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Quieren rebajar a 14 años el requisito para sufragar en elecciones municipales

Así lo establece la iniciativa originada en una moción por los senadores Alejandro Navarro, Jaime Quintana y Eugenio Tuma, y que será debatida por la Comisión de Derechos Humanos.

27 de noviembre de 2012

Con el fin de impulsar la participación política de los jóvenes, los senadores Alejandro Navarro, Jaime Quintana y Eugenio Tuma presentaron una iniciativa legal que rebaja la edad para ser ciudadano y otorga el derecho de sufragio en elecciones municipales a quienes hayan cumplido 14 años de edad. Con ello, la iniciativa fue derivada a la Comisión de Derechos Humanos para su posterior análisis.

El proyecto de Reforma Constitucional señala que "tratándose de las elecciones municipales, tendrán derecho a sufragio los chilenos que hayan cumplido 14 años de edad".

Imagen foto_00000009Al respecto, los autores del texto legal comentaron que "lo que queremos hacer en este proyecto de ley es reconocer el derecho a voto de los jóvenes, buscando facilitar su participación democrática y ampliar este derecho, asumiendo la nueva realidad social y ciudadana, donde los jóvenes reclaman espacios, demostrando madurez política, en un contexto legal en que se ha impuesto un estándar de responsabilidad social, política y jurídica muy anterior a la mayoría de edad".

Los parlamentarios recordaron diversa legislación comparada, en especial de Nicaragua y Cuba, en la cual se otorga el derecho sufragio universal, a los ciudadanos que cumplieran los dieciséis años de edad.

En ese sentido, los legisladores explicaron que en el caso de Bolivia, "el Presidente Evo Morales propuso a la Asamblea Constituyente que a partir de los 16 años los bolivianos puedan votar y desde los 18 tener la posibilidad de postularse a cualquier cargo electivo para constituirse en una autoridad nacional o municipal, lo que a su juicio "convertirá a la juventud boliviana en el presente del país".

Añadieron que en el caso de Uruguay "la oposición de dicho país, ligó la entrega de derechos electorales desde los 16 años a la propuesta de reforma constitucional para aplicar el Código Penal de adultos a partir de esa misma edad. La responsabilidad penal en Uruguay rige desde los 14 años, pero hasta los 18, actúa la justicia de menores, con obligaciones y derechos ajustados a convenios internacionales".

Indicaron que "la iniciativa para cambiar esa norma, presentada por el senador Pedro Bordaberry, del Partido Colorado, reunió las firmas requeridas para ser plebiscitada en las elecciones de 2014. Cuenta con el respaldo del centroderechista Partido Nacional, y con el rechazo del gobernante Frente Amplio".

Acerca del caso chileno, los parlamentarios explicaron que en la actualidad existen diversas leyes que otorgan mayor responsabilidad a los jóvenes menores de 18 años.

En ese sentido, los legisladores comentaron que "la Ley Nº 20.131, otorga a los jóvenes el derecho a participar en Juntas de Vecinos y a votar en ellas desde los 14 años. La moción que inició esa reforma legislativa consideró que la participación no necesariamente tiene su lugar en la acción política o en el registro electoral".

Agregaron que "la Ley Nº 20.084, instituye por primera vez en Chile un sistema de justicia exclusiva para aquellos jóvenes entre los 14 y 18 años que infrinjan la legislación penal. Elimina la figura del discernimiento para cometer delitos (si un menor entre 16 y 18 años tuvo o no plena conciencia al momento de infringir la ley) y establece la construcción de recintos para que los adolescentes cumplan las sanciones privativas de libertad".

Precisaron que también existe "una moción presentada por el entonces diputado Juan Bustos (octubre de 2007) que expresa que "se infiere que los fundamentos de la responsabilidad jurídica de un adolescente, perfectamente para justificar una mayor participación política de éste, ya que, en virtud del principio de unidad del Derecho y del ordenamiento jurídico, si un sujeto es responsable penal y civilmente, está también capacitado para el ejercicio de un derecho político como el derecho a sufragio".

Puntualizaron que la moción del ex diputado Bustos precisa que "la intención del proyecto es permitir la referida participación en la elección de los representantes más cercanos a los jóvenes en lo que se relaciona con su quehacer cotidiano, es decir, en la elección de las autoridades municipales, específicamente los alcaldes y concejales. Participar en la elección de tales autoridades, permitirá al adolescente adentrase en la actividad política nacional, adquirir cierta consciencia sobre la repercusión de sus decisiones en la vida colectiva y forjar una opinión sobre su participación política en la sociedad, opinión que, tras el ejercicio de un derecho a sufragio en la adolescencia, estará más fortalecida y madura cuando llegue el momento de elegir a los representantes parlamentarios y Presidente de la República."

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