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  Proponen 10 años de cárcel para culpables de saqueos en situación de catástrofes

  Senado acordó desarchivar una moción presentada en junio de 2002 y que sanciona drásticamente a quienes aprovechando una desgracia o calamidad pública ingresen a propiedades abandonadas forzosamente para robar.

12 de marzo de 2010

La Sala del Senado accedió a la solicitud del senador Baldo Prokurica de desarchivar la moción que castiga con penas de cárcel entre cinco y diez años de cárcel a quienes cometan delito de robo con fuerza o saqueos en situaciones de catástrofe, desgracia o calamidad pública.

 

La iniciativa fue presentada en junio de 2002 por los senadores José García Ruminot; Antonio Horvath, Hernán Larraín, Baldo Prokurica y el ex senador Sergio Fernández, a raíz de los temporales que azotaron a la zona central en ese invierno y que dejaron a cientos de familias damnificadas.

 

En aquella ocasión los parlamentarios constataron "una grave situación de inseguridad ciudadana que se suma a los efectos dramáticos por las miles de familias que perdieron sus hogares".

 

A su juicio, esta misma realidad quedó al descubierto tras el terremoto del 27 de febrero que golpeó a la zona central del país cuando grupos organizados saquearon distintos establecimientos comerciales en las ciudades de Concepción, Talcahuano y otras que sufrieron los embates del epicentro del movimiento sísmico.

 

Por lo tanto, los legisladores consideraron necesario modificar el Código Penal para incluir como agravante de la responsabilidad penal, el delito de robo con ocasión de incendio, naufragio, sedición, tumulto o conmoción popular u otra calamidad o desgracia.

 

Explicaron que "la circunstancia de cometer el delito de sustracción de especies introduciéndose al hogar de los damnificados obligados por la desgracia a dejarlo, para ser albergados o internados en un centro asistencial, justifica plenamente la aplicación del castigo de penas de cárcel entre cinco años y un día y diez años".

                           

Junto a lo anterior, los autores de la moción señalaron que también se justifica agregar estos casos a la presunción legal del artículo 444 del Código Penal, que supone como autor de tentativa de robo al que se introdujera con forado, fractura, escalamiento, uso de llave falsa o de llave verdadera substraída o de ganzúa en algún aposento, casa, edificio habitado o destinado a la habitación o en sus dependencias.

 

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