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  Proponen ampliar el periodo de vigencia del bono para el incentivo al retiro de los trabajadores públicos

  El Senado aprobó un proyecto de acuerdo en tal sentido, considerando que el mencionado beneficio venció el 30 de julio pasado, dejando fuera a quienes cumplan con los requisitos para el retiro.

18 de agosto de 2010

Ampliar los beneficios para el retiro de funcionarios públicos es el fin que pretende el proyecto de acuerdo aprobado, en forma unánime, por el Senado, donde se solicita al Ejecutivo que corrija el periodo de vigencia de la entrega de este bono que venció el pasado 30 de julio.

La iniciativa fue presentada por los senadores Soledad Alvear, Ximena Rincón, Carlos Bianchi, Andrés Chadwick, Camilo Escalona, Eduardo Frei Rui-Tagle, Juan Pablo Letelier, Pablo Longueira, Víctor Pérez Varela, Hosaín Sabag, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.

Señalaron que la ley Nº 20.212 de 29 de Agosto de 2007 aparte de modificar a las leyes Nº 19.553 y 19.882, estableciendo beneficios remuneracionales con el objeto de incentivar el mejor desempeño de las labores de los servidores públicos, otorgó un bono de retiro a favor de los funcionarios de carrera, a contrata, y de los contratados conforme al Código del Trabajo, de las instituciones públicas y afiliados al Sistema de Pensiones del decreto ley Nº 3.500 de 1980.

Dichos funcionarios debían cumplir una serie de requisitos, entre otros, los de edad y años de servicios, en el periodo comprendido entre el 30 de junio de 2006 y el 31 de julio de 2010.

Sin embargo, dicho beneficio expiró el 31 de Julio pasado, dejando fuera de su aplicación a quienes cumplan con las referidas exigencias con posterioridad a la data mencionada.

Los legisladores recalcaron que "esta situación aparece contraria a la equidad, a la justicia social y a la debida igualdad que debe existir entre las personas frente a la ley".

Precisaron que "carece de toda justificación el que un grupo de funcionarios haya sido favorecido por el Estado y el resto de los mismos, en igualdad de condiciones, no sean considerados y queden al margen del aludido beneficio por el solo hecho de cumplir la edad o los años de servicios después de expirado el plazo de vigencia del recién señalado texto legal".

Recalcaron que "dichos funcionarios excluidos cuentan con un período de bajas cotizaciones previsionales, determinadas conforme a las remuneraciones imponibles de la época, que les ha significado tener como bajos fondos para pensiones, que lo perjudicarán al momento de obtener su pensión de jubilación".

En consecuencia, "se hace necesario reparar la situación descrita, para lo cual debe prolongarse la vigencia del beneficio". Recordaron que "la Cámara de Diputados también acordó oficiar y solicitar al Presidente de la República un proyecto de acuerdo en el mismo sentido

En esa línea, los senadores apoyaron el acuerdo de la Cámara de Diputados que solicita que se reemplace en los artículos séptimos y siguientes de las disposiciones transitorias de la ley Nº 20.212 para que el beneficio rija hasta el 30 de julio de 2024.

Además, solicitaron que "en el mismo plazo, se establezca dentro del proyecto de ley que modifique la ley Nº 20.212 que el plazo de 180 días para cesar en funciones contemplado en el artículo séptimo transitorio se compute desde la fecha de publicación de dicha modificación respecto de aquellos funcionarios que hayan cumplido las edades o años de servicios exigidos en esa disposiciones, entre el 31 de julio de 2010 y la fecha de publicación de dicha modificación.

Finalmente, solicitaron que se establezca en la pertinente modificación de la ley que los funcionarios que hayan cumplido con los requisitos para impetrar los beneficios de la ley Nº 20.212 y que al 30 de julio de 2010 no lo hayan hecho, por cualquier causa, tengan un plazo de dos años, a contar de esa fecha para acogerse a los mismos.

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