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  Estudiarán labores que desarrollan trabajadores mineros y faeneros que realizan el montaje industrial en altura

  Las Comisiones Unidas de Trabajo y Minería iniciaron el estudio del articulado de la moción impulsada por los senadores Isabel Allende, Carlos Cantero, Antonio Horvath, José Antonio Gómez y Ximena Rincón.

17 de agosto de 2012

En el marco del estudio en particular del proyecto, en primer trámite, que regula el trabajo en altura por sobre el nivel del mar, las Comisiones Unidas de Trabajo y Minería recibieron a los representantes del Sindicato Interempresa Nacional de Trabajadores de Montaje Industrial (Sinami).

 

En la oportunidad, los dirigentes expusieron que la seguridad en el trabajo en altura no es un tema exclusivo de la minería sino que también abarca a la construcción y montaje industrial.

 

Así lo manifestó la senadora Ximena Rincón, presidenta de la instancia, quien expresó que "concluimos la necesidad de estudiar estos temas y escuchar  en una próxima sesión al Ministerio de Salud que ha sacado un reglamento sobre el trabajo en altura y también al Ministerio del Trabajo y a los representantes del sector empresarial".

 

En la misma línea, la senadora Isabel Allende, precisó que durante el debate del articulado de la iniciativa abordarán varias de las indicaciones que propuso en el sentido que "hay que hacer una distinción entre el trabajador minero propiamente tal y el faenero, ya que todas estas obras de construcción previas que permiten que se instalen las funciones mineras también se realizan bajo condiciones de trabajo en altura".

 

Precisó que "hoy día, las obras para montar los futuros trabajos mineros se realizan sobre los 5 mil metros". Y recordó que trabajadores de Barrick protestaron recientemente porque "desempeñan funciones en condiciones extremas con temperaturas bajo los 35 grados centígrados, con jornadas que entre traslados y horarios de faenas superan las 18 horas y, por lo tanto, es importante prevenir los riesgos y buscar mejores condiciones en los campamentos, la alimentación y salud".

Indicó que a ello hay que agregar la falta de especialistas y la necesidad de revisar la regulación para que se respeten los derechos laborales de todos los trabajadores.

 

Finalmente, Miguel González, secretario general del Sindicato Interempresa Nacional de Trabajadores de Montaje Industrial (Sinami), explicó la intervención efectuada en la comisión unida, agregando que presentaron junto a la senadora Isabel Allende normativas que regulan el trabajo en altura y que clarifican la situación laboral de estos trabajadores.

 

INDICACIONES

 

Cabe señalar que algunas de las indicaciones presentadas establecen que "sólo podrán establecerse campamentos base a una altura máxima de tres mil metros de altura. Podrá haber campamentos a más de 3.000 metros si disponen de medidas para la mitigación de la hipobaria, de oxigenación, presurización y humidificación, que simulen las condiciones ambientales bajo esa altitud, las que deben aplicarse a todos los trabajadores que presenten alguna alteración fisiológica aguda o crónica".

 

Se agrega que "la administración de oxígeno para cada trabajador debe ser indicada por un médico.".

 

Asimismo se propone que  "toda faena o lugar de trabajo a más de tres mil metros de altura por sobre el nivel del mar con más de 50 trabajadores en total, cualquiera sea su empleador o calidad de contrato, debe contar con un policlínico con disponibilidad de atención diurna y nocturna, dotado del personal de la salud que fije el Reglamento respectivo.".

 

Además "el empleador deberá dar cumplimiento a todas las medidas de seguridad en la faena, seguimiento de salud de trabajadores y condiciones de lugares de descanso, que a lo menos deberá contemplar las condiciones de transporte a la misma en buses especialmente acondicionados, una dieta adecuada prescrita por un nutricionista y la provisión del oxígeno indicada por un médico".

 

"En el evento de incumplimiento reiterado y constante de dichas normas los trabajadores, a través de su Comité Paritario, podrán solicitar la paralización de la faena hasta el total cumplimiento de las normas infringidas".

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