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Generadoras residenciales: mejorar el procedimiento para quienes inicien estos emprendimientos

La Comisión de Minería continuó con el estudio de esta iniciativa que apunta a potenciar la ley N° 20.571 con el fin de incentivar el desarrollo de las generadoras residenciales y hacer aplicable sus disposiciones a todos los sistemas eléctricos del país.

20 de agosto de 2013

Imagen foto_00000015Con la actual tecnología cada vez más consumidores, personas naturales, comunidades, edificios, comercio y casas en sectores rurales, cuentan con la posibilidad técnica de instalar paneles fotovoltaicos, pequeñas unidades de generación eólica, y en el caso de los sectores aledaños rurales, aprovechar pequeñas caídas de agua, y con ello transformarse en productores de pequeñas unidades de generación de energía eléctrica.

 

Por estas razones, la Comisión de Minería que preside el senador Baldo Prokurica continuó con el estudio del proyecto, en primer trámite constitucional, que modifica la ley N° 20.571 con el objeto de incentivar el desarrollo de generadoras residenciales y hacer aplicable sus disposiciones a todos los sistemas eléctricos del país.

 

Al respecto, el senador Prokurica destacó la importancia de promover esta legislación que apunta a “mejorar las condiciones que permitan a los privados instalar sistemas de generación eléctrica con sistema de autoconsumo”.

 

¿EN QUÉ CONSISTE ESTE PROYECTO QUE PERFECCIONA EL LLAMADO SISTEMA DE NETMETERING?

 

En el año 2012 se dictó la Ley 20.571 que regula el pago de las tarifas eléctricas de las generadoras residenciales y que fomenta el principio de energía distribuida, altamente conveniente para un país como el nuestro, que tiene un enorme potencial de energías renovables no convencionales (ERNC).

 

Sin embargo, la mencionada Ley 20.571 publicada el 22 de Marzo del 2012, aún tiene un reglamento pendiente, en el cual se ha fijado un acuerdo con el Ejecutivo para hacerlo más atractivo y simple.

 

En esa línea, los senadores Antonio Horvath, Isabel Allende, Ximena Rincón, José Antonio Gómez y Baldo Prokurica, presentaron esta moción que apunta a potenciar aún más y facilitar la instalación de los pequeños consumidores denominados BT1 (clasificación de tarifa establecida para consumos domiciliarios, con tope de 10KW).

 

¿QUÉ APORTA ESTE PROYECTO AL ACTUAL MARCO NORMATIVO?

 

Una vez que se dicte el respectivo reglamento simplificado que permita hacer más atractivo y simple el sistema de autogeneración que establece la ley N° 20.571, es conveniente mejorar las tarifas que se cancela a las personas que hacen dicho emprendimiento.

 

Por ello, el proyecto  dispone que “la energía generada por los clientes BT1 menores a 10KW deberá ser cancelada por el distribuidor al mismo precio que la empresa distribuidora le cobra a dicho generador residencial por consumir electricidad, debiendo ser cancelada en forma mensual, semestral o anual, según se acuerde entre cliente y distribuidor.”

 

Asimismo agrega que “si con ocasión o a consecuencia de la implementación del sistema de generación residencial fuera necesario reforzar la red de distribución, la inversión económica que dicho reforzamiento conlleve, se financiará con cargo al valor agregado de distribución.”

 

Establece también que “esta ley se aplicará a todos los sistemas eléctricos del país, sean menores, iguales o mayores a 200 MW.”

 

INDICACIONES

 

Por otro lado, la Comisión de Minería escuchó las opiniones de expertos y académicos en el marco del estudio del articulado del proyecto que modifica la Ley General de Servicios Eléctricos con el fin de promover la interconexión de sistemas independientes (Boletín N° 9022-08).

 

La iniciativa, en primer trámite, que fue aprobado en general por la Sala del Senado permite a la autoridad promover este sistema y persigue entregar un beneficio social entre los 300 y 660 millones de dólares, además de enfrentar momentos de crisis y propiciar la rebaja de los costos.

 

Cabe señalar que el plazo para presentar indicaciones al texto legal vence el próximo lunes 26 de agosto a las 12 horas.

 

En ese sentido, expusieron  Rodrigo Barbagelata, Director de Peajes del CDEC-SIC; Ernesto Huber, Director de Operación del CDEC-SIC, y Juan Carlos Olmedo, académico e investigador de la Universidad Técnica Federico Santa María.

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