Desbordes Jiménez, Gonzalo Fuenzalida Figueroa, Andrés Longton Herrera y Jorge Rathgeb Schifferli.

 

 

La reforma constitucional se publicó en el Diario Oficial el 26 de marzo de 2020 y estableció un nuevo itinerario electoral para el Plebiscito Constituyente y otros eventos electorales de modo de atender a las restricciones sanitarias imperantes producto de la pandemia. Tuvo su origen en una moción (Boletín N° 13335-07) de los senadores Álvaro Elizalde Soto, Ximena Rincón González, y Alfonso de Urresti Longton, Guido Girardi Lavín y Juan Ignacio Latorre Riveros, y en moción (boletín N° 13336-07) de los senadores señor Andrés Allamand Zavala, Ximena Rincón González, y Álvaro Elizalde Soto, Guido Girardi Lavín y Víctor Pérez Varela.

 

 Reforma Constitucional promulgada y publicada en el Diario Oficial el 26 de agosto de 2020, tuvo su origen en una moción de los senadores Álvaro Elizalde Soto y Alfonso De Urresti Longton.

 

Entre los aspectos más relevantes introducidos con la reforma constitucional destacaron: los límites a los aportes para la campaña plebiscitaria; el establecimiento de aportes prohibidos de personas naturales y jurídicas; la obligación de publicidad de todos los aportes; el límite al gasto electoral igual para cada una de las opciones sometidas a plebiscito y sanciones a quienes superen los límites fijados, entre otras cosas.

 

 

Publicada en el Diario Oficial el 27 de agosto de 2020. El origen de la reforma se encuentra en una moción de los senadores Álvaro Elizalde Soto, Pedro Araya Guerrero, Alfonso De Urresti Longton, Alejandro Guillier Álvarez y Francisco Huenchumilla Jaramillo.

 

 

Publicada en el Diario Oficial el 23 de octubre de 2020, tuvo su origen en una moción de los senadores Álvaro Elizalde Soto, Luz Ebensperger Orrego, Pedro Araya Guerrero, Carlos Bianchi Chelech y José Miguel Insulza Salinas.

 

PLEBISCITO DEL 25 DE OCTUBRE

 

De acuerdo a datos del SERVEL en la consulta votaron más de 7 millones 569 mil personas (7.569.082 de sufragios), lo que representa un 50,95% del padrón total de 14 millones 855 mil (14.855.719); es decir, la elección con mayor votación desde la instauración del voto voluntario en el año 2012.

 

Con el 100% de las mesas escrutadas, la opción "Apruebo" se impuso con el 78,28% de los votos (5.892.832 de votos), mientras la alternativa "Rechazo" alcanzó el 21,72% de las preferencias, con 1.635.164 de sufragios. Por otra parte, ante la pregunta "¿Qué tipo de órgano debiera redactar la Nueva Constitución?" el 79% de los votantes (5.653.542 de votos) optó por una Convención Constituyente, mientras que la Convención Mixta Constitucional alcanzó el 21% (1.502.726 de sufragios).

  

Publicada en el Diario Oficial el 10 de diciembre de 2020, tuvo  su origen en una moción de los diputados Pepe Auth, Fernando Meza, Juan Luis Castro González, Francisco Undurraga, Gabriel Boric, Matías Walker (actual senador), Carlos Abel Jarpa, Luciano Cruz-Coke (actual senador), Andrés Longton y Víctor Torres. (Revise la nota relacionada

 

 

Publicada en el Diario Oficial de 23 de diciembre de 2020. Tuvo su origen en la moción de las diputadas Sofía Cid Versalovic y Paulina Núñez Urrutia (actual senadora) ; de los diputados Jorge Rathgeb Schifferli, Diego Paulsen Kehr, Sebastián Torrealba Alvarado, René Manuel García García, Gonzalo Fuenzalida Figueroa, Carlos Kuschel Silva (actual senador); y exdiputado Mario Desbordes Jiménez. (Vea la nota relacionada)

 

En particular, la ley establece 17 escaños reservados, dentro de los 155 integrantes de Convención Constitucional, distribuidos de la siguiente forma: 7 escaños para el pueblo Mapuche, 2 para el pueblo Aymara, 1 para el pueblo Rapa Nui, 1 para el pueblo Quechua, 1 para el pueblo Lican Antay o Atacameño, 1 para el pueblo Diaguita, 1 para el pueblo Colla, 1 para el pueblo Kawashkar, 1 para el pueblo Yagán o Yámana, 1 escaño para el pueblo Chango.

