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  Zonas afectadas por terremoto se verán favorecidas por proyecto que otorga certeza jurídica a quienes extraen el pez espada

  La iniciativa que fue aprobada por la Sala del Senado permitirá un mayor acceso al crédito y estabilidad al sector tanto artesanal como industrial.

9 de marzo de 2010

El Senado aprobó por 24 votos a favor y dos abstenciones, la idea de legislar sobre el proyecto que cumple su primer trámite y que regularizará las autorizaciones de pesca e inscripciones válidas en el Registro Pesquero Artesanal del pez espada.

 

La iniciativa que favorecerá a aquellos armadores industriales y artesanales que operaron bajo la figura de las pescas de investigación desde el año 2001 hasta la fecha, quedó con plazo para realizar indicaciones hasta 5 de abril próximo, a las 12 horas.

 

Durante el debate intervinieron los senadores Antonio Horvath y Camilo Escalona quienes destacaron la importancia de esta iniciativa que permitirá un desarrollo económico estable a este sector.

 

El senador Horvath explicó que el proyecto "regulariza la captura del pez espada o albacora que es una especie que se está aprovechando tanto por parte del sector artesanal como industrial desde los años 80". Asimismo faculta a las autoridades a constituir nóminas que permitan a los pescadores artesanales ingresar a esta pesquería y otorgar autorizadores a los armadores industriales para el mismo aspecto, si hubieran operado en periodo 2001 y 2009.

 

A su turno, el senador Camilo Escalona, hizo hincapié que "la mayor parte de la flota chilena artesanal del pez espada proviene de Lebu -que representa el senador Ruiz-Esquide-, y que resultó especialmente afectada por el terremoto. Por lo tanto, es de alto interés aprobar esta iniciativa porque les otorgará una base jurídica sólida para sus embarcaciones y les permitirá retomar su actividad productiva".

 

En lo fundamental, el proyecto distingue entre armadores artesanales e industriales. Respecto de los primeros propone que la regularización se realice mediante la Subsecretaría de Pesca, la cual elaborará las nóminas con los armadores habilitados para operar según los requisitos que se establecen. Tratándose de los armadores industriales, esta ley faculta a la Subsecretaría de Pesca para otorgar autorizaciones de pesca.

 

Asimismo dispone que, en el caso de la pesca artesanal, en caso que no hubiera reclamaciones o una vez que ellas se resuelvan, el Servicio Nacional de Pesca procederá a modificar el Registro Pesquero Artesanal sección Pez Espada de acuerdo con la nómina resultante, incorporando las categorías, embarcaciones, artes y aparejos de pesca, según corresponda.

 

En tanto, la regulación de los artes de pesca se regirá por la regulación administrativa de conformidad con las reglas generales de la Ley General de Pesca y Acuicultura.

 

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