Click acá para ir directamente al contenido

  Unánime respaldo a proyecto que establece requisitos alternativos para obtener la licencia profesional

  La Sala del Senado aprobó la iniciativa que fue remitida a la Cámara de Diputados a cumplir su tercer trámite.

12 de junio de 2012

Por haberse aprobado en forma unánime en la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones, las enmiendas al proyecto que establece requisitos alternativos para obtener la licencia profesional, la Sala del Senado ratificó sin debate la iniciativa que deberá cumplir su tercer trámite en la Cámara de Diputados.

 

El objetivo del proyecto es permitir que aquellos conductores que no cuentan con licencias profesionales anteriores, puedan obtener la  A3 o A5, siempre y cuando, acrediten haber aprobado un curso teórico y práctico especial y que contemple además los simuladores de inmersión total u otra tecnología equivalente, impartidos en una escuela de conductores profesionales, que sea reconocida oficialmente por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

 

Del mismo modo se señala que para acceder a la licencia profesional se debe aprobar en la Municipalidad respectiva el examen teórico correspondiente a la Clase de licencia profesional a la que se postula.

 

El proyecto señala que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones establecerá en un reglamento, la duración del curso y contenidos mínimos prácticos y teóricos que habrá de considerar el programa del curso especial, incluyendo el mínimo de horas de conducción por alumno en vehículo y el mínimo y máximo de horas en simulador, las cuales en ningún caso podrán superar un 30 por ciento del total de horas de conducción, y todas las materias relacionadas con su debida instrucción.

 

Del mismo modo, dispone que podrá revocar el reconocimiento a las escuelas de conductores y,o cursar una multa a beneficio fiscal de 300 a 500 unidades tributarias mensuales en caso de acreditarse que la Escuela ha otorgado certificados a personas que no han recibido total o parcialmente los contenidos, actividades, evaluaciones y,o asignaturas, prácticas o teóricas, que corresponden a los cursos que imparten.

 

La resolución respectiva se notificará al representante legal de la Escuela mediante carta certificada enviada al lugar de funcionamiento que ésta haya registrado en el Ministerio, entendiéndose practicada la notificación a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de Correos del lugar de funcionamiento de la Escuela. La afectada, dentro de los 15 días siguientes a su notificación.

 

La iniciativa considera dos artículos transitorios. El primero de ellos señala que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones deberá emitir los decretos que aprueben los reglamentos, dentro de los noventa días posteriores a su publicación.

 

En tanto, el segundo, dispone que la modalidad de obtención de licencias profesionales A-3 y A-5 y la exigencia de examen teórico rendido en la Municipalidad, regirán a partir de la fecha en que se encuentren totalmente tramitados los reglamentos.

Imprimir