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  Resolverán discrepancias sobre implementación de posicionadores satelitales en naves artesanales

  Comisión Mixta se constituyó para abordar las diferencias surgidas entre la Cámara y el Senado sobre el proyecto que modifica la Ley de Pesca en materia de concepto de embarcación artesanal.

10 de mayo de 2011

La disposición que obligará al uso de posicionadores satelitales para los armadores de naves para la pesca artesanal de eslora total, igual o superior a 15 metros, es una de las materias que deberá zanjar la Comisión Mixta de senadores y diputados sobre el proyecto que modifica la Ley de Pesca, en materia de concepto de embarcación artesanal y de su clasificación por eslora, del reemplazo de la inscripción en el Registro Pesquero Artesanal.

 

Así lo afirmó el senador Alejandro Navarro, integrante de la instancia quien explicó que la disposición "está fuera de la idea de legislar de la iniciativa y fue introducida por el senador Hernán Larraín, bajo el argumento de mayor fiscalización para los artesanales de la Séptima Región que alegan la perforación de sus áreas".

 

El parlamentario manifestó que la indicación "es lesiva de los intereses de los artesanales, porque si queremos mayor fiscalización hay que tener una visión global para fiscalizar también a los industriales y establecer una relación de equilibrio. No se trata solo de fiscalizar a la embarcación artesanal porque el colapso de la pesca se ha debido al fracaso a la ley de cuotas individuales transferibles de 2002 que prometió proteger el recurso. En esa oportunidad, yo voté en contra y no se logró el objetivo".

 

El senador Navarro insistió en que "debemos discutir el tema de la fiscalización en su conjunto porque el descarte llegó a ser uno a uno, es decir por una tonelada de merluza se botaba al mar otra cantidad igual y el subreporte, también hay que combatirlo porque los barcos industriales llegan con mil toneladas y declaran 500 porque no hay fiscalización".

 

Cabe señalar que la mencionada norma establece además que "se sancionará a los infractores de la obligación de uso de posicionador con la suspensión de los permisos de las actividades correspondientes a su inscripción por un plazo de seis meses y multas que van entre 30 y 300 UTM, es decir, entre $1.134.00 y $11.340.000 en el caso de naves pesqueras industriales y entre 3 y 150 UTM, es decir, entre $113.400 y $5.670.000 si el infractor es una embarcación artesanal".

 

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