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Ley de Tránsito

Personal y vehículos de emergencia de los aeropuertos se podrán regir por las mismas normas de bomberos

La Comisión de Transportes y Telecomunicaciones aprobó en general y en particular una iniciativa en esa línea y ahora la Sala deberá pronunciarse.

11 de mayo de 2021

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Incorporar el trabajo que realizan los funcionarios del Servicio de Seguridad, Salvamento y Extinción de Incendios de la Dirección General de Aeronáutica Civil, dentro de la normativa que rige a los vehículos de emergencia como Bomberos y otros, es el objetivo de la moción aprobada recientemente por la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones del Senado.

 

La iniciativa, que cumple su segundo trámite, quedó en condiciones de ser votada por la Sala de la Cámara Alta.

 

En lo principal, se busca que el personal de emergencia de la Dirección General de Aeronáutica, pueda hacer uso de las excepciones que resguardan a los bomberos y a personal de emergencia en general,  tales como el uso de dispositivos sonoros o sirenas, balizas y derecho preferente de paso.

 

También se proponen cambios en lo relativo a la exigencia de licencia especial para conducir los vehículos de dicho servicio, y a las condiciones técnicas de los vehículos utilizados para la realización de dicha labor, relativas al exceso de peso de los vehículos y a la excepción en las normas de emisiones, muy similares a las de los vehículos utilizados por los Cuerpos de Bomberos de Chile.

Los autores de la moción señalan que los aeropuertos se han convertido en verdaderas ciudadelas donde las emergencias pueden ocurrir en cualquier momento y que los Bomberos de Aeropuerto de Chile -que son funcionarios públicos de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) cuya función principal el rescate de personas y la extinción de incendios en los accidentes de aviación que ocurran en el aeropuerto o en sus inmediaciones- no se encuentran lo suficientemente resguardados por las normas de tránsito.

 

En tal sentido, advierten que se requiere de un reconocimiento legal explícito, a efectos de facilitar su tarea y que no sufran sanciones en el cumplimiento de su labor institucional.

 

A modo de ejemplo, explican que los vehículos institucionales de los bomberos de aeropuerto, por la especificidad de la labor que realizan, son de mayor peso a los que están autorizados a transitar por las distintas vías, por lo que constantemente se encuentran expuestos a infracciones y multas relacionadas con el peso y las emisiones de los vehículos, circunstancias que les son ajenas a los funcionarios.

 

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