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  Radios comunitarias deberán adecuarse a la nueva normativa para mantener la concesión

  La Sala del Senado aprobó el proyecto que tuvo su origen en una moción presentada por un grupo de diputados y que modifica la ley N° 20.433 que crea los Servicios de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana.

11 de enero de 2012

Por unanimidad (27 votos a favor), la Sala del Senado despachó  en general y en particular el proyecto, en segundo trámite, que extiende el plazo a un año para que las radios comunitarias cumplan con los requisitos establecidos por la ley N° 20.433, que regula la concesión, modificación y funcionamiento de dichos servicios de radiodifusión.

 

Con ello, el proyecto quedó en condiciones de convertirse en ley.

 

Cabe recordar que con la dictación de la Ley 20.433, que crea los Servicios de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana, establece que las radios de mínima cobertura, tiene un plazo hasta el 14 de febrero del presente año para cumplir con las exigencias que dispone esta normativa.

 

En lo fundamental, la iniciativa extiende de 180 días a un año para que dichas radios de mínima cobertura, se adecúen a la normativa establecida en la Ley N° 20.433.

 

Asimismo establece que "los concesionarios de radiodifusión de mínima cobertura permanecerán vigentes hasta que se resuelva la correspondiente solicitud para acogerse a los requisitos establecidos en la Ley o hasta la expiración de la respectiva concesión, siempre y cuando fuera posterior a la solicitud para acogerse a la Ley".

En ese sentido, el texto legal añade que "en caso que no se hubiese presentado la solicitud para acogerse a la Ley, las concesiones de radios de mínima cobertura expirarán en la fecha de vencimiento del plazo máximo para presentar dicha solicitud".

 

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