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Notificaciones online: avanza norma que busca simplificar trabajo de Juzgados de Policía Local

La Sala aprobó la iniciativa con 37 votos a favor, mientras que se fijó como plazo para presentar indicaciones el martes 21 de enero. A partir de esa fecha se podrán debatir cambios al texto.

15 de enero de 2020

Su respaldo unánime dieron los senadores presentes en la sesión ordinaria a la idea de legislar respecto del proyecto que modifica la ley que Establece Procedimiento ante los Juzgados de Policía Local, en materia de notificación de resoluciones.

 

Ahora la iniciativa en segundo trámite volverá a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento para ser analizada en detalle luego que se presenten indicaciones al texto.

 

Imagen foto_00000002El presidente de la citada instancia, el senador Felipe Harboe dio cuenta de la norma, explicando que los cambios apuntan a agilizar la notificación que realizan los Juzgados de Policía Local (JPL). Hoy este procedimiento se hace en papel, y la idea del proyecto es hacerlo online.

 

Posteriormente hicieron uso de la palabra los legisladores Juan Antonio Coloma, Francisco Chahuán, Rodrigo Galilea, Ximena Rincón y Alejandro Navarro.

 

Durante el debate los congresistas hicieron ver la importancia de la iniciativa, recordando el costo que hoy implica emitir cartas certificadas para informar las notificaciones. Por ejemplo, cada año se tramitan en los JPL, unas 7 millones de infracciones por TAG y cada carta certificada cuesta mil 300 pesos.

 

También valoraron la agilidad que tendrá la notificación que se materializaría a través de correo electrónico. Asimismo recordaron la simplificación que tendría esta nueva fórmula donde hoy intervienen más actores como Carabineros.

 

LEY VIGENTE

 

Hoy la ley que establece un procedimiento ante los JPL, en materia de notificación de resoluciones, señala que las resoluciones se notificarán por carta certificada, notificación que se entenderá practicada al quinto día contado desde la fecha de su recepción por la oficina de correos respectiva, lo que se hará constar en libro que, al efecto, llevará especialmente el secretario del Tribunal.

 

De lo anterior, se desprende que la notificación de las resoluciones judiciales por carta certificada es la regla general, siendo sus excepciones los casos de cancelación o suspensión de licencias para conducir, aquellas que impongan multas superiores a cinco unidades tributarias mensuales y las que regulen daños y perjuicios, superiores a diez unidades tributarias mensuales, en que la notificación se practicará personalmente o por cédula; y el caso de la sentencia que impone pena de prisión, que deberá ser notificada personalmente.

 

Además de los procesos infraccionales de tránsito, así como las acciones civiles que dentro de ellos pueden conocerse, los JPL tienen encomendadas diversas materias, tales como los procedimientos de protección de los derechos de los consumidores, los asuntos relativos a copropiedad inmobiliaria y los que dimanan de las infracciones a la Ley General de Urbanismo y Construcciones así como de su Ordenanza General. También deben conocer estos tribunales sobre las infracciones a la ley de Rentas Municipales y de otros diversos asuntos que la ley ha puesto dentro de la esfera de su competencia.

 

 

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