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Proyecto cuenta con discusión inmediata:

Norma que limita las tasas de intercambio de medios de pago con tarjetas a segundo trámite

La intención es aumentar la competencia, de manera que el pequeño y el mediano comercio como los consumidores, se vean favorecidos.

27 de enero de 2021

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Con 35 votos a favor, la Sala despachó a la Cámara Baja el proyecto que fija las tasas de intercambio máximas a ser cobradas por los emisores en el mercado de medios de pago a través de tarjetas de crédito, débito y prepago.

 

La norma pretende regular los límites máximos de las tasas de intercambio aplicables a las operaciones domésticas de pago con tarjetas efectuadas en terminales de punto de venta, o bien, por medio de canales o aplicaciones de carácter electrónico o informático.

 

Dicho objetivo fue explicado por el presidente de la Comisión de Economía, el senador Álvaro Elizalde, quien resumió que “el sentido central es la creación de un comité para la fijación de límites a las tasas de intercambio entre emisores y operadores (…) Hay que considerar que estos medios de pago pueden tener cualquier formato porque la tecnología varía”.

 

En tanto, uno de los autores de la propuesta original, el senador Felipe Harboe apuntó a la competencia que deberá generar esta iniciativa. “La idea es que las tasas de intercambio que cobra el comercio bajen, de manera que ello llegue a los consumidores. Queremos que el mercado sea más competitivo y favorezca al pequeño y mediano comercio”, mencionó.

 

La Sala optó por poner en la tabla de fácil despacho el proyecto, como un homenaje al citado legislador, quien renunció a la Cámara Baja para postular a un cupo como constituyente.

 

PROYECTO

 

La moción de autoría de los senadores Felipe Harboe, Ximena Rincón, Álvaro Elizalde y José Miguel Durana, establece que las obligaciones de pago de tasa de intercambio por transacciones nacionales con tarjetas de pago, entre emisores y operadores de tarjetas de pago, estarán sujetas a límites que serán fijados por el "Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio".

 

Dicho comité se crea para tal efecto y será un organismo de carácter técnico, autónomo, que se relacionará con el Presidente de la República a través del Ministerio de Hacienda, cuya función será determinar los límites a las tasas de intercambio.

 

Según la iniciativa, el Comité estará conformado por cuatro personas designadas cada una por el Banco Central, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y el Ministerio de Hacienda.

 

Asimismo, se señala que los límites a las tasas de intercambio deberán ser revisados cada tres años por el Comité, pudiendo mantenerlos o modificarlos.

 

En todo caso, el Comité deberá sesionar al menos una vez cada seis meses para ver si han existido cambios relevantes que justifiquen un cambio anticipado en las tasas.

 

Por otro lado, los primeros límites a las tasas de intercambio deberán ser fijadas dentro de los primeros 15 meses de la entrada en vigencia de la ley. Asimismo, los primeros miembros del Comité deberán ser nombrados en los primeros 30 días desde publicada la ley.

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