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  Analizarán informe de la Comisión Investigadora de la Cámara antes de votar proyecto sobre Transantiago

  La Comisión de Transporte sesionará hoy, entre las 15 y 16 horas, y se pronunciará sobre la iniciativa que modifica el régimen jurídico del transporte público concesionado.

4 de agosto de 2010

Con el fin de conocer las conclusiones y recomendaciones que realizó la Comisión Investigadora de la Cámara de Diputados sobre el Transantiago, la Comisión de Transportes, que preside el senador Guido Girardi sesionará esta tarde, antes de votar el proyecto que modifica el régimen jurídico del transporte público concesionado.

Así lo dio a conocer el senador Jovino Novoa, integrante de la instancia, quien aseveró que existe "buena disposición para que la iniciativa sea aprobada en general".

El parlamentario resaltó la importancia de esta reforma al Transantiago ya que "los actuales contratos duran hasta el 2024 porque tiene una renovación automática el 2018, por lo tanto, si no creamos un mecanismo legal para mejorar el actual sistema para exigir a los concesionarios que cumplan con un buen servicio el transporte en Santiago no se va a arreglar".

Puntualizó que "este proyecto tiene por objeto facultar al Ministro de Transportes para exigir el cumplimiento de los contratos de modo que se otorgue un buen servicio y, en mi opinión, esta legislación  también le da al secretario de Estado las facultades para que los actuales concesionarios de los troncales estén obligados a mejorar el sistema".

El legislador recalcó que es fundamental que los operadores entiendan que "la decisión es darle herramientas al Ministerio de Transportes para que los contratos sean exigibles, que se mejore la calidad y bajen sus costos".

El senador Novoa manifestó que "las tarifas del transporte no puede seguir aumentando en la misma proporción que lo ha hecho hasta ahora, sino que deben ir progresivamente. En la actualidad, el pasaje ha aumentado en un 25% y la gente no resiste eso".

Por otro lado, admitió que "el subsidio que se aprobó resultó ser insuficiente, por ello se presentó un proyecto complementario en la Cámara Baja. Además, no solo tiene que mejorar la calidad del servicio sino que debe bajar el costo de lo que cobran los operadores".

En lo fundamental, la iniciativa contempla una serie de modificaciones al marco jurídico del transporte público remunerado de pasajeros, que permitan al Estado contar con las herramientas adecuadas para una mejor gestión de los contratos de los servicios concesionados.

Asimismo apunta a garantizar una prestación con un alto estándar de calidad y, al mismo tiempo, disponer de los instrumentos jurídicos adecuados que le permitan enfrentar en forma oportuna las contingencias que impidan la correcta marcha y prestación del servicio actual.

Establece la obligación de informar por parte de los concesionarios y de su fiscalización, de modo que los concesionarios quedarán sujetos a la supervisión y control del Ministerio, quien podrá pedir informes e inspeccionar las instalaciones y vehículos que comprende el servicio.

También podrá  adoptar las medidas necesarias para velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias vigentes. El incumplimiento de este deber será sancionado.

Por otro lado se regula  la quiebra de las empresas y término de la concesión, ya que en la actualidad el régimen jurídico no resuelve adecuadamente el tema de la continuidad del servicio

En el caso de la quiebra, se establecen normas expresas sobre la materia respecto del término de la concesión, la continuidad del servicio y la administración de los bienes afectos a la concesión. En este sentido el proyecto señala que la declaración de quiebra del concesionario constituye una causal de término de la concesión.

En este evento, la autoridad podrá nombrar un Administrador Provisional el cual se hará cargo de los bienes afectos a la concesión. A su vez, estos bienes quedarán fuera de la administración del síndico y, por tanto, del respectivo procedimiento concursal.

El texto legal regula también el régimen de los bienes afectos a la concesión con el fin de garantizar su vinculación con la prestación continua del servicio.

El proyecto establece que el Ministerio deberá llevar un registro público de estos bienes los que estarán excluidos de la administración de un síndico en caso que se declare la quiebra del concesionario. En este caso, quedarán a disposición del Ministerio para efectos de determinar la continuidad del servicio o su desafectación.

Por su parte, los bienes afectos a la concesión quedarán a disposición de un Administrador Provisional en todos los casos de término anticipado de la concesión (caducidad, quiebra o término anticipado).

En cuanto a los contratos de concesión y las facultades del Ministerio, el proyecto explicita que este contrato tiene por finalidad satisfacer el interés público que exige la prestación de un servicio de transporte de calidad, debiendo garantizar su continuidad, permanencia y seguridad.

De esta forma, se dispone que estos principios inspiran la celebración y ejecución de este contrato, otorgando a la Administración las atribuciones necesarias para cumplir dicha finalidad y asegurar el equilibrio económico-financiero de los concesionarios.

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