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  Senado despacha Acuerdo de Inversión entre las Repúblicas de Chile y de Uruguay

  El instrumento internacional quedó en condiciones de ser remitido al Presidente de la República para su ratificación.

2 de marzo de 2011

Un cerrado respaldo tuvo en el Senado el proyecto que aprueba el Acuerdo de Inversión entre Chile y Uruguay, suscrito en Montevideo el 25 de marzo de 2010. Ello, luego que los legisladores aprobaran en forma unánime el instrumento internacional que quedó en condiciones de ser remitido al Presidente de la República para su ratificación.

 

El acuerdo apunta a enriquecer la plataforma de acción de las inversiones chilenas que cuentan en la actualidad con un conjunto de acuerdos internacionales que facilitan su accionar, entre ellos: el Acuerdo de Complementación Económica Chile-MERCOSUR (ACE-35), que posibilita el acceso y conocimiento de los mercados, así como la detección de nuevos negocios; el Convenio Bilateral de Seguridad Social, que permite el desplazamiento de técnicos, especialistas y ejecutivos relacionados a los proyectos de inversión; y el Convenio para Evitar la Doble Tributación en Materia de Transporte Aéreo.

 

Asimismo, la existencia de reservas a las obligaciones contraídas en virtud del Acuerdo, tienen por objeto resguardar las sensibilidades de política comercial tanto del Gobierno de Chile como del Gobierno de Uruguay, como asimismo, velar por la compatibilidad de nuestro ordenamiento jurídico interno (leyes, decretos, reglamentos, etc.) con los compromisos internacionales adquiridos, de modo de evitar posibles conflictos o contradicciones.

 

El instrumento internacional consagra un régimen jurídico para las inversiones recíprocas, moderno, claro y eficaz que contribuye de manera importante a optimizar el ambiente de negocios para los inversionistas extranjeros de ambos países.

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