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  Reforzarán la potestad de los Estados para terminar con las prácticas de pesca ilegal y no reglamentada

  Así lo dispone el proyecto de acuerdo aprobatorio del acuerdo internacional respectivo que fue aprobado por el Senado.

2 de agosto de 2011

A segundo trámite, a la Cámara de Diputados pasó el proyecto de acuerdo, sobre Medidas del Estado Rector del Puerto Destinadas a Prevenir, Desalentar y Eliminar la Pesca Ilegal, no Declarada y no Reglamentada, aprobado, el 22 de noviembre de 2009, por la Conferencia de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO).

 

La Sala del Senado aprobó en forma unánime, la iniciativa que dispone un conjunto mínimo de medidas que deben aplicar los Estados Parte en sus puertos para combatir la pesca ilegal.

 

Durante el debate intervinieron los senadores Eugenio Tuma y Antonio Horvath quienes destacaron la importancia del instrumento internacional, ya que contribuye a  proteger el medio ambiente.

 

El senador Tuma agregó que el proyecto de acuerdo representa "una ventaja para Chile en la prevención de estas prácticas ya que se refuerza la potestad de los Estados para eliminar la pesca ilegal que pone en riesgo la conservación de los recursos pesqueros".

 

Por su parte, el senador Horvath, aseveró que el tema de la pesca ilegal ha sido una preocupación constante de la Comisión de Pesca y este instrumento constituye un piso mínimo de normas destinadas a combatir este flagelo.

 

En lo fundamental, el acuerdo contribuirá a una adecuada gestión pesquera en alta mar, tema de especial importancia para Chile, con miras a la celebración de acuerdos regionales de regulación para la adopción de medidas de ordenación y conservación de las pesquerías en el Pacífico Sur y frente a las pretensiones de otros Estados, en la medida en que permite condicionar la entrada y uso de nuestros puertos al cumplimiento de un conjunto de  normas cuya fiscalización será fundamental para Chile.

 

Asimismo refuerza las potestades de los Estados para combatir la pesca ilegal no declarada lo que refleja una clara voluntad de la FAO y de la Comunidad Internacional por terminar con prácticas pesqueras que sólo contribuyen a elevar a niveles inaceptables el riesgo de conservación de los recursos pesqueros y sus ecosistemas marinos.

 

El instrumento internacional dispone que el Estado rector del puerto quedará obligado a adoptar una serie de medidas de control para velar que sólo puedan entrar y utilizar sus instalaciones y servicios portuarios aquellas naves que no siendo de su pabellón, cumplan con las medidas de conservación y ordenamiento pesquero que le son aplicables.

 

El Acuerdo agrega que estas medidas deben ser consideradas como "mínimas", entendiendo que en el ejercicio de su soberanía sobre los puertos situados en su territorio los Estados pueden adoptar decisiones más estrictas, de conformidad al Derecho Internacional.

 

Por lo tanto, este acuerdo consiste en ofrecer una base de regulación que constituya un estándar internacional aplicable por los denominados "Estados rectores del puerto".

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