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En Comisión de Intereses Marítimos:

Acuerdan mayores controles para evitar el escape de salmones provenientes de cultivos de acuicultura

La instancia parlamentaria se encuentra analizando en particular la norma y precisó que “la pesca de salmones no está permitida”, solo se regula su escape y no se multará su pesca en esta eventualidad. Asimismo, se adelantó que las empresas recibirán fuertes sanciones por escape de la especie.

1 de enero de 2021

Un importante avance registra la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura, presidida por la senadora Ximena Rincón, en el análisis en particular del proyecto de ley, en segundo trámite, que modifica la ley general de pesca y acuicultura, en materia de prohibición de captura de especies salmonídeas, provenientes de cultivos de acuicultura.

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Cabe recordar, que en septiembre del 2020 la Sala del Senado respaldó el proyecto en general (Revise nota relacionada).

 

Con todo, la Comisión avanzó en torno a las propuestas consensuadas entre el Ejecutivo y los senadores, que despejan varias dudas surgidas durante el debate, entre otras, se acordaron mayores sanciones a las empresas por escape, desde el inicio, es decir, antes de la siembra, por lo que las empresas deberán procurar un mayor cuidado.

 

CONDICIONES APTAS

 

En este sentido, se indicó que los módulos de cultivo y fondeo deberán presentar condiciones de seguridad apropiadas a las características geográficas y oceanográficas del sitio concesionado, para evitar el escape de ejemplares de salmónidos y de no ser así, se podrá prohibir a la empresa en cuestión la siembra, hasta que se compruebe que se da cumplimiento a lo establecido.

 

Asimismo, se aclaró que “no se permite la pesca de salmones, solo se regula su escape y no se multará su pesca en esta eventualidad”, idea que se reforzó durante la última sesión.

 

Revise detalles de la sesión aquí.

 

Así, la “sustracción de especies desde un centro de cultivo será sancionado y lo propio se hará con la ruptura maliciosa de redes de toda acción que provoque o pueda provocar el escape de ejemplares desde centros de cultivo.

 

Con respecto a las multas y sanciones, se acordó que mientras más captura logran las industrias ante la eventualidad del escape, menos multas tendrán, con lo que se incentiva a la recaptura total de las especies escapadas.

 

En lo relativo a la captura de las mencionadas especies, en la eventualidad de un escape, se permitirá a los pescadores artesanales inscritos, a extraer a los ejemplares, entendido como fauna acompañante en faenas de pesca artesanal.

 

En tanto, los titulares de los centros de cultivo en los que se haya verificado un escape, deberán realizar la recaptura de los mismos, en el plazo de 30 días corridos, prorrogables por otros 30 días.

 

La Comisión de Pesca, espera concluir con el análisis en particular, durante su próxima sesión.

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