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A Sala prohibición del desarrollo y comercialización de armas químicas y biológicas

La norma en segundo trámite también deberá ser vista por la Comisión de Hacienda respecto a materias de su competencia. La Comisión de Defensa Nacional ya la respaldó.

18 de noviembre de 2018

Listo para ser estudiado en una próxima sesión ordinaria quedó el proyecto que implementa la Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y el Empleo de Armas Químicas y sobre su Destrucción y la Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción y el Almacenamiento de Armas Bacteriológicas (Biológicas) y Toxínicas y sobre su Destrucción.

 

Imagen foto_00000010Esto luego que los integrantes de la Comisión de Defensa Nacional  despacharan la idea de legislar en su última sesión. Al respecto, el senador Pedro Araya destacó la unanimidad que generó en la instancia, sin embargo advirtió que en una discusión en particular deberá profundizarse respecto a los tipos penales, los delitos que se van a sancionar respecto a las armas químicas y biológicas, como así también en cuanto a la producción, el almacenamiento y la comercialización de las mismas.

 

“Seguramente llegado ese momento, se buscará que la legislación nacional vaya en armonía con convenios internacionales en esta materia, los que reconocen a Chile como un país que persigue la paz. Tal vez esto pueda ser visto también por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento dado que se van a configurar nuevos tipos penales”, aclaró el congresista.

 

Por su parte, el senador Víctor Pérez calificó como necesario este proyecto, explicando que “llevamos muchos años suscribiendo acuerdos internacionales en este tema y recién ahora se busca dar cumplimiento a esas normas. Nos parece acertado que se proponga a la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN) como el órgano encargado de investigar estos casos y pueda garantizar la erradicación del territorio de este tipo de armas que cada día se hacen más comunes en el mundo”.

 

PROYECTO

 

El proyecto de ley reconoce como objetivo “dotar a nuestro país de una herramienta jurídica idónea, eficiente y eficaz para la prevención del desarrollo, la fabricación y el empleo de armas químicas y biológicas”.

 

De esta forma,  “establece obligaciones de registro y un control exhaustivo de las sustancias químicas y de los agentes bacterianos y sus vectores que pueden ser usados o formar parte de armas de destrucción masiva. Algunos de estos productos, si bien son diariamente utilizados para fines pacíficos, tales como en la industria farmacéutica, química, minera y organismos de salud, deben ser supervigilados y controlados a efectos de evitar que sean desviados para fines prohibidos”.

 

Una particularidad de la norma es que consagra la extraterritorialidad de la ley penal en el Código Orgánico de Tribunales, respecto de los delitos relacionados con las armas químicas y biológicas. De este modo, “quedan sometidos a la jurisdicción chilena los crímenes y simples delitos perpetrados por chilenos fuera del territorio nacional y que se refieran al empleo de armas químicas o biológicas, así como también a la producción, transporte, tenencia o transferencia de las mismas”.

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