  

 

Publicada en el Diario Oficial de 17 de marzo de 2021 amplió a dos días las elecciones Municipales, de Gobernadores Regionales y Convencionales Constituyentes, que se realizarían los días 10 y 11 de abril de 2021; fija reglas especiales para su desarrollo y dispone inscripción de candidaturas en los términos que indica. Tuvo su origen en la moción de los senadores Álvaro Elizalde Soto, Carolina Goic Boroevic, Alfonso De Urresti Longton, Pedro Araya Guerrero y Francisco Huenchumilla Jaramillo; y en Mensaje del Presidente de la República.

 

 

Publicada en el Diario Oficial de 7 de abril de 2021 posterga para los días sábado 15 y domingo 16 de mayo del citado año, las elecciones Municipales, de Gobernadores Regionales y de Convencionales Constituyentes por la pandemia por Covid-19. Tuvo su origen en Mensaje del Presidente de la República.

 

CONVENCIÓN CONSTITUCIONAL

 

Tras decretarse como feriado irrenunciable los días 15 y 16 de mayo. Participaron en los comicios un total de 6.4 millones de personas, correspondiente a un 43,35% del padrón electoral. La nueva Convención Constituyente fue la primera elegida de manera paritaria.

 

En la mañana del 4 de julio de 2021 se realizó en la Sede del Congreso Nacional en Santiago, la Sesión de Instalación de la Convención Constitucional, conducida provisoriamente por la Secretaria Relatora del Tribunal Calificador de Elecciones (TRICEL).

 

En las sesiones del 14 de julio de 2021, y a propuesta de la Mesa e indicaciones de las y los convencionales, la Convención Convencional aprobó las Normas Básicas para su funcionamiento provisional, junto a la creación de tres comisiones provisoria: Presupuestos y Administración Interior; de Reglamento y de Ética. Asimismo, el Plenario creó el Comité Externo de Asignaciones.

 

En la sesión del 27 de julio de 2021, el Pleno de la Convención Constitucional, estableció el procedimiento para incorporar siete vicepresidencias adjuntas a la Mesa Directiva, dirigida por Elisa Loncón, como presidenta y Jaime Bassa, en calidad de vicepresidente.

 

En la sesión N° 47 del 4 y 5 enero de 2022, el Pleno de la Convención Constitucional, dirigida por la presidenta saliente Elisa Loncón y el vicepresidente Jaime Bassa, procedió a elegir la nueva Mesa Directiva. Luego, según el artículo 40 del Reglamento General, el Pleno de la Convención Constitucional eligió dos altos cargos de su Directiva. Tras varias votaciones, fue electa como presidenta María Elisa Quinteros (17° Distrito, Región del Maule) con 78 votos y como vicepresidente Gaspar Domínguez Donoso (26° Distrito, Región de Los Lagos) con 112 votos.

 

En Sesión 72ª, celebrada en el Salón Plenario del Congreso Nacional, el 22 de marzo de 2022, el Pleno de la Convención Constitucional tomó conocimiento de la ampliación del Plazo de funcionamiento, por tres meses, recibió la Cuenta Pública y ratificó la Mesa Directiva.

 

BORRADOR Y NUEVA CONSTITUCIÓN

 

Con fecha 14 de mayo de 2022, en la sesión 103 del Pleno de la Convención Constitucional, y luego de 10 meses de funcionamiento, se puso fin al debate constitucional, con la aprobación del total de normas permanentes, en virtud del artículo 98, inciso primero, del Reglamento General.

 

El 28 de junio, la Convención Constitucional celebró la sesión 110 del pleno en la cual se votaron las indicaciones contenidas en la propuesta formulada por la Comisión de Armonización.

 

El lunes 4 de julio de 2022, en una ceremonia realizada en el Salón de Honor del ex Congreso (Vea la nota relacionada) , se hizo entrega de la propuesta de Nueva Constitución al Presidente de la República, Gabriel Boric y a autoridades del Congreso Nacional y del Poder Judicial

 

De acuerdo con lo establecido por el Reglamento, una vez terminada la labor de los constituyentes y entregada la propuesta de nueva Constitución,  se produjo la disolución de la Convención Constitucional, dejando de ser sus miembros convencionales constituyentes.

 

Publicación del Decreto N° 2.078 Exento que convoca a plebiscito nacional constitucional para la fecha que indica.

En la propuesta de Nueva Constitución se señala en su artículo primero que se convoca para el día 4 de septiembre de 2022, a un plebiscito nacional. En su artículo segundo se establece que en el plebiscito señalado, el electorado dispondrá de una cédula electoral que contendrá la siguiente pregunta: “¿Aprueba usted el texto de Nueva Constitución propuesto por la Convención Constitucional?”. Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una al lado de la otra. La primera de ellas, tendrá en su parte inferior la expresión “Apruebo” y la segunda, la palabra “Rechazo”, a fin de que el elector pueda marcar su preferencia sobre una de las alternativas.

FUENTES:

  • Biblioteca del Congreso Nacional
  • Ley Chile
  • Archivo Senado

 

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