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  Proponen alzar medidas precautorias contra Minera San Esteban para pagar indemnizaciones

  La senadora Isabel Allende presentó un proyecto de acuerdo que fue remitido a la Comisión de Trabajo antes de ser votado en Sala.

18 de noviembre de 2010

Solicitar al Consejo de Defensa del Estado (CDE) que pida al tribunal competente, el alzamiento de las medidas precautorias que afecten a los bienes o activos de la minera San Esteban con el objeto de que se cumplan los créditos existentes a favor de los trabajadores por concepto del término de la relación laboral, propuso la senadora Isabel Allende a través de la presentación de un proyecto de acuerdo.

 

El texto,  que fue remitido a la Comisión de Trabajo antes de ser votado en la Sala, también solicita que se establezca la prohibición a la Empresa Nacional de Minería (ENAMI) de adquirir obligaciones o compromisos con mineras que mantengan faenas sin ser fiscalizadas por el o los organismos competentes.

 

Según la parlamentaria es de todos conocido que los trabajadores de la minera San Esteban no han podido percibir sus finiquitos y que se les ha ofrecido acordar un pago parcializado en 12 cuotas mensuales, lo que resulta obviamente lesivo para los trabajadores.

 

Ello -señala- "hace necesario buscar una solución viable que permita satisfacer la enorme necesidad de los trabajadores de poder percibir los ingresos correspondientes al término de la relación laboral respecto de la minera San Esteban".

 

Recordó que los activos fijos o realizables de la minera San Esteban se encuentran con una medida precautoria dictada por el tribunal competente, a solicitud del Consejo de Defensa del Estado, para efectos de garantizar el cumplimiento de la obligación generada por el gasto en que el Estado debió incurrir al realizar el conocido rescate de los 33 mineros.

 

No obstante, la senadora Allende manifestó que "resulta indispensable, para que los trabajadores de la minera San Esteban puedan percibir los ingresos correspondientes a sus finiquitos, que el tribunal competente pueda alzar las medidas precautorias que afectan a los activos fijos o realizables de la respectiva minera, a solicitud expresa del Consejo de Defensa del Estado".

 

Asimismo, planteó que la Empresa Nacional de Minería (ENAMI) debe jugar un rol importante en lo relativo al resguardo de la seguridad de los trabajadores que se desempeñan en las minas.

 

Por ello, señaló que la estatal "no debiera poder adquirir compromiso comercial alguno con mineras que mantengan faenas sin ser fiscalizadas por el o los organismos correspondientes, con el objeto de que se eleven los estándares de seguridad en materia laboral".

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